7. Proyecto de Reglamento de la Comisión relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), en cuanto a su anexo XVII (debate)
Presidente. - El siguiente punto es el debate sobre la pregunta oral a la Comisión sobre el proyecto de Reglamento relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos, (REACH), en cuanto a su anexo XVII, de Miroslav Ouzký y Guido Sacconi, en nombre de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (O 0071/2009 - B6-0230/2009).
Guido Sacconi, autor. – (IT) Señor Presidente, Señorías, nuestro debate de hoy es especialmente importante, como sabemos, por dos razones: la primera, porque estamos hablando de una de las sustancias que ha provocado más daño y muertes entre los ciudadanos y trabajadores en las plantas en las que se ha usado y producido, a saber, el amianto. La segunda razón, porque debatimos una de las primeras medidas para ejecutar el extremadamente relevante reglamento que ha marcado, en cierta forma, esta legislatura, es decir, REACH.
Con la pregunta que hemos realizado y con el proyecto de Resolución que votaremos hoy –permítanme decirlo inmediatamente para tranquilizar a la Comisión y al Vicepresidente Tajani que la representa aquí– no nos oponemos a que el proyecto ejecute el reglamento que la Comisión ha adoptado a este respecto. Me refiero al punto 2.6 de este proyecto de medidas, que ofrece el desaparecido anexo XVII que debería haber reproducido las provisiones del anexo I de la Directiva 76 –la directiva sobre sustancias peligrosas, a la que sustituirá REACH, y por tanto revocada–, un punto 2.6 que amplía la prohibición de poner en el mercado fibras de amianto y productos que contengan amianto.
Sin embargo, la verdad es que en esta misma decisión hay excepciones, que concederán ciertos Estados miembros –para que conste, son cuatro– que podrán mantener artículos fabricados antes de 2005 en el mercado, así como diafragmas que contengan amianto crisótilo utilizado en la producción de plantas de electrólisis. La posibilidad de usar estas excepciones está sujeta, por supuesto, al cumplimiento de los Estados miembros con todas las normas comunitarias sobre protección de los trabajadores, lo que significa de hecho que esas plantas, que se acercan al final de su ciclo de vida, no generan problemas para la salud de los trabajadores.
Hay una razón por la que no nos oponemos a esto: estas excepciones existen, pero debemos reconocer que la Comisión ha dispuesto un mecanismo, por llamarlo así, por el que se revisarán estas excepciones con el tiempo –en 2012, para ser exactos– mediante informes que deberán realizar los Estados miembros afectados, en base a los cuales la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos preparará un expediente que contemple la retirada gradual de las excepciones.
Así, no nos oponemos, aunque desde luego con nuestra resolución queremos animar a la Comisión a ser un poco más atrevida, a ir un poco más allá y un poco más deprisa, podríamos decir, ante todo recordando que ya existen alternativas al amianto crisótilo, al menos para las plantas de alta tensión, y de hecho las empresas afectadas han iniciado prometedores programas de investigación para encontrar alternativas también para las plantas de baja tensión.
Nuestro estímulo y nuestra aportación tienen dos objetivos. El primero es marcarnos una fecha límite –proponemos 2015– en la que eliminar esas excepciones, iniciando una verdadera estrategia de retirada, que incluya medidas que exigirán entonces la demolición de estas plantas de forma segura y que también garantizarán la seguridad en lo relativo a las exportaciones.
Por último, lo segundo que pedimos a la Comisión –y agradeceríamos una respuesta a esto también– se refiere a un punto fundamental para nosotros, a saber, el hecho de que todavía no se haya adoptado una lista de artículos de la Comunidad que contienen amianto y para los que todavía no se ha establecido una excepción, y, por supuesto, pedimos que esto se haga lo antes posible, antes de 2012, para permitir un mejor control y una mejor comprensión.
