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Acta literal de los debates
Jueves 23 de septiembre de 2010 - EstrasburgoEdición DO
 ANEXO (Respuestas escritas)
PREGUNTAS A LA COMISIÓN

PREGUNTAS A LA COMISIÓN
Pregunta nº 28 de Radvilė Morkūnaitė-Mikulėnienė (H-0423/10)
 Asunto: Financiación de proyectos de infraestructura energética
 

En su Segunda revisión estratégica del sector de la energía, la Comisión subrayó que era necesario identificar las necesidades y las posibles fuentes de financiación de los proyectos energéticos. Según el informe de Mario Monti titulado «Una nueva estrategia para el mercado único», debe incrementarse la financiación específica de la UE destinada a la infraestructura energética. En marzo de 2009, el Consejo invitó a la Comisión a que presentara su propuesta para un nuevo instrumento de seguridad e infraestructuras energéticas de la UE a principios de 2010. Tal como se indica en el Programa de Trabajo de la Comisión, esta tiene previsto presentar dicho instrumento para finales de noviembre. ¿Cómo garantizará la futura propuesta de la Comisión que los proyectos energéticos necesarios reciben una financiación adecuada, especialmente aquellos relacionados con la creación del mercado único de la energía?

 
  
 

(EN) Una de las principales prioridades políticas de Europa es una mayor integración de las redes de energía y lo seguirá siendo en un futuro próximo, la sea dentro de los Estados miembros, entre estos y más allá de las fronteras de la Unión Europea. Sin una infraestructura energética suficiente no alcanzaremos los objetivos que nos hemos marcado en materia de integración del mercado, seguridad de abastecimiento y cambio climático.

La Comisión elabora actualmente una comunicación que se basará en las experiencias de la actual política para las Redes Transeuropeas de Energía (RTE-E) y definirá los temas y prioridades clave para el desarrollo de las infraestructuras energéticas para las próximas décadas sobre la base del nuevo marco normativo y político (Tercer Paquete del Mercado Interior de Energía(1), objetivos 20-20-20, etc.). En particular, esta Comunicación indicará lo que la UE puede hacer para promover y facilitar la construcción de nuevas redes energéticas a fin de facilitar la consecución de los objetivos de la UE en materia de integración del mercado, seguridad de abastecimiento y cambio climático.

Asimismo, la Comunicación presentará un nuevo método de planificación estratégica para identificar y acordar proyectos concretos de interés europeo, que irá acompañado de una serie de herramientas para llevar a cabo estos proyectos.

La Comunicación abordará asimismo la cuestión de las necesidades de financiación para futuras inversiones en infraestructuras. Esta comunicación irá seguida, en 2011, por una propuesta legislativa relativa a un nuevo instrumento de seguridad e infraestructuras energéticas. El objetivo de esta última es identificar un medio para colmar las deficiencias de inversión por medio de la mejora tanto de la asignación de los costes de infraestructura, como de la eficacia de los instrumentos de la UE, y un mayor aprovechamiento de la financiación pública y privada. Abordará igualmente la cuestión del apoyo financiero a los proyectos. Esta financiación se referiría a los proyectos que el mercado por sí solo no llevaría a cabo o no realizaría en el tiempo deseado.

 
 

(1)Directiva 2009/72/CE y Directiva 2009/73/CE; Reglamento (CE) nº 713/2009, Reglamento (CE) nº 714/2009 y Reglamento (CE) nº 715/2009.

 

Pregunta nº 29 de Georgios Papastamkos (H-0430/10)
 Asunto: Conveniencia de incentivar las inversiones en fuentes de energía renovables
 

Los beneficios asegurados de las inversiones en paneles solares debido a los precios garantizados, con arreglo a la legislación griega, para la electricidad producida y el bajo rendimiento de las tierras agrícolas han aumentado el interés generalizado al respecto entre las organizaciones de agricultores.¿ Considera la Comisión que se ha tenido suficientemente en cuenta el interés económico, social y técnico de promover este tipo de instalaciones a la vista de la carga que va a suponer para las finanzas públicas, los consumidores (mediante la aplicación de un impuesto especial) y la seguridad del abastecimiento energético del país?

 
  
 

(EN) La Directiva relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables(1) establece objetivos legalmente vinculantes para la cuota que deben tener las energías renovables en los Estados miembros. De este modo, Grecia tiene la obligación legal de aumentar su consumo de energías renovables del 8 % actual al 18 % en 2020.

Las tarifas de alimentación a la red que establecen un precio garantizado durante un período fijo son un medio muy conocido para apoyar la creación de un marco estable para el desarrollo de las energías renovables. Así pues, se trata de un instrumento común que utilizan numerosos Estados miembros. Si bien la Comisión observa que las tarifas que se ofrecen en Grecia se encuentran entre las más altas de Europa, corresponde al Gobierno griego aplicar todas las políticas necesarias para alcanzar el objetivo que figura en el plan de acción nacional en materia de energías renovables(2) y para hacerlo de una manera económicamente eficiente. A este respecto, la Directiva crea un «mecanismo de cooperación» para permitir que los Estados miembros se ayuden entre ellos para lograr sus objetivos de forma rentable.

La Comisión patrocina los debates de los Estados miembros sobre la manera más eficaz de aplicar la Directiva a través de un proyecto de acción concertada del programa Energía inteligente para Europa. Esta acción concertada se reflejará igualmente en los regímenes de ayudas de los Estados miembros y su eficacia relativa. De este modo ayudará a los Estados miembros a reformar sus regímenes a fin de que estos tengan en cuenta todos los factores y repercusiones económicas, societarias y técnicas. Estos temas se abordarán igualmente en la próxima Estrategia Europa 2020 para la energía de la Comisión, y en el posterior informe sobre la financiación de las energías renovables.

 
 

(1) Directiva 2009/28/CE.
(2)http://ec.europa.eu/energy/nuclear/radioprotection/verification_en.htm

 

Pregunta nº 30 de Justas Vincas Paleckis (H-0441/10)
 Asunto: Desarrollo de los proyectos anunciados en el ámbito de la energía nuclear
 

La región del mar Báltico se ha convertido recientemente en una de las zonas más activas en lo que se refiere al desarrollo de los proyectos anunciados en el ámbito de la energía nuclear. El nivel de seguridad de esos proyectos reviste una gran importancia para la UE en su conjunto. Sería muy lamentable que los países vecinos situados en las cercanías de la frontera exterior oriental de la UE (12 km en el caso de Kaliningrado y 20 en el de Belarús, este último proyecto situado solamente a 55 km de Vilnius, la capital de uno de los Estados miembros de la UE) se decidiesen por ignorar las obligaciones contraídas a nivel internacional al llevar a cabo sus proyectos en el ámbito de la energía nuclear. Por ahora, los promotores de los proyectos de centrales nucleares en Belarús y en la región de Kaliningrado no facilitan información completa sobre los métodos que aplicarán para gestionar los residuos nucleares de la central nuclear propuesta en Belarús, las estrategias de desmantelamiento, los riesgos potenciales relacionados con accidentes importantes ni sobre las estrategias de evacuación de la población en caso de accidente, por nombrar solamente una serie de puntos.

¿Qué posición defiende la Comisión con respecto a cómo garantizar unas normas de seguridad adecuadas en las proximidades de la frontera exterior de la UE, teniendo en cuenta los proyectos nucleares a los que se ha hecho referencia anteriormente? ¿Qué medidas podrían adoptarse a nivel de la UE en el contexto de la política europea común en el ámbito de la energía?

 
  
 

(EN) La Comisión sigue muy de cerca la situación energética de la región del Báltico y, en particular, los diversos planes para la construcción de nuevas centrales nucleares en Lituania, Kaliningrado, Belarús (y Polonia). Se requieren tanto contactos bilaterales como cooperación a nivel internacional, es decir, en el marco del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), para garantizar que las centrales nucleares situadas en países vecinos de la UE cumplan altos niveles de seguridad.

Rusia, Belarús, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros son partes contratantes en el Convenio sobre seguridad nuclear y otros convenios internacionales en esta materia celebrados en el marco del OIEA, como los relativos a la pronta notificación y asistencia en caso de accidente nuclear. Con arreglo al Convenio sobre seguridad nuclear, las Partes contratantes tienen la obligación de consultar a las Partes contratantes que se encuentren cerca de una instalación nuclear propuesta en la medida en que puedan verse afectadas por dicha instalación. Este convenio establece asimismo el marco de normas de seguridad que deben aplicar las Partes contratantes.

Rusia ha transmitido a la Comisión el informe sobre la evaluación de impacto ambiental correspondiente a la central nuclear de Kaliningrado, ha presentado el proyecto en el marco del diálogo energético entre la UE y Rusia y ha manifestado su disposición para celebrar consultas con la UE. Este tema ha sido objeto de debate con los Estados miembros en el Consejo, y la Comisión seguirá planteándolo en sus contactos con las autoridades rusas y hará hincapié en la necesidad de transparencia.

La Comisión velará por que el tema de la central nuclear de Belarús se plantee y debata plenamente en el marco del diálogo energético entre la UE y ese país. La Comisión ha pedido a Belarús que la mantenga informada sobre la evolución de la ratificación y aplicación del Protocolo adicional al Acuerdo de salvaguardias del OIEA. Asimismo, la Comisión ha manifestado estar dispuesta a cooperar con las autoridades competentes bielorrusas a fin de establecer un regulador independiente, transparente y eficiente.

