Acceso a la información sobre la privación de libertad de los nacionales de terceros países
25.11.2014
Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-009662-14
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Marie-Christine Vergiat (GUE/NGL) , Cornelia Ernst (GUE/NGL) , Barbara Spinelli (GUE/NGL) , Malin Björk (GUE/NGL) , Marina Albiol Guzmán (GUE/NGL) , Kostas Chrysogonos (GUE/NGL) , Ulrike Lunacek (Verts/ALE) , Josep-Maria Terricabras (Verts/ALE) , Sylvie Guillaume (S&D) , Pina Picierno (S&D) , Juan Fernando López Aguilar (S&D) , Elly Schlein (S&D) , Cecilia Wikström (ALDE) , Tanja Fajon (S&D) , Nathalie Griesbeck (ALDE) , Kashetu Kyenge (S&D) , Jean Lambert (Verts/ALE) , Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy (S&D)
En su respuesta de 13 de mayo de 2013 a la pregunta escrita E-002523/2013, de 5 de marzo de 2013, sobre el acceso de las organizaciones no gubernamentales (ONG) y de los medios de comunicación a los centros de retención y derecho a la información, la Comisión se remite a su reciente informe sobre la aplicación del Reglamento (CE) n° 862/2007.
En dicho Reglamento no se ofrecen datos sobre el funcionamiento de los sistemas e instalaciones de internamiento; no obstante, la Comisión indicó en la conclusión del informe (COM(2012)0528) que podían tenerse en cuenta determinadas modificaciones, en particular con el fin de añadir nuevas categorías de datos.
En su Comunicación sobre la política de retorno de la UE (COM(2014)0199), la Comisión describió las dificultades en la recopilación de información sobre la detención de los migrantes, incluida sobre parámetros básicos como la duración media de las detenciones y los motivos de detención.
1. ¿Tiene intención la Comisión de modificar el Reglamento (CE) n° 862/2007 con objeto de que cubra los datos estadísticos sobre el funcionamiento de los sistemas e instalaciones de internamiento?
2. ¿Ha adoptado medidas la Comisión —consultivas o de otro tipo— para mejorar la transparencia del funcionamiento de los sistemas e instalaciones de internamiento, lo que mejora la precisión y la fiabilidad de la evaluación de la aplicación de la legislación de la UE en este ámbito?