PRESIDE: Miguel Ángel MARTÍNEZ MARTÍNEZ Vicepresidente
Antonio Tajani, Vicepresidente de la Comisión. − (FR) Señor Presidente, honorables Miembros, antes de nada permítanme pedirles disculpas en nombre de mis colegas, el Vicepresidente Verheugen y el señor Dimas, que por desgracia no pueden estar aquí esta mañana para participar en este debate. Sé que el señor Verheugen ha tenido intensas y fructíferas conversaciones con el ponente, el señor Sacconi, a quien me gustaría dar las gracias por su excelente trabajo –y lo digo también a título personal.
La Comisión suscribe totalmente el objetivo de la salud de las personas y de las profesiones medioambientales, por un lado, evitando la exposición al amianto y, por otro, trabajando en la total prohibición del uso de amianto, en todas sus formas.
En la Unión Europea existen unos reglamentos muy estrictos sobre la colocación en el mercado, el uso, la exportación y la retirada de las fibras de amianto. La colocación en el mercado y el uso de todo tipo de fibras de amianto ya fue prohibida rotundamente por la Directiva 1999/77/CE.
En lo que se refiere a los otros usos, los Estados miembros pueden permitir el uso de una forma de amianto crisótilo en instalaciones de electrólisis que ya estuviesen en servicio en 1999 hasta que lleguen al final de su vida útil y se utilicen sustitutos adecuados que no contengan amianto.
Cuatro Estados miembros usan esta excepción. Una revisión en 2006-2007 mostró que se respetaban todos los límites de exposición en el lugar de trabajo y que no existían entonces alternativas disponibles para ciertos procesos muy específicos. Este límite ya existente se incorporará en el anexo XVII del reglamento REACH y la derogación de los diafragmas que contienen crisótilo se revisará nuevamente en 2011.
En junio de 2011 los Estados miembros tendrán que informar sobre sus esfuerzos para desarrollar diafragmas que no contengan crisótilo, sobre las medidas adoptadas para proteger a los trabajadores y sobre las fuentes y las cantidades de crisótilo utilizadas. La Comisión pedirá entonces a la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos que examine la información enviada con la intención de abolir esta excepción.
La Directiva 87/217/CEE sobre la prevención y la reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto ofrece medidas para controlar las emisiones de amianto durante ciertas operaciones de demolición, descontaminación y retirada para garantizar que dichas actividades no provocan contaminación a través de las fibras o el polvo de amianto.
La Directiva 83/477/CEE, modificada por la Directiva 2003/18/CE, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo, contiene varias medidas que garantizan la adecuada protección de la salud de los trabajadores, cuando estos estén expuestos a riesgos relacionados con la exposición a las fibras de amianto. Las empresas deben demostrar su capacidad para realizar la demolición o los trabajos de retirada del amianto. Antes de la demolición o los trabajos de retirada del amianto, deben diseñar un plan que especifique las medidas necesarias para garantizar que los trabajadores no están expuestos a una concentración de amianto en el aire superior a 0,1 fibras de amianto por cm3 durante un turno medio de ocho horas.
La Directiva marco 2006/12/CE sobre residuos y la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos, conjuntamente con la decisión del Consejo sobre los criterios para los residuos aceptables en los vertidos, obligan a los Estados miembros a prever la disposición controlada de las fibras de amianto y de los equipamientos que contengan fibras de amianto. Los Estados miembros deben garantizar que se retiran o destruyen los residuos sin poner en peligro la salud de las personas y sin hacer necesario el uso de procesos o métodos que puedan dañar el medio ambiente.
Existen requisitos detallados relativos al proceso de retirada y vertido del amianto; por ejemplo, la zona de almacenamiento debe volver a cubrirse cada día y antes de cada operación de compactación. El vertido se debe volver a cubrir con una capa final para evitar la dispersión de las fibras. Deben tomarse medidas para evitar un posible uso de la tierra tras el cierre del vertido. Cualquier posible exportación de las fibras de amianto está regulada por el Reglamento (CE) nº 689/2008 y, desde 2005, sólo ha habido un caso notificado de fibras de amianto exportadas desde la Unión Europea a un tercer país.