Una interconexión eficaz de la región del Mar Báltico es uno de los seis proyectos prioritarios de infraestructura energética que figuran en la Segunda Revisión Estratégica del Sector de la Energía que la Comisión adoptó en noviembre de 2008. El Plan de interconexión del mercado báltico de la energía fue puesto en marcha en 2008 a iniciativa del Presidente de la Comisión. Los dos principales objetivos de este Plan, en el contexto de los objetivos 20-20-20 de la UE, son la plena integración de los tres países bálticos al mercado europeo de la energía a través del refuerzo de las interconexiones con sus vecinos de la UE.

 

Pregunta nº 31 de Laima Liucija Andrikienė (H-0443/10)
 Asunto: Establecimiento de una política europea común en el ámbito de la energía
 

¿Podría indicar la Comisión si considera que el acuerdo celebrado recientemente entre Polonia y Rusia sobre la utilización del gaseoducto Yamal-Europa y la intención de firmar un contrato de explotación válido hasta 2045 son compatibles con los esfuerzos colectivos de la UE con miras al establecimiento de una política europea común coherente y viable en el ámbito de la energía?

En términos más generales, ¿cuál es la situación con respecto a estos esfuerzos comunes, incluida la propuesta conjunta de Jacques Delors y Jerzy Buzek en lo que se refiere a la creación de una Comunidad Europea de la Energía? ¿Qué avances se han registrado con respecto a la integración de las «islas energéticas», como los Estados Bálticos, en la Red europea de energía?

 
  
 

(EN) La Comisión ha comunicado a las autoridades polacas su preocupación en relación con la compatibilidad del Acuerdo intergubernamental entre Polonia y Rusia con las disposiciones del derecho de la UE. Esta preocupación se refiere, entre otras cosas, a la gestión del gasoducto Yamal en vista de las disposiciones en materia de desagregación contempladas en el tercer paquete de liberalización.

El tercer paquete de liberalización constituye una de las piedras angulares de la política energética de la UE. Uno de sus principales principios consiste en que todas las empresas que deseen vender gas a algún Estado miembro puedan hacerlo a través de una infraestructura gestionada de forma independiente y con tarifas equitativas. Unos mercados abiertos y competitivos para el gas con gasoductos a los que puedan acceder todos los proveedores aumentan la seguridad del abastecimiento, ya que de este modo el gas puede suministrarse cuando surge la demanda. Los acuerdos intergubernamentales que no se ajustan a estas normas del paquete socavan claramente la política energética común.

Las normas del mercado interior se aplican a todos los actores del mercado de la Unión, tanto de la propia EU como de terceros países. Por consiguiente, la defensa del funcionamiento del mercado de la UE es un aspecto natural de una política exterior en materia de energía coherente y viable.

El Comisario encargado de la energía abordó esta cuestión en sus conversaciones con las autoridades polacas y la planteó asimismo a la parte rusa. La Comisión seguirá dando apoyo a Polonia en estas negociaciones. Los Estados miembros no pueden quedar en una situación en la que tengan que elegir entre la aplicación del derecho de la UE en su territorio o recibir suministros de gas.

En cuanto a las infraestructuras que conectan entre sí a los Estados miembros y regiones de la Unión Europea, la Comisión publicará en noviembre de 2010 una Comunicación sobre infraestructuras energéticas en la que describirá lo que debe hacerse en este ámbito. Asimismo, varios proyectos de infraestructuras han recibido ayudas del Programa Energético Europeo para la Recuperación, entre ellos, algunos en los países bálticos.

Por otra parte, la Comisión espera recibir los resultados del Grupo de trabajo sobre el gas del Plan de interconexión del mercado báltico de la energía, que se reúne periódicamente para identificar proyectos de interés común, e identificar y superar los obstáculos a los que se enfrentan dichos proyectos. Un claro apoyo político para el gasoducto entre Polonia y Lituania es una señal positiva, ya que se trata un proyecto crucial para poner fin al aislamiento de la región del Báltico.

La Comisión coincide con gran parte del análisis y los objetivos del señor Buzek y el señor Delors que figuran en la propuesta para reforzar la política energética europea. No obstante, la Comisión prefiere, al menos por el momento, fundamentar dicha política energética en los tratados e instrumentos legales antes mencionados, en lugar de iniciar un nuevo debate institucional. La Comisión está convencida de que si se aprovechan plenamente las posibilidades que brinda el Tratado de Lisboa y, en particular, su artículo 194, será posible hacer grandes avances en esta dirección.

 

Pregunta nº 32 de Kathleen Van Brempt (H-0452/10)
 Asunto: Residuos radiactivos
 

El 29 de abril, la Comisión publicó una encuesta del Eurobarómetro que indica que el 82 % de los europeos desea que se promulgue legislación europea relativa a la gestión de los residuos radiactivos.

¿Está preparando la Comisión una directiva al respecto? ¿Impondrá esa directiva a los operadores de centrales nucleares la obligación de adoptar medidas preparatorias para el desmantelamiento de las centrales y el almacenamiento y la gestión de residuos de alta actividad?

¿Considera la Comisión que estas garantías deben otorgarse no solo para las nuevas centrales proyectadas, sino también para las centrales en funcionamiento, y que esta responsabilidad incumbe en primera instancia a los operadores y no a los Estados miembros?

¿Qué calendario ha previsto la Comisión al respecto?

 
  
 

(EN) La Comisión elabora actualmente una iniciativa legislativa relativa a la gestión del combustible nuclear agotado y los residuos radiactivos en la UE.

El planteamiento de la Comisión se basa en el principio fundamental según el cual la responsabilidad en materia de seguridad de las instalaciones nucleares y de la gestión del combustible agotado y los residuos radiactivos corresponde en última instancia a los Estados miembros (todos los Estados miembros producen dichos residuos procedentes de la energía nuclear, las aplicaciones de radioisótopos con fines médicos, etc.), así como en el principio de la responsabilidad principal del titular del permiso (operador) en materia de seguridad bajo la supervisión de las autoridades nacionales de regulación competentes.

La propuesta de Directiva se basa en la suposición de que comprendería la gestión de todos los tipos de combustibles agotados y residuos radiactivos, incluyendo los posibles residuos actuales y futuros, como los resultantes del desmantelamiento de instalaciones nucleares y de las futuras centrales nucleares.

La Comisión prevé adoptar esta propuesta legislativa relativa a la gestión del combustible agotado y los residuos radiactivos antes de que finalice 2010.

 

Pregunta nº 36 de Seán Kelly (H-0422/10)
 Asunto: Promoción de la investigación y de la innovación en el sector privado
 

Se ha dedicado un tiempo considerable a discutir la mejor manera de movilizar los fondos europeos para fomentar la investigación, el desarrollo y en última instancia la innovación en la UE. Sin embargo, los fondos públicos nunca constituirán más que una pequeña proporción del total de fondos dedicados a un sector tan importante.

¿Cómo piensa la Comisión fomentar el incremento de la investigación, el desarrollo y la innovación en el sector privado hasta alcanzar los niveles que se observan en los EE.UU. y Japón, entre otros? Me refiero en particular al examen de las mejores prácticas en determinados Estados miembros de la UE. ¿Cuáles son, desde el punto de vista de la Comisión, las medidas más eficaces para difundir en toda la UE las mejores prácticas en este ámbito utilizando los instrumentos disponibles para ello?

 
  
 

(EN) El nivel de las inversiones en investigación e innovación de las empresas de la UE resulta claramente insatisfactorio. Basta con comparar el porcentaje de las actividades de investigación y desarrollo (I+D) financiadas por el sector privado, que es del 55 % en la UE, con el 67 % de los Estados Unidos, el 70 % de China y el 78 % de Japón; y la cifra correspondiente a la UE ha disminuido en los últimos años. Asimismo, estas cifras, expresadas en porcentaje del producto interno bruto (PIB), resultan igualmente preocupantes. El gasto en investigación de las empresas se ha estancado en torno al 1,2 % del PIB de la UE, en comparación con el 2,1 % en los Estados Unidos. La cifra correspondiente a China se acerca rápidamente al nivel de la UE

Para resolver este problema, la Comisión trabaja en una serie de acciones para facilitar el acceso a los recursos financieros, que es uno de los principales cuellos de botella para las nuevas empresas innovadoras y las pequeñas y medianas empresas (PYME) en particular.

La Comisión intenta atraer más financiación privada para empresas innovadoras por medio de un considerable refuerzo de los instrumentos financieros a nivel de la UE con el fin de colmar las deficiencias de los mercados de crédito y capital de riesgo, sobre todo en cooperación con el Fondo Europeo de Inversiones y el Banco Europeo de Inversiones. Asimismo estudia medidas para mejorar el uso de los fondos de cohesión para apoyar las capacidades de investigación e innovación. También es necesario revisar el marco de las ayudas públicas para velar por que todas las formas de innovación puedan recibir el apoyo adecuado.

Otra serie de medidas en curso de elaboración tendrán por objetivo crear un mercado único de la innovación.

