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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2008/2233(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0252/2009

Textos presentados :

A6-0252/2009

Debates :

PV 21/04/2009 - 26
CRE 21/04/2009 - 26

Votaciones :

PV 22/04/2009 - 6.22

Textos aprobados :

P6_TA(2009)0238

Acta literal de los debates
Martes 21 de abril de 2009 - Estrasburgo Edición DO

26. Ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: transparencia de los activos patrimoniales de los deudores (breve presentación)
Vídeo de las intervenciones
Acta
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  Presidente .De conformidad con el orden del día, se procede a realizar una breve presentación del informe de Neena Gill, en nombre de la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre la eficacia en la ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: transparencia de los activos patrimoniales de los deudores (A6-0252/2009).

 
  
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  Neena Gill, ponente. - Señor Presidente, tras el documento consultivo de la Comisión sobre los activos patrimoniales de los deudores subyace la preocupación de que los pagos tardíos y el impago de las deudas perjudiquen los intereses de empresas y consumidores. Esto es así cuando el acreedor y las autoridades encargadas de la ejecución carecen de información sobre el paradero del deudor o sobre su situación patrimonial. El problema puede resolverse cuando el deudor posee activos patrimoniales en el territorio comunitario y es posible localizarlos e incoar acciones legales.

La Comisión, en su informe, sugería elaborar un manual sobre las normas y prácticas de ejecución nacionales y subrayaba la posibilidad de incrementar el acceso a los registros de población. También planteaba interrogantes sobre si las autoridades encargadas de la ejecución deberían contar con un mejor acceso a los registros de seguridad social y fiscal. La propuesta sugería que la cooperación entre los órganos públicos de ejecución podría mejorarse, y por último, formula la idea de crear una declaración europea de activos patrimoniales, que obligaría a los deudores a hacer públicos todos sus activos dentro del ámbito judicial europeo, con la posibilidad de establecer sanciones como medida de respaldo.

Mi informe, tal como fue votado por la Comisión, sugería que los acreedores podrían salir beneficiados de la introducción de un procedimiento más sencillo y flexible, válido en toda la UE, para obtener una orden de divulgación de la información sobre los activos, que luego podría someterse a juicio. Estas medidas podrían adoptar la forma de un mandamiento de pago provisional por el que se concede al acreedor un pago inmediato a la espera de que se resuelva el conflicto subyacente. El informe propone asimismo la elaboración de un estudio sobre el funcionamiento del sistema nacional actual, comparando los países de derecho consuetudinario, como Gran Bretaña, y otras jurisdicciones europeas, y cómo podrían mejorarse los procedimientos existentes. También señala la necesidad de considerar los ámbitos en los que podría resultar beneficioso un mayor nivel de cooperación entre Estados miembros y cómo las propuestas se compatibilizarán con la legislación existente sobre protección de datos y derechos humanos.

Nos hemos esforzado por ajustar el informe a estas orientaciones y los compromisos alcanzados por la comisión ya han solventado algunas discrepancias entre los sistemas legales de los Estados miembros. Muchos de los contenidos que hemos añadido están diseñados para hacer la propuesta más transparente y fácil de utilizar para el acreedor.

Por tanto, será imperativo asegurar que el manual propuesto sobre las normas y prácticas de ejecución nacionales se mantenga actualizado y que la información se ofrezca en un formato fácil de utilizar y esté redactado en un lenguaje accesible. También será crucial que la iniciativa actúe de manera coordinada con los tribunales nacionales, en lugar de reemplazar su trabajo. Ello exigirá que la legislación se limite únicamente a casos transfronterizos. Con esta advertencia en mente, el cumplimiento de esta norma permitirá trabajar de manera eficaz y proactiva.

En conjunto, el informe ayudará considerablemente a las pequeñas empresas y a los empresarios individuales a superar un importante obstáculo para su éxito, puesto que carecen de los recursos de las grandes compañías para realizar un seguimiento de los deudores e iniciar acciones legales contra ellos. Las pequeñas empresas se ven afectadas de manera desproporcionada por los retrasos en los pagos y la morosidad. Si, a raíz de este factor, las empresas no tienen incentivos para comerciar en el extranjero, esto supone una amenaza real para el buen funcionamiento del mercado común. Será vital proteger las actividades de las pequeñas empresas en estos tiempos difíciles, porque las PYME constituyen una gran parte de nuestra economía.