Es más, las decisiones relacionadas con el amianto que aparecen en el anexo XVII de REACH están establecidas para prohibir la fabricación de fibras de amianto dentro de la Unión Europea, lo que supone que se descarte la posibilidad de las exportaciones. Los residuos que contengan amianto son residuos peligrosos. El Convenio de Basilea y el Reglamento (CE) nº 1013/2006 relativo a los traslados de residuos prohíben la exportación de residuos que contengan amianto a países que no pertenezcan a la OCDE. En lo que se refiere a los traslados entre Estados miembros de la Unión Europea y de la OCDE, estos están sujetos a una notificación previa por escrito y a un procedimiento de consentimiento.
Para concluir, y a la luz de estos puntos, puedo garantizarles que la Comisión examinará si hay base para proponer otras medidas legislativas sobre la retirada controlada de las fibras de amianto y sobre la descontaminación o la retirada de equipamiento que contenga fibras de amianto, que va más allá de la legislación en vigor, tanto en lo relativo a la gestión de los residuos como a la protección de los trabajadores.
Vicepresidente de la Comisión(IT) Señor Presidente, honorables Miembros, con respecto a la lista de artículos que contienen amianto, que se podría autorizar en el mercado de segunda mano, todavía no está disponible –para responder inmediatamente a la pregunta del señor Sacconi– pero la Comisión tiene previsto revisar la situación en 2011 para diseñar una lista armonizada que sea válida en toda la Unión Europea. Por tanto, espero haber respondido a su petición.
Anne Ferreira, en nombre del Grupo del PSE. – (FR) Señor Presidente, señor Comisario, Señorías, como ya se ha dicho, en 1999 la Unión Europea adoptó una directiva que prohibía el amianto a partir del 1 de enero de 2005, aunque permitía una excepción en el caso de los diafragmas usados para células de electrólisis ya existentes hasta que estas llegasen al final de su vida útil.
Esta excepción, que había que reexaminar antes del 1 de enero, tenía como objetivo permitir que las empresas afectadas planificasen como dejar de usar el amianto. Aquí estamos hoy, con un retraso de dieciocho meses; por tanto, es hora de que avancemos. Es cierto que, como parte de la revisión del anexo XVII de REACH, la Comisión propone extender la actual prohibición sobre el uso y el marketing de las fibras de amianto y de los productos que las contengan, pero mantiene la opción de que el amianto se use en instalaciones de electrólisis situadas en fábricas, sin imposición de ningún límite, incluso aunque ya existan alternativas que no contienen amianto que son utilizadas por muchas empresas.
Es más, la Comisión está adoptando una provisión que permite poner en el mercado artículos que contienen amianto según un sistema que podría variar de un país a otro. Esto es inaceptable, ya que el uso de este producto es el responsable de un gran número de enfermedades relacionadas con la exposición a las fibras de amianto. Aún más, el número de personas que han fallecido por estas enfermedades probablemente siga aumentando en los próximos años, ya que este producto todavía se ha utilizado hasta hace pocos años. Los efectos del amianto en la salud se conocen desde hace tiempo.
Me gustaría añadir que la decisión de la Comisión socava ciertas provisiones de REACH, además del principio de sustitución; se ha enviado una mala señal a las demás empresas. La actual crisis económica no puede justificar esta prórroga.
Es más, esta posición de la Comisión, que cuenta con el apoyo de la mayoría de los Estados miembros y del Consejo, es inconsistente con la posición de la Unión Europea, que pretende introducir una prohibición a escala mundial del amianto.
Sólo una cosa más antes de terminar: la Confederación Europea de Sindicatos mantiene en la actualidad que no se le consultó sobre este tema y sugiere que sólo se escuchó y asumió la opinión de ciertas empresas. La Comisión, por su parte, afirma lo contrario. ¿Podría aclararnos esta cuestión?
Satu Hassi, en representación del Grupo Verts/ALE. – (FI) Señor Presidente, Señorías, la historia del amianto es una historia triste y un cuento con moraleja sobre lo que puede ocurrir cuando se ignora el principio de precaución. El amianto se usó por primera vez como un material que tenía unas excelentes propiedades técnicas y, posteriormente, se descubrió que mataba a las personas. Por ejemplo, en mi país, el número de muertes anuales debidas al amianto todavía no se ha reducido. Después de todo, la enfermedad puede tardar hasta cuarenta años en desarrollarse.