Habría que llegar pronto a un acuerdo sobre la patente de la UE, y la Comisión estudia todas las opciones para lograrlo. En cuanto a los mercados de productos y servicios innovadores, la Comisión propondrá analizar y adaptar los marcos normativos correspondientes. Es necesario revisar el sistema europeo de normalización con el fin de colmar las lagunas entre investigación y normalización para prestar más apoyo a la innovación. Y la Comisión prevé adoptar medidas para aumentar la contratación pública de productos y servicios innovadores.

Aparte de las medidas que pueden adoptarse o coordinarse a nivel de la UE, los sistemas nacionales de investigación e innovación son esenciales para realizar un mercado único de la innovación. Estos sistemas serán más eficaces si comparten algunas de las características generales que se consideran necesarias para su buen funcionamiento y que constituyen buenas prácticas. Por ello, la Comisión se propone elaborar, en colaboración con los Estados miembros, un reducido número de características para la políticas destinadas a los sistemas nacionales de investigación e innovación. Actualmente ya tienen lugar negociaciones constructivas.

La elaboración de esta serie de características se basa en las actividades realizadas durante muchos años en el marco del CREST para promover el aprendizaje mutuo y el intercambio de buenas prácticas entre los Estados miembros, actividades que han resultado muy eficaces. Los contactos y actividades de la Comisión han puesto de manifiesto que las políticas nacionales de investigación e innovación han evolucionado considerablemente en los últimos años y ahora contemplan combinaciones de políticas más eficaces que abarcan un espectro más amplio de objetivos y medidas.

El Comisario encargado de la Industria y la Empresa, y el Comisario encargado de la Investigación e Innovación dirigen los trabajos sobre la iniciativa emblemática «Unión para la innovación» que propondrá medidas audaces para hacer frente exhaustivamente a estos problemas. La Comisión prevé adoptar pronto esta iniciativa, y el Presidente de la Comisión tiene la intención de presentarla al Consejo Europeo en diciembre de 2010. La iniciativa «Unión para la innovación» presentará toda una serie de propuestas para despejar el camino de las ideas a los mercados.

 

Pregunta nº 37 de Jim Higgins (H-0428/10)
 Asunto: El papel de la investigación y la innovación en el ámbito del cambio climático
 

La Comisaria Maire Geoghegan-Quinn ya mencionó con anterioridad que el cambio climático es una de sus máximas prioridades. En relación con las recientes declaraciones de la Comisaria de que se invertirán 6 800 millones de euros en investigación y desarrollo, ¿podría señalar la Comisión qué medidas se adoptarán en el ámbito de la investigación y cómo afrontará el ámbito de la innovación los desafíos y las repercusiones económicas del cambio climático, en particular con relación a Irlanda y a las recientes inundaciones?

 
  
 

(EN) El cambio climático es sin duda una prioridad absoluta. En los últimos años se ha incorporado cada vez más el cambio climático en los componentes del Programa marco. Estos componentes incluyen la investigación para 1) comprender el sistema climático pasado, presente y futuro y sus proceso, 2) la cuantificación de los efectos del clima en los seres humanos y la naturaleza, 3) la identificación y evaluación de las opciones de mitigación y adaptación, y 4) el desarrollo de tecnologías y prácticas que conduzcan a una sociedad con bajas emisiones de carbono y resistente al clima. Durante los tres primeros años del Séptimo Programa marco, el valor de los contratos de investigación relacionados con el cambio climático ha superado 1 500 millones de euros en aportaciones de la UE.

Esta tendencia de inversión en la investigación del cambio climático continúa con las convocatorias de propuestas publicadas en julio de 2010. El presupuesto total asignado a las convocatorias relativas a los temas más importantes de los programas específicos «Cooperación» y «Capacidades» del Séptimo programa marco, a saber, Medio ambiente (incluido el cambio climático), Transporte (incluida la aeronáutica), Energía, Alimentos, Agricultura y pesca, y Biotecnología e infraestructuras de investigación, se eleva a aproximadamente 1 200 millones de euros. Dentro de las convocatorias publicadas en julio de 2010, aproximadamente un 55 % de los apartados pertenecientes a estos temas abordan directamente cuestiones relacionadas con el cambio climático o tienen un componente relacionado con este último. Aproximadamente dos terceras partes de estos apartados sobre el cambio climático solicitan innovaciones en materia de enfoques, métodos, productos, materiales, equipos, modelos, etc., que aumenten la capacidad de la UE para hacer frente a los principales cambios sociales, así como su competitividad. El importe final que se asignará a las subvenciones de investigación sobre cambio climático solamente podrá calcularse una vez que finalice el proceso de evaluación.

Todo ello demuestra claramente que la Comisión ha tomado iniciativas en relación con la innovación en el ámbito del cambio climático. El cambio climático y la investigación sobre el desarrollo de una sociedad con bajas emisiones de carbono constituyen una parte importante de la iniciativa emblemática «Unión para la innovación» que figura en la Estrategia Europa 2020, sobre la cual la Comisión comunicará más detalles en breve.

La Comisión está convencida de que la aplicación de la iniciativa «Unión para la innovación» puede reforzar los esfuerzos que ya se realizan o se prevén para desarrollar una sociedad con bajas emisiones de carbono y resistente al clima.

En cuanto a las inundaciones, el cambio climático puede aumentar la frecuencia e intensidad de los riesgos relacionados con él, como las inundaciones, y por ende aumentará la vulnerabilidad de los sistemas naturales y humanos. La investigación y el desarrollo tecnológico son fundamentales para evaluar medidas preventivas que reduzcan el riesgo de inundaciones y eviten la pérdida de vidas humanas. En el marco de estas convocatorias, la investigación contribuirá a aumentar la resistencia de la sociedad a los desastres en Europa y complementará los proyectos en curso en materia de gestión de los riesgos de inundación repentina, alertas precoces de inundación y gestión de inundaciones en las ciudades.

 

Pregunta nº 38 de Liam Aylward (H-0434/10)
 Asunto: Seguridad del abastecimiento alimentario y tendencias demográficas
 

La tasa de natalidad mundial se sitúa en la actualidad en 75 millones de nacimientos anuales. Teniendo en cuenta este aumento de la población, y toda vez que la seguridad del abastecimiento alimentario es un problema cada vez mayor a nivel internacional, ¿podría la Comisión facilitar información sobre sus políticas en los ámbitos de la investigación, la ciencia y la tecnología destinadas a abordar el tema de la seguridad de abastecimiento alimentario? ¿Está cooperando la Comisión en la actualidad con terceros países en relación con esta importante cuestión política?

 
  
 

(EN) En relación con las políticas de la UE en materia de seguridad alimentaria, la Comisión remite a Su Señoría a su Comunicación sobre comunicación alimentaria que adoptó el 31 de marzo de 2010(1).

Esta comunicación propone que la UE aborde los cuatro pilares de la seguridad alimentaria (existencia de alimentos, acceso a los alimentos, adecuación nutricional y prevención y gestión de crisis), pero también pide con carácter prioritario «aumentar sustancialmente el apoyo a la investigación agraria orientada a la demanda para el desarrollo, la ampliación y la innovación, aspirando a alcanzar el 50 % de aquí a 2015».

El Programa temático de seguridad alimentaria tuvo en su primera fase (2007-2010) un gran éxito en la promoción de actividades de investigación. La Comisión proseguirá con este objetivo en la segunda fase de dicho programa (2011-2013).

Esta financiación comprende sobre todo ayudas para los programas del Grupo Consultivo de la Investigación Agraria Internacional (GCIAI), que llevan a cabo los 15 centros de este grupo y sus socios, así como ayudas a las redes regionales, como el Foro de Investigación Agrícola en África (FARA), la Asociación para reforzar la Investigación Agraria en África Oriental y Central (ASARECA) y el Consejo de África Occidental y Central para la Investigación y el Desarrollo Agrícola (CORAF). Las redes regionales colaboran estrechamente con los sistemas nacionales de investigación agrícola de sus Estados miembros para llevar a cabo investigaciones regionales sobre cultivos, ganadería, pesca, biotecnologías y gestión de recursos naturales para contribuir a la consecución de los objetivos en materia de seguridad alimentaria.

En cuanto a la cooperación internacional con terceros países en materia de investigación, cabe señalar que esta cooperación es promovida y estimulada activamente en todos los ámbitos de investigación del Programa marco de la UE, y todos los temas están abiertos a la cooperación con terceros países.

De hecho, desde el inicio del Séptimo Programa marco de investigación, varios temas de cada convocatoria anual sobre producción de alimentos han ido destinados a la cooperación internacional con terceros países, tanto industrializados como en desarrollo, con participación obligatoria de dichos países.

En una cumbre celebrada en Lisboa en 2007, los altos representantes de la Comisión de la UE y de la Comisión de la Unión Africana (CUA) pusieron en marcha una estrategia común de cooperación. Posteriormente se selecciono el tema «Agua y seguridad alimentaria» como uno de los «primeros productos» de el Programa de trabajo del Séptimo Programa Marco para 2010.

Tras de ello, la Comisión publicó en 2010 una propuesta transtemática para África que comprendía la investigación en colaboración sobre alimentos y agricultura, medio ambiente y salud, con un presupuesto total de 63 millones de euros.

Esta convocatoria tuvo un gran éxito y movilizó a las comunidades científicas de África y Europa. La participación superó todas las expectativas, pues se presentaron 190 propuestas (90 de las cuales superaron el umbral de selección) y 23 fueron seleccionadas para recibir financiación (actualmente en curso de negociación).

