Pregunta parlamentaria - E-005809/2014Pregunta parlamentaria
E-005809/2014

Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-005809-14
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Sergio Gutiérrez Prieto (S&D) , Javi López (S&D)

Una de las principales medidas del texto consiste en conceder a las empresas una bonificación mensual de 300 euros durante medio año por cada joven contratado de manera indefinida que suponga un incremento de la plantilla. Sin embargo, el empresario sólo tiene la obligación de mantener contratado al joven durante tres meses, tras los cuales, tras las últimas reformas del mercado laboral, podrá despedirlo sin necesidad de justificación ni indemnización alguna. Por otro lado, se aumentan las bonificaciones para los contratos de prácticas, sin que el empresario adquiera la obligación de contratar al joven tras el fin de su periodo de prácticas.

¿Qué opinión le merece a la Comisión este Sistema Nacional de Garantía Juvenil?

¿No considera la Comisión que estas medidas sólo servirán para reducir los costes laborales de las empresas y aumentar la precariedad laboral de los jóvenes, en lugar de para formarlos adecuadamente o concederles un empleo decente y duradero?