El propósito de la resolución que tenemos ante nosotros no es anular la decisión del comité a la que se refiere. Creo que sus puntos más importantes son los apartados 8 y 9, que describen la idea de que la Comisión debería presentar una propuesta legislativa en algún momento de este año relativa a como el amianto, sus fibras y el equipamiento y las estructuras que las contienen deberían ser totalmente destruidas.
Por supuesto, todavía quedan numerosísimos edificios, incluidos edificios públicos, barcos, empresas y centrales eléctricas, que tienen estructuras que contienen amianto y, por ejemplo, las personas están expuestas a él cuando se renuevan los edificios, si no se adoptan medidas de protección. Es necesario identificar y demoler estas estructuras que contienen amianto y debemos destruir el amianto de forma segura, para que las personas no estén expuestas a él nuevamente.
Deberíamos aprender una lección del triste cuento del amianto y de nuestras experiencias con él cuando abordemos nuevos y actuales riesgos para la salud. Por ejemplo, los investigadores que trabajan con tubos de nanocarbono han dicho que sus efectos sobre la salud son prácticamente los mismos que los del amianto. Por esa razón, debemos aprender una lección de nuestra experiencia y actuar de conformidad con el principio de precaución, por ejemplo, cuando adoptamos instrumentos legislativos fundamentales relativos a los nanomateriales.
Vittorio Agnoletto, en representación del Grupo GUE/NGL. – (IT) Señor Presidente, señor Tajani, Señorías, parece realmente que las miles de muertes que ya ha provocado el amianto y las decenas de miles de personas que corren el riesgo de morir en los próximos años debido a la exposición progresiva al amianto –sabemos que el periodo de latencia puede ser de hasta quince o incluso veinte años– no cuentan para nada.
Parece que el juicio de Eternit, que comenzó en Turín y que aborda los acontecimientos de Casale Monferrato, en donde no hay una familia que no haya sufrido una pérdida, no cuenta para nada. Los Estados miembros deberían haber prohibido el uso del amianto aplicando la directiva de 1999. Los Estados deberían haber adoptado todas las precauciones posibles para proteger a los trabajadores expuestos, aplicando la directiva de 2003, cerrando fábricas, neutralizando los centros contaminados y compensando a las víctimas y a la población local. Esto no ha ocurrido en todos los sitios. Se ha hecho poco o nada.
Ya he mencionado el juicio de Turín, donde se acusa a los dueños suizos y belgas. Todo el mundo lo sabe pero se ha hecho poco y, por encima de todo, la industria elude sus responsabilidades, usando las lagunas creadas por la inercia de las autoridades públicas. Esta inercia se puede observar en los acontecimientos de Italia, en Brioni, donde no se ha retirado el amianto, en Porto Marghera en Cengio, donde todavía se producen muertes. Hoy la industria pide a la Comisión que acepte otra exención del reglamento REACH de 2006, ya concedida por un periodo limitado, para las fibras de amianto crisótilo.
Es cierto, las plantas de electrólisis de baja tensión suponen una aplicación limitada y sólo hay unas pocas de estas plantas, pero cuando los industriales alegan que es imposible usar un producto alternativo, entonces se deberían cerrar las plantas. Esto puede ser chantaje, pero en Suecia se han descubierto alternativas a este proceso, usando tecnología de membranas que no contiene amianto como sustituto, a baja tensión, y también se ha adoptado una solución similar para la producción de hidrógeno. ¿Por qué «sí» en algunos Estados y «no» en otros? Porque en la larga batalla para prohibir los PCB ha habido innumerables omisiones y técnicas de estancamiento, apoyadas incluso por la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea. En este caso tampoco se ha establecido un buen ejemplo.
La directiva de 1999 que prohibía el amianto estipulaba que la revisión de esta autorización debería estar precedida por la opinión del comité científico de toxicología, que nunca se presentó. ¿Es así como la Comisión respeta las directivas? Por no mencionar a los sindicatos, que dicen que nunca se les consultó.
