Pregunta parlamentaria - E-003231/2012(ASW)Pregunta parlamentaria
E-003231/2012(ASW)

Respuesta de la Alta Representante y Vicepresidenta Ashton en nombre de la Comisión

La UE redacta informes anuales sobre las exportaciones de armas, que se publican en el Diario Oficial de la UE. El último hecho público, el decimotercero, se refiere a las exportaciones de los Estados miembros en 2010. Los datos relativos a 2011 aún no están disponibles; serán recopilados a lo largo de los próximos meses y se publicarán en el decimocuarto informe, a finales de 2012.

En virtud de la Posición Común 2008/944/PESC sobre el control de la exportación de equipo militar, las decisiones sobre la conveniencia de autorizar o denegar las exportaciones de armas siguen siendo una responsabilidad exclusivamente nacional de los Estados miembros. Las licencias de exportación de armas analizadas por los Estados miembros de la UE han de evaluarse en relación con ocho criterios establecidos en la Posición Común, y los Estados miembros deben tener en cuenta, en su caso, las denegaciones adoptadas por otros Estados miembros para transacciones similares.

Las cuestiones planteadas por la aplicación de la Posición Común se debaten en reuniones regulares del Grupo de Trabajo del Consejo sobre Exportación de Armas Convencionales (COARM), en donde los Estados miembros intercambian opiniones e información sobre los destinos específicos, con vistas a dotar de mayor coherencia a su política de exportación de armas a los destinos en cuestión. Los destinos en Oriente Medio y el norte de África han sido debatidos periódicamente en el COARM desde el comienzo de la «Primavera Árabe».

DO C 124 E de 30/04/2013