En concreto se seleccionaron once propuestas para recibir financiación en el ámbito de los alimentos, la agricultura y el medio ambiente. En todas las actividades participan socios africanos con el fin de reforzar las capacidades de investigación de África. Los proyecto seleccionados abarcarán, entre otros temas, una mejor previsión de las sequías, la mejora de la gestión del agua y el suelo, la investigación de una nutrición sostenible para África, la agricultura de conservación y la adopción de innovaciones introducidas por los agricultores.

 
 

(1)COM(2010) 127 final: «Un marco estratégico de la UE para ayudar a los países en vías de desarrollo a enfrentarse a los retos relativos a la seguridad alimentaria».

 

Pregunta nº 39 de Sarah Ludford (H-0435/10)
 Asunto: Investigación en el ámbito de la diabetes
 

La diabetes es una enfermedad crónica devastadora que afecta a más de 30 millones de personas en los Estados miembros de la UE. Resulta inquietante que se esté registrando un incremento de la incidencia de la diabetes en todas las categorías de edad, incluidos los jóvenes, lo que resulta particularmente trágico. Es necesario un esfuerzo de investigación intenso y coordinado para contener esta epidemia y encontrar una cura a la diabetes así como medios eficaces de prevención.

¿Podría informar la Comisión al Parlamento sobre el modo en que la DG de Investigación velará por que Europa desempeñe un papel de primer orden en el marco de estos esfuerzos en materia de investigación en el ámbito de la diabetes a nivel mundial? En concreto, ¿qué medidas tiene intención de adoptar la Comisión de cara a una mejor coordinación y una financiación sostenida de la investigación en el ámbito de la diabetes de conformidad con el programa estratégico recogido en el proyecto DIAMAP incluido en el marco del Séptimo Programa Marco de Investigación finalizado recientemente?

 
  
 

(EN) La Comisión es perfectamente consciente del aumento de la diabetes entre la población europea, así como del sufrimiento humano y los importantes costes y pérdidas económicos que representa este problema.

Por ello, la diabetes se encuentra entre los temas prioritarios para la investigación médica a escala europea. La UE invierte 170 millones de euros (en 32 proyectos) para la investigación de la diabetes a través del Séptimo Programa Marco de investigación y desarrollo tecnológico (2007–2013). Por otra parte y como parte de la actual convocatoria de propuestas(1), la Comisión ha publicado cuatro temas de investigación sobre la diabetes con la posibilidad de dedicar otros 63 millones de euros para dicha investigación. Lo que se traducirá en la financiación de aproximadamente otros diez proyectos de investigación sobre la diabetes por parte de la UE. Otro esfuerzo importante lo constituye la colaboración de la UE con la Asociación Europea de la Industria Farmacéutica (EFPIA), pues a través de la Iniciativa de Medicina Innovadora (IMI) se dedicarán 54 millones de euros para desarrollar métodos terapéuticos más rápidos y seguros para la diabetes a través de la primera convocatoria de propuestas de la IMI. Por otra parte, las prioridades científicas de la IMI para 2010 incluyen el desarrollo de métodos personalizados de medicación para la diabetes.

Estas inversiones en investigaciones abordan cuestiones como la genética y la epidemiología, la fisiopatología, el metabolismo y la fisiología integrativa, ensayos clínicos y complicaciones microvasculares y macrovasculares. En futuras convocatorias de propuestas podrían solicitarse nuevas investigaciones sobre la diabetes.

La Comisión acoge con satisfacción las recomendaciones que figuran en el informe del DIAMAP(2) que, al identificar los últimos avances sobre el terreno, así como las futuras necesidades y deficiencias, contribuirá a reforzar la investigación europea sobre la diabetes y a desarrollar una política europea congruente en este ámbito.

Este informe destaca, entre otras cosas, la necesidad de reforzar la coordinación de las actividades de investigación a nivel nacional e internacional La participación y apoyo de los Estados miembro son fundamentales para alcanzar este objetivo.

Como un paso más en esta dirección y con el fin de ayudar a superar la fragmentación de las actividades, programas y políticas de investigación sobre el terreno en toda Europa, la Comisión ha publicado, como parte de su convocatoria de propuestas FP7-ERA-NET-2011-RTD(3) en el ámbito de la salud, un programa para la coordinación de los programas regionales y europeos de investigación (ERA-NET) sobre prevención y tratamiento de la diabetes. Este ERA-NET debería reunir a las agencias nacionales de financiación de la investigación que participan en la investigación sobre la diabetes y generar sinergias mediante la recopilación de grandes cantidades de datos, recursos y conocimientos técnicos.

Evidentemente, la Comisión seguirá estudiando otras posibilidades para la difusión y adopción de las recomendaciones del informe del DIAMAP.

 
 

(1)FP7-HEALTH-2011- dos fases (Fecha límite para la primera fase: 10 de noviembre de 2010)
http://cordis.europa.eu/fp7/dc/index.cfm?fuseaction=UserSite.CooperationDetailsCallPage&call_id=324
(2)DIAMAP, A road map for diabetes research in Europe; http://www.diamap.eu/
(3)FP7-ERA-NET-2011-RTD; ERA-NET sobe prevención y tratamiento de la diabetes (fecha límite para la presentación de propuestas: 22 de febrero de 2011, http://cordis.europa.eu/fp7/dc/index.cfm?fuseaction=UserSite.CooperationDetailsCallPage&call_id=312

 

Pregunta nº 40 de Judith A. Merkies (H-0437/10)
 Asunto: Futura acción de investigación e innovación de la UE sobre envejecimiento en buena salud y materias primas
 

La Unión Europea reconoce la urgente necesidad de resolver rápidamente los principales desafíos societales tales como el cambio climático, la búsqueda de fuentes de energía sostenibles y los cambios demográficos como el envejecimiento de la población y la demanda de recursos cada vez más escasos. Para garantizar que predicamos con el ejemplo, necesitamos políticas que cuenten con un amplio apoyo y con una financiación adecuada. A pesar de que estos asuntos son cada vez más urgentes, el presupuesto que a ellos se destina disminuye. En el marco de la Estrategia Europa 2020, de los preparativos para el Octavo Programa Marco y de la próxima Comunicación sobre la creación de una Unión por la innovación, ¿podría la Comisaria Geoghegan-Quinn responder a las siguientes preguntas? Puesto que la Comisión considera el envejecimiento en buena salud como un asunto prioritario, ¿cuándo podremos contar con una propuesta política exhaustiva y concreta? ¿Qué apoyo recibirá esta propuesta en términos de financiación y medidas ejecutivas regionales, nacionales y europeas? En otro orden de cosas, ¿de qué forma se incluirán la eficiencia de los recursos y la sustitución de los materiales de alta tecnología escasos en el ámbito de la investigación y la innovación?

 
  
 

(EN) La salud y el envejecimiento son los retos que debe abordar la iniciativa emblemática «Unión para la innovación» que figura en la Comunicación sobre la Estrategia Europa 2020(1). Se prevé que la propuesta de la Comisión para llevar a cabo esta iniciativa se adoptará en breve e incluirá la reforma de una serie de políticas, y se centrará en iniciativas para hacer frente a los principales retos de la sociedad, que corresponden igualmente a importantes oportunidades de mercado para las empresas europeas.

Se prevé que esta estrategia defina «cooperaciones de innovación» destinadas resolver problemas societarios. Las cooperaciones de innovación brindarán un marco para hacer un fondo común de recursos y reunir a todos los principales actores (autoridades, públicas, investigadores e industria, tanto grandes empresas como PYME innovadoras de alta tecnología), así como todas las políticas e instrumentos en la materia, relacionadas tanto con la demanda como con la oferta, relativas a la contratación pública, la normalización y la regulación. Tanto el tema de la salud y el envejecimiento activo, como el de las materias primas podrían ser objeto de cooperaciones de innovación.

El envejecimiento, en particular un envejecimiento activo en buen estado de salud y la vida independiente de las personas mayores, son objeto de una serie de políticas de la UE, en particular las relativas a salud pública, investigación, industria, sociedad de la información y empleo. La Comisión propuso recientemente, por ejemplo, que 2012 se declarara «Año Europeo del Envejecimiento Activo». Una cooperación de innovación sobre el envejecimiento activo y en buen estado de salud vendría a reforzar todos estos esfuerzos y podría contribuir a que se aplicara de forma coherente, y permitiría igualmente aprovechar óptimamente los recursos y actividades a nivel nacional y regional.

La Comisión ya ha puesto en marcha algunas iniciativas en el ámbito de la investigación y la innovación para apoyar las actuales políticas de la UE relacionadas con las materias primas (en concreto, la Iniciativa sobre materias primas) en el marco de las futuras iniciativas emblemáticas «Unión para la innovación», «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» y «Una política industrial integrada para la era de la globalización» de la Estrategia Europa 2020. Un abastecimiento seguro, económico y ecológico de materias primas es fundamental para la sociedad, lo que incluye el suministro primario y de fuentes de reciclaje, y la búsqueda de materiales o procesos alternativos. Así pues, la actual convocatoria de propuestas del Séptimo Programa Marco constituye una primera serie de medidas en esta dirección. No obstante, aparte de estas investigaciones se requieren igualmente soluciones innovadoras, en particular relacionadas con la demanda, para promover el reciclaje u mejorar la cooperación transfronteriza (por ejemplo, entre estudios geológicos).