El Parlamento Europeo está haciendo lo que le corresponde para compensar los defectos de los demás. Esta resolución pide a la Comisión que salve, en 2009, la laguna legislativa sobre la prohibición de los productos de segunda mano que contengan amianto; partes de techos, piezas de aviones y todas las demás deberían desaparecer de una vez por todas. Una vez más se están estableciendo fechas concretas para una estrategia que prohíba todos los tipos de amianto antes de 2015, pero estos objetivos ya se habían establecido en 1999. Han pasado diez años y las muertes continúan.
Entre las primeras iniciativas de esta legislatura, el Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica pidió que se estableciese un fondo comunitario para compensar a las víctimas y para crear fondos ad hoc para la descontaminación. Ésta fue una petición específica a la Comisión, que por el contrario hoy se inclina ante la voluntad de las multinacionales. Sin embargo, debemos pasar a la acción práctica y a los compromisos. Sólo cuando estos se hayan adoptado, empezando con las peticiones de esta resolución, podremos ser más comprensivos. Hoy esa voluntad no es evidente y, por tanto, votaremos en contra de la concesión de esta exención.
Presidente. − Tiene la palabra el señor Bowis, a quien, por el cariño y respeto que le tenemos, nos alegramos mucho de ver restablecido.
John Bowis, en nombre del Grupo del PPE-DE. – Señor Presidente, muy amable. Gracias por esas palabras. Me alegra estar de vuelta para la que es mi última semana en este Parlamento o en cualquier parlamento. Tras veinticinco años ocupando puestos políticos creo que es una cantidad adecuada.
Sólo quiero decir, en esta última ocasión, que muchos de nosotros en esta Cámara nos hemos implicado mucho en el proceso REACH: Guido Sacconi y muchos colegas han sentado las bases de un marco sobre sustancias y preparados químicos más segura y mejor. Mi mensaje para el próximo Parlamento es: «Estén atentos; vigilen el proceso».
Asimismo, como ha dicho Satu Hassi, tenemos una larga historia relativa al amianto y tenemos la intensa sensación de que por eso tenemos que ser precavidos. Cuando estaba tumbado en la cama del hospital, tras una derivación cardiaca y sintiendo pena de mí mismo, estaba viendo en la televisión el terremoto de Italia y eso puso mis problemas en perspectiva. Aunque, por supuesto, también me recordó en este contexto que, cuando ocurre una catástrofe como ésa, el amianto puede pasar a la atmósfera. El amianto es con mucha frecuencia seguro mientras está cubierto. En cuanto deja de estarlo, es cuando se producen situaciones de peligro y, por tanto, uno de los mensajes tiene que ser que debemos observar las zonas de riesgo de la Unión Europea para ver donde deberíamos subrayar el riesgo y supervisarlo para el futuro.
Dicho esto, me gustaría dar las gracias a mis colegas por su amistad, su apoyo y sus mensajes estas últimas semanas. Atesoraré el recuerdo de mis diez años en este Parlamento y observaré con interés como el próximo Parlamento retoma proyectos que quizás hayamos podido empezar nosotros.
(Aplausos)
Presidente. − Muchas gracias, señor Bowis. Tenga usted la certeza de que muchos le mantendremos siempre en nuestro recuerdo y en nuestro agradecimiento, por su esfuerzo y por su dedicación al trabajo de la Cámara.
Guido Sacconi, autor. – (IT) Señor Presidente, Señorías, eso es exactamente lo que yo opino. También me gustaría hacer un comentario personal.
Antes de nada, sin embargo, debo reconocer que la respuesta de la Comisión a las preguntas específicas que planteamos en nuestra resolución ha sido positiva, en la mayoría de ellas. Por supuesto, le corresponderá al nuevo Parlamento comprobar y garantizar que los compromisos destacados se cumplen en los plazos previstos.
En el aspecto personal, me gustaría decir dos cosas. En primer lugar, mis mejores deseos para el señor Bowis, con quien he trabajo en muchas ocasiones. Quizás ambos podamos crear un club de observadores del Parlamento Europeo, especialmente para seguir aquellas cuestiones en las que hemos trabajado tanto juntos, y ver un magnífico resultado, creo.
