Respuesta del Sr. Verheugen En nombre de la Comisión
14.11.2003
La Comisión no está capacitada para realizar una valoración de los casos individuales pendientes ante los tribunales nacionales. Dichos casos son competencia exclusiva del poder judicial, y la Comisión no puede ni debe interferir en su tratamiento. En un Estado que haya ratificado el Convenio Europeo sobre Derechos Humanos, una persona que considere lesionados sus derechos, por ejemplo, en relación con artículo 6 relativo al derecho a un juicio justo, tiene derecho a elevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos una vez agotadas todas las vías legales de recurso nacionales.
Recientemente, la Comisión ha solicitado información al Ministerio de Justicia de Rumanía en relación con el caso al que alude Su Señoría. Según la información facilitada, Maurizio Trotta fue detenido y puesto en detención preventiva el 2 de agosto de 2002. Fue inculpado oficialmente por la Fiscalía del Tribunal de Dolj el 26 de agosto de 2002 y procesado por delitos de introducción en el país, tráfico y posesión ilícita de estupefacientes. El 9 de julio de 2003, fue absuelto por el Tribunal de los dos primeros cargos, pero declarado culpable de posesión ilícita de drogas y condenado a dos años de cárcel. Tras el recurso del fiscal, la sentencia del Sr. Trotta fue ampliada a cinco años por el Tribunal de Craiova el 25 de septiembre de 2003 por introducción en el país, tráfico y posesión ilícita de drogas.
En virtud de la legislación rumana pertinente en el ámbito de los delitos relacionados con la droga y, en particular, de la Ley 143 sobre la lucha contra el tráfico y la posesión ilícita de estupefacientes, aprobada el 26 de julio de 2000 y modificada por las Leyes 169/2002 y 39/2003, las plantas de cannabis (Cannabis sativa), la hierba de cannabis (marihuana), la resina de cannabis (hachís) y el aceite de cannabis están clasificados con arreglo al cuadro 3 como drogas de "riesgo". El apartado 1 del artículo 3 fija penas de 10 a 20 años de cárcel por el delito de introducción de drogas de "riesgo" en Rumanía , el apartado 1 del artículo 2 establece penas de 3 a 15 años por tráfico de drogas de riesgo, mientras que el artículo 5 fija entre 2 y 5 años las penas por posesión ilícita de cualquier tipo de estupefacientes.