Quiero expresar mi agradecimiento a la secretaría de la Comisión de Asuntos Jurídicos y elogiar públicamente el excelente apoyo que me han brindado para la realización de este informe. También debo dar las gracias a los colegas de otros grupos que realizaron sugerencias muy constructivas.

La clave, en mi opinión, es presentar esta legislación tan pronto como sea posible. Insto a la Comisión a actuar de acuerdo con las recomendaciones del Parlamento de manera urgente. Gran parte del buen trabajo que han realizado los Estados miembros para responder a la crisis de los mercados debe centrarse en las grandes empresas.

 
  
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  Joe Borg, miembro de la Comisión. – Señor Presidente, es un placer tener la oportunidad de debatir las preocupaciones del Parlamento sobre el tema de la recuperación de la deuda en el exterior. También quiero dar las gracias a la señora Gill por el informe.

¿Qué está en juego? Tanto el Parlamento como la Comisión están de acuerdo en que el problema del cobro de deudas transfronterizas puede constituir un serio obstáculo a la libre circulación de las sentencias de pago en el territorio de la Unión Europea y puede impedir el acceso a la justicia. Además, este asunto es esencial para la supervivencia de las pequeñas empresas en la actual situación económica.

Con este telón de fondo, y de acuerdo con los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, ¿cuáles deberían ser los objetivos comunitarios? La Unión Europea posee un amplio repertorio de medidas legales para garantizar el acceso a la justicia en casos transfronterizos y para favorecer la libre circulación de decisiones civiles y comerciales dentro de la Unión.

Sin embargo, no cabe duda —como se declara en el programa de La Haya sobre reconocimiento mutuo adoptado por el Consejo Europeo— de que, de hecho, sería mucho más fácil hacer cumplir las sentencias dentro de la Unión Europea si fuera posible obtener información adecuada sobre la situación financiera de los deudores.

La Comisión publicó un libro verde sobre transparencia de los activos patrimoniales de los deudores en marzo de 2008, y todas las respuestas, incluido un sumario, ya pueden consultarse en el sitio web público.

La mayor parte de los encuestados mostraron su acuerdo con la necesidad de tomar medidas a escala comunitaria para incrementar la transparencia de los activos patrimoniales de los deudores, aunque los puntos de vista sobre qué puede hacerse en la práctica difieren.

Estoy agradecido al Parlamento por presentar una respuesta tan detallada con respecto al libro verde. El informe se muestra bastante escéptico con respecto a las ideas presentadas en el libro verde, asumiendo que el principal problema es la falta de escrúpulos de los deudores recalcitrantes.

El informe también expresa una gran preocupación por las cuestiones de protección de datos y privacidad, en relación con la recopilación de información sobre la situación financiera de las personas. La Comisión también está comprometida con la protección de la privacidad y la información personal de los ciudadanos.

El informe insta a la creación de directorios nacionales de abogados extranjeros que trabajan en otros Estados miembros como modo de ayudar a los acreedores, y sugiere una medida provisional comunitaria en este sentido.

Quiero informar al Parlamento de que mejorar la ejecución práctica de las sentencias será una prioridad destacada de la Comisión en el próximo programa de Estocolmo, que la Comisión presentará en 2009, en el área de justicia, libertad y seguridad para el período 2010-2014.

Sin embargo, la Comisión todavía no ha programado ninguna medida legislativa específica de seguimiento de su libro verde.

Finalmente, a la luz de los primeros resultados de la consulta, la Comisión considera que esta propuesta —elaborar un manual sobre las normas de ejecución nacionales, incrementar el acceso a los registros comerciales y públicos, mejorar la cooperación entre las autoridades encargadas de la ejecución y crear un declaración obligatoria de bienes patrimoniales por parte del deudor— nos ayudará a avanzar en el logro de nuestros objetivos.

En este sentido, la Comisión considerará detenidamente la resolución del Parlamento sobre las distintas cuestiones incluidas en este informe.

 
  
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  Presidente . – Se cierra este punto.

La votación tendrá lugar el miércoles, 22 de abril de 2009.

 
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