En segundo lugar, debo decir, de forma un tanto simbólica, que el hecho de que mi último discurso en esta Cámara trate sobre REACH y su aplicación, que ha ocupado mi tiempo desde el comienzo de esta legislatura, cuando parecía que nunca llegaríamos al final de este viaje legislativo, bueno, demuestra que soy un hombre afortunado, afortunado por haber conocido a personas como ustedes, y como usted, señor Presidente; trabajando juntos hemos logrado comprender verdaderamente y hemos producido lo que creo que son resultados verdaderamente relevantes para los ciudadanos europeos.
Presidente. - Gracias, señor Sacconi. Tenga la certeza de que también a usted le vamos a echar de menos por su trabajo y su dedicación. Buena suerte y mucha felicidad para su actuación futura, que, ciertamente, seguirá la línea de lo que ha venido usted haciendo entre nosotros.
Antonio Tajani, Vicepresidente de la Comisión. – (IT) Señor Presidente, honorables Miembros, a mí también me gustaría, antes de concluir este debate, dar las gracias a los señores Sacconi y Bowis y lo hago como antiguo compañero de clase, ya que yo también he trabajado en este Parlamento durante muchos años.
Me gustaría darles las gracias por el trabajo que han realizado y por participar en las diversas alianzas que han hecho honor a nuestro Parlamento. Por tanto, como miembro del Parlamento Europeo y hoy como Comisario y Vicepresidente de la Comisión, les doy las gracias por su muy valiosa contribución al trabajo del Parlamento, que demuestra que puede haber –a pesar de lo que ciertos periodistas han dicho en ocasiones– buenos representantes que asisten y trabajan en serio en las instituciones, que representan a 500 millones de europeos. Por esta razón quería darles las gracias en este mi último discurso de esta legislatura como comisario.
Como decía, quería darle las gracias al señor Sacconi de todas formas, como miembro de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, por haber puesto la cuestión clave sobre la mesa, y al señor Bowis, cuyo discurso y cuyos comentarios han mostrado lo importante que es este tema para todos los ciudadanos. Creo y espero que este debate haya logrado disipar dudas y preocupaciones: la Comisión informará con regularidad al Parlamento sobre la aplicación del reglamento y, permítanme ser claro, no transigirá a la hora de proteger a los trabajadores, la salud y el medio ambiente.
En cuanto a las observaciones de la señora Ferreira y del señor Agnoletto, me gustaría señalar en nombre de la Comisión que se consultó a la Confederación Europea de Sindicatos y que, concretamente, los trabajadores que utilizan sustancias y productos químicos se han mostrado a favor de mantener la exención.
Me gustaría también enfatizar que no es cierto que no existan límites temporales, ya que la exención se revoca cuando un producto alternativo está disponible. Es más, permítanme recordarles que la Comisión realizará una revisión general en 2011. Gracias de nuevo por sus comentarios y por el duro trabajo que han realizado sobre una cuestión tan delicada relativa a la salud de los trabajadores y, añadiría, a la salud de todos los ciudadanos de la UE.
Presidente. − Para finalizar el debate, he recibido una propuesta de resolución(1)de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento interno.
Se cierra el debate.
La votación tendrá lugar hoy a las 12.00 horas.
Declaraciones por escrito (artículo 142 del Reglamento)
Richard Seeber (PPE-DE), por escrito. – (DE) Nuevas reducciones del amianto en Europa deben ser bienvenidas sin reservas.
Puesto que se conocen los efectos carcinógenos de las fibras de amianto desde hace décadas y la UE también introdujo una prohibición del uso de esta sustancia dañina en productos nuevos en 2003, las últimas reliquias del uso del amianto deberían desaparecer ahora lentamente de Europa.
La mayoría de los Estados miembros ya están eligiendo métodos alternativos. Especialmente en el campo de las plantas de electrólisis, con frecuencia se pueden usar otros materiales como alternativa al amianto.
A la luz de la mayor conciencia de los europeos en lo relativo a cuestiones sanitarias y a los muy elevados estándares de protección medioambiental y sanitaria en Europa, es inaceptable que todavía haya sustancias carcinógenas en circulación en Europa.