8.4. Modificación del Reglamento (CE) n° 539/2001 por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (A7-0294/2010, Agustín Díaz de Mera García Consuegra)
Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Ponente. – (ES) Señor Presidente, quiero hacer un anuncio a la Cámara.
El Gobierno de Taiwán ha comunicado al Consejo, a través de las representaciones permanentes, al Parlamento y a la Comisión que, desde hoy, desde el día 11 de noviembre, procede a la exención de visado para Chipre, para Bulgaria y para Rumanía. En consecuencia, los 27 países de la Unión Europea pueden acceder sin necesidad de visado al territorio de Taiwán.
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Cuando, dentro de un momento, se pronuncie la Cámara, señor Presidente, aprovecharé la ocasión para felicitar a todos los grupos políticos por el apoyo que han prestado a este expediente, al pueblo de Taiwán y a las autoridades de Taiwán, así como a su potentísima diplomacia.