Violación del Estado de Derecho en Siria y detención del Sr. Aktham Naisse
27.4.2004
PREGUNTA ESCRITA E-1419/04
de Gianfranco Dell'Alba (NI), Olivier Dupuis (NI), Marco Cappato (NI), Benedetto Della Vedova (NI), Marco Pannella (NI), Emma Bonino (NI) y Maurizio Turco (NI)
a la Comisión
El 13 de abril, el Sr. Aktham Naisse, abogado, Presidente de los Comités de Defensa de las Libertades Democráticas y de los Derechos Humanos en Siria (CDF), fue objeto de una detención arbitraria por parte de los servicios de seguridad militares sirios por haber realizado actividades no violentas en favor de los derechos humanos.
El carácter secreto de la detención del Sr. Naisse constituye una violación de las normas del Derecho internacional humanitario garantizadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja.
Esta nueva detención se produce en el momento en que los CDF publican su informe anual denunciando las flagrantes violaciones de los derechos humanos cometidas en Siria.
Habida cuenta de lo anterior, ¿tiene intención la Comisión de:
– ejercer presión sobre el Gobierno sirio, en particular sobre el Sr. Ali Hammud, Ministro del Interior, a fin de que proceda a la inmediata liberación del Sr. Aktham Naisse y de que ponga fin al acoso de que son víctimas los defensores de los derechos humanos en Siria,
– procurar que las autoridades sirias respeten las disposiciones de la Declaración internacional sobre la protección de los defensores de los derechos humanos, adoptada el 9 de diciembre de 1998 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en particular su artículo 1, así como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
– promover acciones a fin de restablecer en Siria el Estado de Derecho, que es constantemente violado por el estado de emergencia instaurado por la Ley de 8 de marzo de 1962, en vigor, por lo tanto, desde hace 41 años en Siria?