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Pregunta parlamentaria - E-009748/2014(ASW)Pregunta parlamentaria
E-009748/2014(ASW)

Respuesta del Sr. Andriukaitis en nombre de la Comisión

El matar a perros en el contexto mencionado por Su Señoría no está sujeto a ninguna normativa de la UE sobre bienestar animal. El artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea exige que, al formular y aplicar algunas de las políticas de la UE[1], la Unión y los Estados miembros presten especial atención a los requisitos sobre bienestar de los animales. No hay pruebas de que el sacrificio de este perro esté incluido en el ámbito de aplicación de ninguna de dichas políticas.

Cuando los perros se utilizan con fines científicos, su matanza debe realizarse de conformidad con las normas pertinentes de la UE[2]. No obstante, este caso no entra en el ámbito de aplicación de tal legislación.

Por consiguiente, dado que el asunto compete al Estado miembro, la Comisión no prevé adoptar ninguna de las medidas a las que hace referencia su Señoría en las preguntas 1 y 2.