Pregunta parlamentaria - E-005726/2012(ASW)Pregunta parlamentaria
E-005726/2012(ASW)

Respuesta de la Alta Representante/Vicepresidenta Ashton en nombre de la Comisión

La UE está siguiendo muy de cerca el juicio a Victoire Ingabire. Se trata del primer caso de estas características, en el que una ciudadana ruandesa, que goza del estatus de refugiado en los Países Bajos, volvió a Ruanda con pasaporte ruandés. El juicio ha sido seguido por las embajadas de varios Estados miembros de la UE y diversas organizaciones de derechos humanos y ONG.

En los Países Bajos la Sra. Ingabire intervino activamente en política. Al llegar a Ruanda pronunció un discurso ante el monumento conmemorativo del genocidio, en Kigali, en el que realizó unas declaraciones destinadas a llamar la atención sobre las dificultades que afligen a la población hutu, mayoritaria en Ruanda. Como se trataba de declaraciones polémicas y puesto que la legislación ruandesa prohíbe hacer referencia explícita al origen étnico, el discurso fue calificado como «divisionista» y se consideró que fomentaba una «ideología genocida».

La Sra. Ingabire fue arrestada en abril de 2010, y se le concedió la libertad bajo fianza al día siguiente con la condición de que no abandonara Kigali. Fue arrestada de nuevo en octubre de 2010, al añadirse al auto de procesamiento acusaciones más graves de apoyo al terrorismo.

El juicio, que comenzó en septiembre de 2011, está siendo muy lento, a pesar de lo cual la defensa ha podido presentar sus alegaciones. Las autoridades ruandesas han hecho cuanto estaba en su mano para garantizar que las condiciones de detención de la Sra. Ingabire cumplan las normas internacionales.

La naturaleza híbrida de la legislación ruandesa (basada en el Derecho Civil, pero cada vez más influida por el Derecho Consuetudinario) ha provocado un cierto grado de inseguridad jurídica, que debería aclararse cuando se pronuncie el veredicto, previsto para el 7 de septiembre de 2012, tras lo cual podrá finalizarse el análisis del asunto.

Asimismo la acusada dispondrá del derecho de recurso. Le garantizo que la UE continuará siguiendo este asunto y tomará las medidas necesarias una vez finalizado el juicio.

DO C 256 E de 05/09/2013