Se han publicado convocatorias de propuestas para el tema Nanotecnologías, materiales y producción del Séptimo Programa marco que abordan la eficiencia en el uso de los recursos y la sustitución de materias primas cruciales, en particular para:

crear redes a nivel de los Estados miembros sobre el tratamiento industrial de las materias primas;

desarrollar nuevas tecnologías para actividades mineras inteligentes y no contaminantes;

el diseño ecológico de nuevos productos y de métodos de producción rentables y eficientes desde un punto de vista ecológico, y encontrar sustitutos para algunas materias primas críticas para las altas tecnologías.

Podrían adoptarse otras medidas en este ámbito cuando se redacte el programa anual de trabajo del Séptimo programa marco para el año próximo.

En relación con el próximo Programa marco, en los trabajos preparatorios preliminares no se han abordado aún los distintos ámbitos de investigación. Estas cuestiones se examinarán en su momento.

Las materias primas son igualmente un ámbito en el que podría desarrollarse una propuesta de cooperación de innovación en el futuro.

 
 

(1)COM(2010) 2010 final

 

Pregunta nº 41 de Alan Kelly (H-0440/10)
 Asunto: Simplificar el Programa Marco de Investigación de la UE
 

¿Podría la Comisión indicar qué medidas llevará a cabo a corto y a largo plazo para simplificar el proceso de aplicación del programa de investigación 7PM?

Asimismo, ¿ha establecido la Comisión objetivos para la cantidad de empresas comerciales que se espera que emerjan de este programa de miles de millones de euros?

 
  
 

(EN) La Comisión adoptó en abril de 2010 una Comunicación intitulada «Simplificar la ejecución de los programas marco de investigación»(1), en la que propone toda una serie de medidas, entre ellas, mejoras graduales, pero también cambios profundos que requieren revisar el fundamento jurídico de la política de investigación de la UE y establecer un nuevo equilibrio entre la confianza y el control, y entre tomar riesgos y evitarlos.

En esta Comunicación se presentan tres líneas principales de simplificación. La primera línea recoge las medidas que pueden aplicarse actualmente, con arreglo al marco legal vigente, y para las cuales ya existen numerosos elementos como parte del proceso continuo iniciado con el Séptimo Programa Marco de investigación y desarrollo tecnológico (2007-2013). Entre estas medidas se encuentra la mejora de los documentos de orientación y los servicios de asistencia para los solicitantes, el desarrollo de herramientas informáticas de fácil uso para la presentación de propuestas y la gestión de proyectos, y una armonización de la interpretación y aplicación de las normas en todos los servicios de la Comisión. La segunda línea se refiere a cambios en la normativa, pero sin abandonar el actual sistema basado en los costes y las aportaciones. Comprende, por ejemplo, una extensión de la aceptación de los métodos basados en el coste medio, las opciones a tanto alzado para los propietarios que gestionan pequeñas y medianas empresas (PYME) y la simplificación de los intereses sobre la financiación previa. La tercera línea presenta opciones novedosas para realizar cambios profundos en el modelo de financiación a fin de avanzar hacia un método basado en los resultados que utilice cantidades a tanto alzado para los proyectos completos. Estas opciones se debaten actualmente con las partes interesadas, el Consejo y el Parlamento.

La simplificación será uno de los elementos clave en la elaboración del próximo Programa marco de investigación. La propuesta de la Comisión para el nuevo Programa marco de investigación intentará igualmente reducir en general la complejidad de la financiación de la investigación en la UE con sus múltiples mecanismos de intervención, sistemas de financiación y órganos de ejecución. La iniciativa emblemática «Unión para la innovación» necesitará objetivos e instrumentos claros, coherencia y estabilidad de las normas, y ligereza y celeridad en los procedimientos y procesos administrativos.

La propuesta de la Comisión para el futuro Programa marco de investigación intentará igualmente reducir en general la complejidad de la financiación de la investigación en la UE con sus múltiples mecanismos de intervención, sistemas de financiación y órganos de ejecución. El plan europeo para la investigación y la innovación y la iniciativa emblemática «Unión para la innovación» necesitará objetivos e instrumentos claros, coherencia y estabilidad de las normas, y ligereza y celeridad en los procedimientos y procesos administrativos. En este contexto, la simplificación será uno de los elementos clave en la elaboración del próximo Programa marco de investigación.

Actualmente, un número importante de organizaciones comerciales participa en proyectos del Séptimo Programa marco. En marzo de 2010 participaban en ellos más de 7 000 empresas, de las cuales 4 350 eran PYME. En términos de porcentaje de los fondos del Séptimo Programa Marco a la misma fecha, un 24 % de dichos fondos se asignaron a estas 7 000 empresas.

En relación con la creación de nuevas empresas, este es un elemento fundamental del proceso continuo de innovación social y económica, impulsado por el espíritu empresarial y las fuerzas del mercado. Si bien el objetivo de los programas marco de investigación es impulsar este proceso en toda Europa, la creación de nuevas empresas no es un objetivo concreto del programa, por lo que no es objeto de seguimiento. Sin embargo se han obtenido indicios útiles a través de estudios de análisis de impacto. Uno ejemplo de estos estudios es un análisis de las repercusiones que han tenido los proyectos del Quinto Programa marco (1998-2002) en el sector de las TIC(2). El estudio reveló que 137 de las 1 000 personas entrevistadas en una encuesta declararon que la participación en el programa «había dado lugar a la creación de una nueva empresa o al menos la había facilitado». Los encuestados consideraron que la mitad de dichas empresas podían atribuirse directamente a un proyecto determinado.

El Programa de competitividad e innovación (PCI) facilita la creación y crecimiento de nuevas empresas, en particular mediante instrumentos financieros, servicios de asistencia a las empresas y de innovación prestados por la Enterprise Europe Network y el fomento de un entorno favorable a las empresas y la innovación a través del intercambio de políticas y la cooperación en materia de grupos de empresas y otros temas. A finales de marzo de 2010, unas 68 000 empresas se habían beneficiado de los instrumentos financieros del PCI.

 
 

(1)COM(2010)187
(2)Estudio de análisis de impacto WING ICT, primer estudio general, febrero de 2008

 

Pregunta nº 45 de Mairead McGuinness (H-0403/10)
 Asunto: Normas de cabotaje
 

El 14 de mayo de 2010, entraron en vigor nuevas normas de cabotaje en virtud del Reglamento (CE) n° 1072/2009 Numerosos transportistas irlandeses han manifestado su preocupación frente a la manera de interpretar dichas normas en determinados Estados miembros. ¿Podría aclarar la Comisión si las nuevas normas se aplican de igual manera en todos los Estados miembros? ¿Conoce la Comisión el problema al que se enfrentan algunos transportistas, que les ha acarreado multas y la inmovilización de camiones por desempeñar operaciones que hasta la entrada en vigor del Reglamento (CE) n° 1072/2009 eran completamente legales? ¿Es consciente la Comisión de que el concepto de «transporte combinado» no resulta operativo en el contexto del comercio entre Irlanda y el Reino Unido debido al mínimo de 100 km. de viaje en barco y al máximo de 150 km de viaje por carretera? ¿Está preocupada la Comisión por las repercusiones que el Reglamento podría tener para el mercado único y la libre circulación de bienes y servicios?

 
  
 

(EN) El Reglamento (CE) nº 1072/2009(1) modificó de hecho el régimen para las operaciones de cabotaje por carretera. A partir del 14 de mayo de 2010, las operaciones de cabotaje, es decir, de transporte nacional de alquiler o remunerado realizadas de forma temporal en un Estado miembro de acogida deben ir precedidas de un transporte internacional de mercancías por carretera. Asimismo, el nuevo régimen contempla normas claras y sencillas en lo referente al plazo para la realización de operaciones de cabotaje. Estas nuevas normas figuran en un reglamento, lo que significa que son directamente aplicables en todos los Estados miembro.

Según la información con que cuenta la Comisión, el sector del transporte ha acogido favorablemente en general las nuevas normas de cabotaje definidas en el Reglamento (CE) nº 1072/2009, ya que ofrecen seguridad jurídica y un menor riesgo de ser sancionado por infringir la normativa. Permiten a los operadores del sector del transporte planificar mejor sus operaciones internacionales y les dan la oportunidad de reducir el número de viajes de regreso sin carga. La Comisión no tiene conocimiento de que existan diferencias en su aplicación en los Estados miembros, pero procederá a hacer un seguimiento de la situación y tomará las iniciativas necesarias en caso de surgir problemas.

En su pregunta, Su Señoría, hace igualmente referencia al transporte multimodal. Las condiciones en las que el transporte multimodal puede considerarse transporte combinado se establecen en la Directiva 92/106/CEE(2). De conformidad con esta directiva, para que los métodos de transporte combinado liberalizados tengan por resultado una verdadera reducción de la congestión de las carreteras, sus recorridos deben ser de una distancia limitada. La liberalización de los trayectos iniciales y finales de un transporte combinado se aplica a los transportes combinados que utilizan la vía marítima, siempre que el trayecto marítimo suponga una parte importante del transporte combinado. Por consiguiente, la Directiva 92/106/CEE establece que para que un transporte por carretera sea considerado un trayecto inicial o final de un transporte combinado por carretera y vía marítima, el trayecto marítimo de dicho transporte debe ser superior a 100 km y la distancia entre el puerto en el que se recoja el remolque y el destino final de las mercancías transportadas por carretera debe ser inferior a 150 km. En este caso, el trayecto inicial o final por carretera no se considera «cabotaje», por lo que no está sujeto a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1072/2009.

 
 

(1)Reglamento (CE) nº 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera (Texto pertinente a efectos del EEE), DO L 300 de 14.11.2009.
(2)Directiva 92/106/CEE del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, relativa al establecimiento de normas comunes para determinados transportes combinados de mercancías entre Estados miembros, DO L 368 de 17.12.1992.

 

Pregunta nº 46 de Tadeusz Zwiefka (H-0416/10)
 Asunto: Emisiones de Al-Aqsa TV
 

El 24 de junio de 2010, Eutelsat, operador francés de satélites, dejó de emitir la cadena de televisión de Hamás, Al-Aqsa TV, por su satélite Atlantic Bird 4A. Se daba curso así a una decisión adoptada el 8 de junio de 2010 por el Consejo Superior Audiovisual francés (CSA), por la que se consideraba que la cadena Al-Aqsa TV infringía la legislación francesa y europea en materia audiovisual y solicitaba a Eutelsat que la dejara de emitir. Según informaciones aparecidas en los medios de comunicación, Al-Aqsa TV ha eludido esta medida cambiando el nombre de su cadena por el de «Seraj Al-Aqsa» (a veces también escrito «Siraj Al-Aqsa») Esta cadena está actualmente emitiendo en Eutelsat por sus satélites Atlantic Bird 4A, Atlantic Bird 2 y Eurobird 2.

¿Qué medidas inmediatas va a adoptar la Comisión para impedir que Al-Aqsa TV pueda eludir la decisión del CSA? ¿Están informados el Gobierno francés y el CSA de esta situación, que constituye una violación directa de la decisión del CSA?

 
  
 

(EN) La Comisión comparte la preocupación de Su Señoría por los programas que incitan al odio que se encuentran bajo la jurisdicción de un Estado miembro. La Comisión coopera estrechamente con los Estados miembros y promueve la cooperación entre estos para que se aplique plenamente del derecho de la Unión en este ámbito tan delicado.

Después de que Eutelsat dejara de distribuir Al Aqsa TV, esta cadena emite todavía a través de satélites fuera de la jurisdicción de la UE, como Nilesat y Arabsat. Al mismo tiempo, una nueva cadena, llamada «Seraj Al Aqsa» apareció en diversos satélites de Eutelsat. La señal de esta cadena no es la misma que la de Al Aqsa TV. Así pues, al parecer no se trata de la misma cadena (es decir, de una cadena idéntica).

La Comisión ha tenido conocimiento de las acusaciones según las cuales Seraj Al Aqsa y Al Aqsa TV distribuyen el mismo contenido. Hasta ahora, estas acusaciones sólo han sido presentadas por una única fuente y no han podido ser verificada por otras fuentes. No obstante, la Comisión ha transmitido esta información al Conseil Supérieur de l'Audiovisuel (CSA). Compete a las autoridades francesas y, en primer lugar, al CSA evaluar si estas acusaciones son veraces.

El Gobierno francés ha comunicado a la Comisión que el CSA hace un seguimiento de Seraj Al Aqsa para comprobar que el contenido de esta cadena no infrinja la legislación francesa o de la UE, en particular, la prohibición de incitar al odio. La Comisión no conoce aún el resultado de la evaluación de este contenido.

 

Pregunta nº 47 de Anne E. Jensen (H-0424/10)
 Asunto: Preguntas a la Comisión
 

¿Cuánto le cuesta a la Comisión contestar a una pregunta?

 
  
 

(FR) En primer lugar, la Comisión desea reiterar que concede gran importancia a las respuestas a las preguntas parlamentarias, que constituyen un elemento importante del control democrático que ejerce el Parlamento. Sin embargo, el aumento exponencial del número de preguntas parlamentarias hace que resulte muy difícil presentar las respuestas en tiempo útil y requiere una creciente cantidad de recursos.

Los recursos humanos y el tiempo para elaborar, traducir y obtener la aprobación del Colegio de los proyectos de respuesta dependen de un gran número de factores, entre ellos, la necesidad de que colaboren diversos servicios de la Comisión, la disponibilidad inmediata de información y la necesidad de realizar una investigación exhaustiva de los datos. Por ello resulta difícil determinar el coste medio de las preguntas.

En general puede decirse lo siguiente: En cada gabinete de los Miembros de la Comisión se designa al menos un coordinador para las preguntas parlamentarias. La Secretaría General, que supervisa el buen funcionamiento del procedimiento y transmite las respuestas al Parlamento, cuenta con todo un departamento, así como con un pequeño número de especialistas en informática para desarrollar y mantener la herramienta informática que se utiliza para gestionar las preguntas parlamentarias. Cada Dirección General cuenta con uno o varios funcionarios que coordinan y ayudan a redactar las respuestas a las preguntas parlamentarias. A estos miembros del personal a tiempo completo hay que añadir los funcionarios que redactan o contribuyen puntualmente a preparar los proyectos de respuesta en cada servicio y gabinete de la Comisión, los funcionarios del Servicio Jurídico que revisan cada uno de ellos y los traductores que se encargan de traducirlos.

 

Pregunta nº 48 de Charalampos Angourakis (H-0426/10)
 Asunto: El palmeral de Preveli, otra víctima de la codicia empresarial
 

El raro palmeral de Preveli (Rethymnon, Creta), del cual ya ha ardido el 70 %, se encuentra en el punto de mira de los incendiarios. Esta zona, bajo la responsabilidad del Gobierno y de las autoridades competentes, sigue siendo propiedad del monasterio de Preveli. El caso de Preveli ha puesto de manifiesto una vez más la completa insuficiencia de las medidas de protección y de lucha contra los incendios, con lo que el desastre ha sido total. Las leyes del Gobierno del PASOK, y anteriormente, de ND, así como las enormes deficiencias en las medidas de extinción de incendios ponen las cosas fáciles para que los especuladores y las grandes empresas constructoras e inmobiliarias consigan cambiar el uso del terreno. Las consecuencias son catastróficas para los trabajadores, los habitantes y el medio ambiente de la zona. El afán de lucro pisotea las necesidades populares y destruye el medio ambiente.

¿Puede indicar la Comisión si es posible proteger la riqueza forestal de Creta sobre la base de las leyes del mercado, los intereses empresariales y los enormes recortes en las medidas para la extinción de incendios?

 
  
 

(EN) Puesto que el Tratado de la UE no recoge disposiciones en materia de silvicultura, la política forestal es competencia de los Estados miembros. La Comisión presta apoyo a los Estados miembros a través de una serie de instrumentos.

En cuanto a la posible respuesta, Grecia puede beneficiarse de las ayudas concedidas por el Mecanismo Comunitario de Protección Civil, creado en 2001 para apoyar y coordinar la asistencia en especie de los Estados miembros a países afectados por desastres. En años anteriores, Grecia solicitó, a través del Centro de Control e Información de la Comisión, asistencia internacional para obtener medios aéreos pesados para la lucha contra incendios forestales y recibió ayuda inmediata de otros Estados miembros.

La Comisión ha reiterado en varias ocasiones la importancia de la prevención. La Comisión presentó en febrero de 2009 una Comunicación sobre la prevención de catástrofes naturales y de origen humano, en la que propone que se siga trabajando en una serie de aspectos.

En primer lugar, como se pide en las Conclusiones del Consejo sobre el marco comunitario para la prevención de catástrofes en la UE, la Comisión elaborará antes de que finalice 2010 una serie de directrices que tengan en cuenta los trabajos realizados a nivel nacional sobre la cartografía, evaluación y análisis de los peligros y riesgos. En este contexto se estudiarán en concreto los métodos de evaluación de los riesgos de incendios forestales de diversos Estados miembros.

En segundo lugar, la Comisión ha puesto en marcha un programa de buenas prácticas de prevención que desembocará en la adopción de directrices de la UE sobre las normas mínimas para la prevención de desastres. Los incendios forestales, al igual que otros tipos de desastres relacionados con fenómenos meteorológicos extremos serán una de las prioridades de estos trabajos.

Los programas de desarrollo rural de la UE pueden prestar ayuda para la prevención de incendios forestales y la reforestación. En el período 2007-2013, el Programa de desarrollo rural de Grecia asignó aproximadamente 180 millones de euros (de los cuales 135 millones procedían del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) a medidas destinadas a la prevención de incendios forestales, de la erosión del suelo y de inundaciones tras incendios, así como a la reforestación. El ámbito geográfico de estas medidas fue de unas 190 000 ha.

La Comisión gestiona el Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales(1), que se utiliza, entre otras cosas, para prever los riesgos de incendios y evaluar los daños provocados por los incendios forestales. Publica un informe anual sobre los incendios forestales ocurridos en los Estados miembros meridionales, que sirve igualmente de base para amplios intercambios entre las autoridades nacionales encargadas de la gestión de los incendios forestales.

En relación con las ayudas financieras del Fondo de Solidaridad de la UE, el único criterio de elegibilidad es que los daños deben superar un umbral determinado establecido para cada país en función de su capacidad económica. Grecia debe presentar una solicitud en un plazo de diez semanas a partir del primer daño.

A más largo plazo, la Comisión se comprometió en el Libro blanco sobre adaptación al cambio climático a actualizar los aspectos relacionados con el clima de la estrategia forestal de la UE. Asimismo, el Libro verde de la Comisión sobre sistemas de sobre protección de los bosques y sistemas de información forestal de 1 de marzo de 2010 inició un debate sobre las opciones para un planteamiento de la UE. El Consejo ya ha adoptado sus conclusiones sobre este documento y estamos a la espera de recibir las del Parlamento.

La Comisión desea subrayar que es necesario que todos los Estados miembros expuestos a riesgos de incendios forestales adopten medidas eficaces de prevención y preparación. El riesgo de incendios forestales nunca podrá eliminarse completamente, pero si colaboramos, podremos hacer más para prevenir, prepararnos y responder. La Comisión está dispuesta a prestar apoyo a los Estados miembros a través de todos los instrumentos de que dispone.

 
 

(1)http://effis.jrc.ec.europa.eu/

 

Pregunta nº 49 de David Martin (H-0436/10)
 Asunto: Transparencia y Fondo de Estabilización en Turkmenistán
 

La Comisión tiene intención de reforzar las relaciones económicas con Turkmenistán mediante la firma de un acuerdo de asociación y cooperación. En octubre de 2008, el Presidente de Turkmenistán anunció la creación de un Fondo de Estabilización en el que se ingresarían los ingresos procedentes de la exportaciones de gas y petróleo de este país. No obstante, en los casi dos años transcurridos desde este anuncio no se ha difundido ningún tipo de información sobre la gobernanza del Fondo y, teniendo en cuenta las experiencias recabadas en relación con Turkmenistán a este respecto, es muy probable que no se adopten acuerdos formales de control. Por consiguiente, se corre un riesgo serio de que los pagos que la UE realice en el futuro en el marco de este Fondo se utilicen con fines deshonestos. La Comisión ha señalado que su intención es servirse de la asistencia técnica que brinde a Turkmenistán para promover la buena gobernanza, incluida una mejor gestión y más transparente de los ingresos procedentes de los hidrocarburos. ¿Podría indicar la Comisión si está asistencia abordará el problema relacionado con la gobernanza en relación con el Fondo de Estabilización? En caso afirmativo, ¿de qué forma? ¿Estaría dispuesta la Comisión a no firmar el Acuerdo de Asociación y Cooperación con Turkmenistán a no ser que la comunidad internacional constate una mejora importante en la gestión realizada por Turkmenistán de los ingresos derivados de los hidrocarburos, incluido en el marco del Fondo de Estabilización?

 
  
 

(EN) La Comisión da las gracias a Su Señoría por haber formulado esta pregunta que se refiere a las relaciones de la UE con Turkmenistán y el Fondo de Estabilización en Turkmenistán.

Como bien sabe, la UE ha restablecido paulatinamente las relaciones con Turkmenistán después de que eligiera en 2007 al Presidente Berdymukhammedov. El pasado 1 de agosto de 2010 entró en vigor el acuerdo provisional entre la UE y Turkmenistán en materia de comercio y asuntos comerciales. No obstante, aún está pendiente la ratificación (incluso por parte del Parlamento) del acuerdo de asociación y cooperación, que se firmó en mayo de 1998. Cuando haya finalizado el proceso de ratificación, la UE dispondrá de un marco más sólido para promover sus valores e intereses, incluso en relación con cuestiones delicadas.

Mientras que la ayuda de la UE para el período 2007-2010 ha sido aproximadamente de 30 millones de euros, se prevé que para el periodo 2011-2013 esta cifra ascienda a 39 millones de euros, donde el enfoque principal recaerá en las reformas educativas y legales, en la promoción de los derechos humanos, en el desarrollo de capacidades, en el desarrollo sostenible, en el desarrollo rural y en las reformas socioeconómicas.

La Comisión desea asegurar a Su Señoría que una de las cuestiones que hay que promover a través de la asistencia técnica es la buena gobernanza, incluida una gestión mejorada y transparente de los ingresos procedentes de los hidrocarburos en el país. Sin embargo, la Comisión es consciente de que se trata de un objetivo a largo plazo. Turkmenistán está llevando a cabo un complejo proceso de diversificación económica y apertura política; de hecho, es necesario que el país reúna ciertas condiciones clave para poder cumplir con los requisitos de una gestión totalmente transparente de los ingresos procedentes del sector de hidrocarburos, tales como buenas normas de gobernanza corporativa y pública, así como la existencia de la sociedad civil. En realidad, la cuestión de la transparencia es una cuestión de gobernanza de un interés regional e internacional más amplio y es necesario abordarla como parte del proceso de reforma y modernización. La Comisión espera que —gracias a un diálogo y a una cooperación más intensos entre la UE y Turkmenistán en el futuro— la ayuda de la UE en el ámbito de la buena gobernanza aporte los resultados deseados a fin de ayudar a que Turkmenistán cumpla las normas internacionales. A pesar de que la UE no contribuye al fondo de estabilización, promoverá, mediante la asistencia técnica y el diálogo político, los principios de una gestión mejorada y transparente de los ingresos obtenidos de los hidrocarburos en el país, tal como se ha mencionado anteriormente.

En cuanto a la cooperación de la UE con Turkmenistán en el ámbito de la energía, la Comisión debe aclarar que esta cooperación se encuentra en una etapa muy temprana. La UE firmó un Memorando de acuerdo sobre energía con Turkmenistán en mayo de 2008. Esta cooperación tiene un alcance amplio y abarca desde la promoción de la diversificación de las rutas de suministro de energía, el desarrollo sostenible de los recursos energéticos, el intercambio de políticas, reglamentos y conocimientos técnicos a la implantación y promoción de nuevas fuentes de energía, en particular, de las energías renovables.

Está claro que Turkmenistán puede desempeñar un papel importante para ayudar a la Unión Europea a diversificar su abastecimiento energético, contribuyendo al desarrollo de un corredor energético meridional (incluido el proyecto Nabucco). Al abordar estas cuestiones, la UE debe mantener un equilibrio prudente entre asegurar su interés en el ámbito de la energía y ejercer presión para realizar reformas políticas y democráticas en Turkmenistán.

En conclusión, la Comisión desea asegurar a Su Señoría que su enfoque sobre las relaciones con Turkmenistán es integral y, además, que dicho enfoque pretende establecer una cooperación amplia y a largo plazo que beneficie a dicho país, a Europa y a todos nuestros ciudadanos.

La Comisión tiene conocimiento del incidente que menciona Su Señoría y sigue muy de cerca todos los acontecimientos. El presunto autor principal se ha entregado a la policía y actualmente está siendo investigado por las autoridades judiciales albanesas. La Comisión seguirá muy de cerca que en el caso se proceda de conformidad con los principios de los derechos humanos y del Estado de derecho.

 

Pregunta nº 50 de Takis Hadjigeorgiou (H-0438/10)
 Asunto: Misiones de la Unión Europea
 

Según las autoridades albanesas, un habitante de origen griego residente en Himara, Albania, fue asesinado el 12 de agosto de 2010 en dicha región. Este hecho, así como los indicios de que los autores del crimen tenían una motivación nacionalista, ha suscitado gran preocupación en el seno de la minoría griega.

¿Está siguiendo la Unión Europea el procedimiento judicial en torno a este caso?

¿Se han tomado medidas para aclarar totalmente lo ocurrido?

¿Qué acciones se piensa emprender para que aquellos que presuntamente alimentan el odio nacionalista sean condenados y aislados?

 
  
 

(EN) La Comisión tiene conocimiento del incidente que menciona Su Señoría y sigue muy de cerca todos los acontecimientos. El presunto autor principal se ha entregado a la policía y actualmente está siendo investigado por las autoridades judiciales albanesas. La Comisión seguirá muy de cerca que en el caso se proceda de conformidad con los principios de los derechos humanos y del Estado de derecho.

La Comisión redacta en estos momentos su dictamen sobre la solicitud de adhesión de Albania a la Unión Europea. En este dictamen, que se publicará en noviembre de 2010 como parte del paquete anual de ampliación, se analizarán los preparativos de este país para la adhesión, teniendo en cuenta los «criterios de Copenhague», en los que el respeto de los derechos humanos y, más concretamente, la protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías, reviste una importancia primordial. Todos los países candidatos conocen la importancia que tiene el cumplimiento de estos criterios para avanzar hacia la adhesión.

La consolidación de los derechos humanos y del Estado de derecho es un componente importante del diálogo político en curso con las autoridades albanesas. Asimismo, la UE presta ayuda al desarrollo y asistencia técnica, a través de su Instrumento de ayuda Preadhesión, para fortalecer las instituciones en este ámbito.

 

Pregunta nº 51 de Konrad Szymański (H-0446/10)
 Asunto: Ensayos e investigaciones científicas con animales
 

El Reglamento sobre ensayos e investigaciones científicas con animales no descarta los métodos alternativos de ensayo u investigación en los que se usan células madre de origen embrionario. El hecho provoca serias controversias éticas en muchos Estados miembros de la UE y entre los ciudadanos.

¿Podría explicar la Comisión los motivos de estas decisiones y dar seguridades de que se garantizarán las opciones individuales de los diferentes Estados miembros a este respecto, de conformidad con el principio de subsidiariedad?

 
  
 

(EN) El uso de células madre embrionarias humanas plantea cuestiones éticas y en la UE no existe un consenso sobre si debe permitirse o no el uso de dichas células. Por ello, la Comisión cree preferible regular su uso a nivel nacional y que la legislación UE mantenga una posición imparcial al respecto.

La Directiva 86/609/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros respecto a la protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos(1) fue revisada el 8 de septiembre de 2010(2). El uso de métodos alternativos que no emplean animales, incluida el tema de las células madre embrionarias humanas, fue debatido ampliamente durante las negociaciones que dieron lugar a su aprobación, y se encontró una solución para resolver estas objeciones, la cual se introdujo en la nueva legislación. El nuevo texto revisado se ajusta plenamente al principio de subsidiariedad.

En concreto, la Directiva revisada deja en manos de cada Estado miembro la decisión de permitir su uso a través de su artículo 13, apartado 1, que reza así: «Sin perjuicio de la legislación nacional por la que se prohíban determinados tipos de métodos, los Estados miembros velarán por que no se realice un procedimiento si la legislación de la Unión reconoce otro método u otra estrategia de ensayo para obtener el resultado perseguido que no impliquen la utilización de un animal vivo».

Por otra parte, en este contexto es importante señalar que actualmente la legislación de la Unión no reconoce métodos que utilicen células madres embrionarias humanas. En caso de que se desarrollen y validen tales métodos en el futuro, la decisión de incluirlos en la legislación de la UE corresponderá a los Estados miembros.

 
 

(1)DO L 358 de 18.12.86.
(2)Aprobación en el Pleno por medio de un acuerdo en segunda lectura.

 

Pregunta nº 52 de Georgios Toussas (H-0449/10)
 Asunto: Aumento de las muertes por cáncer en la región de Oinofyta
 

Un estudio epidemiológico realizado por la Universidad de Atenas, según el cual, durante el período 1999-2009, las muertes por cáncer entre los habitantes de Oinofyta aumentaron un 14 % en comparación con los habitantes de la provincia de Beocia, confirma los anteriores estudios y las quejas de los habitantes de la zona. La causa del aumento de los casos de cáncer (25 % de las muertes durante el período de referencia) es la importante presencia de cromo hexavalente en las aguas de Oinofyta, al tiempo que han aumentado los casos de muerte por cáncer de hígado, riñón y vejiga en las mujeres, así como el cáncer de pulmón. Pese a las movilizaciones continuas y masivas de ciudadanos y trabajadores, las autoridades griegas no han tomado ninguna medida importante para obligar a las industrias a poner fin a la contaminación, en particular de las aguas y el lecho del río Asopos, reparar los daños ocasionados al medio ambiente y sanear las aguas de la región.

¿Tiene la Comisión la intención de fijar límites más estrictos en lo que se refiere a la presencia de cromo hexavalente en el agua potable? ¿Sigue insistiendo en que la peligrosidad del cromo hexavalente es igual a la del cromo trivalente, cuando está comprobado científicamente que los compuestos del cromo hexavalente se encuentran entre las sustancias más peligrosas que provocan daños triples ya que son mutágenos, cancerígenos y teratógenos?

 
  
 

(EN) La pregunta de Su Señoría se refiere a la contaminación industrial provocada por la sustancia cromo hexavalente en el municipio de Oinofyta (Prefectura de Boeotia, Grecia), que afecta al río Asopos y la calidad del agua potable del municipio. La Comisión puede ofrecer la siguiente información:

Los elementos aplicables de la legislación de la UE en materia medioambiental son:

la Directiva relativa a los residuos peligrosos(1), en la que se establecen las obligaciones para una correcta planificación y gestión de los residuos peligrosos; la Directiva marco sobre el agua(2), en la que se establece el objetivo medioambiental de lograr un «buen estado» en todas las masas de agua (ríos, lagos, aguas subterráneas y aguas costeras) en 2015, y la obligación de elaborar, a más tardar el 22 de diciembre de 2009, los planes y programas necesarios para alcanzar dicho objetivo medioambiental; y la Directiva relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano(3), en la que se establecen las normas de calidad para el agua potable.

En cuanto a la gestión de los residuos peligrosos, la Comisión inició un procedimiento contra Grecia ante el Tribunal Europeo de Justicia por la incorrecta transposición de la legislación en materia de residuos(4). En su sentencia de 10 de octubre de 2009, el Tribunal dictaminó que Grecia había incumplido las obligaciones que le impone la Directiva 91/689/CEE, en conjunción con las Directivas 2006/12/CE(5) y 1999/31/CE(6). La Comisión examina actualmente la aplicación de dicha sentencia. Según los resultados del último seguimiento, el cromo presente en el agua potable del municipio de Oinofyta; ya no supera los valores límite; se han cerrado dos pozos de abstracción que presentaban valores superiores a los valores límite y se ha celebrado un contrato con la compañía de agua de Ática, que ahora se encarga del suministro de agua del municipio.

En relación con la Directiva marco sobre el agua, Grecia no ha elaborado hasta ahora los planes y programas para alcanzar un buen estado en todas las aguas, ni los había notificado a la Comisión al 22 de marzo de 2010. Por consiguiente, la Comisión ha iniciado un procedimiento de infracción contra Grecia.

La Directiva relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano;

define las normas de calidad obligatorias que debe cumplir el agua en el grifo del consumidor;

establece la obligación de controlar periódicamente el agua potable, y

establece la obligación de facilitar a los consumidores información adecuada y actualizada sobre la calida de su agua potable.

Se establecen valores a nivel europeo para una serie de parámetros (artículos 4 y 5, Anexo I)(7). Al mismo tiempo, en su artículo 5, apartado 3, la Directiva impone a los Estados miembros la obligación de establecer valores para parámetros no incluidos en el Anexo I (por ejemplo, cromo hexavalente) cuando así lo exija la protección de la salud humana en su territorio nacional o parte de este.

En su notificación sobre los sistemas de suministro de agua para más de cinco mil personas correspondiente al período 2005-2007, las autoridades griegas no indican un incumplimiento de la norma de calidad relativa al cromo (50 µg/l) en la prefectura de Boeotia ni en ninguna otra prefectura griega. No es necesario presentar informes a la Comisión sobre sistemas de suministro para menos de cinco mil personas; no obstante, la información de los consumidores es una obligación vinculante también para estos sistemas.

En cuanto a la posible modificación de los parámetros y valores, la Comisión estudia actualmente una revisión de la Directiva relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano y basará su evaluación en los avances científicos más recientes, en particular las conclusiones de la Organización Mundial de la Salud(8).

 
 

(1)Directiva 91/689/CEE, DO L377 de 31.12.1991.
(2)Directiva 2000/60/CE, DO L 327 de 22.12.2000.
(3)Directiva 98/83/CE, DO L 330 de 5.12.1998.
(4)Asunto C-286/08.
(5)Directiva 2006/12/CE relativa a los residuos, DO L 114 de 27.4.2006.
(6)Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos, DO L 182 de 16.7.1999.
(7)Un total de 48 parámetros, incluido uno para el cromo de 50 µg/l e todas sus formas (cromo trivalente, cromo hexavalente).
(8)Organización Mundial de la Salud, Ginebra 2008: http://www.who.int/water_sanitation_health/dwq/gdwq3rev/es/index.html

 

Pregunta n° 53, por Ryszard Czarnecki (H-0451/10)
 Asunto: Instituciones religiosas en Europa y actividades terroristas
 

En Europa existen grupos que amparados en el paraguas religioso abusan de las instituciones religiosas, recaudan fondos para actividades terroristas e incitan a apoyar programas polémicos, como por ejemplo Khalistani International, a cargo del Punjabi Pakistani Army.

¿No cree la Comisión que convendría seguir más de cerca a las instituciones religiosas y asimiladas que actúan en Europa, a fin de impedir la financiación de proyectos contrarios a la normativa europea en materia de derechos humanos?

 
  
 

La Comisión es consciente del peligro que se utilicen organizaciones no lucrativas o de beneficencia para financiar el terrorismo. Como lo anunció en el Plan de acción por el que se aplica el programa de Estocolmo(1), la Comisión prevé presentar durante 201 una Comunicación sobre las directrices de financiación de las actividades antiterroristas facultativas para las organizaciones sin ánimo de lucro establecidas en la UE. Esta Comunicación ayudará a los Estados miembros a cumplir las normativas internacionales en esta materia, como la Recomendación Especial VIII del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el blanqueo de capitales (GAFI), que pide a los Estados miembros que revisen la adecuación de sus disposiciones legales y reglamentarias relativas a las entidades que pueden ser objeto de abusos para financiar el terrorismo. Al igual que el GAFI, a la Comisión le preocupa en particular que las organizaciones sin fines de lucro puedan ser vulnerables al abuso en este contexto.

La Comisión ha entablado un estrecho diálogo con el sector no lucrativo para deliberar sobre directrices para evitar que los financiadores del terrorismo abusen de este sector. Se prevé que la Comunicación antes mencionadas recoja una serie de directrices en su anexo.

 
 

(1)COM(2010) 171 final.

 
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