• ES - español
  • EN - English
Pregunta parlamentaria - E-006958/2015Pregunta parlamentaria
E-006958/2015

Sentencia del Tribunal de Justicia sobre la donación de sangre por homosexuales

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-006958-15
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Josu Juaristi Abaunz (GUE/NGL)

En respuesta al Tribunal Administrativo de Estrasburgo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaba el 29 de abril una sentencia relativa al asunto planteado por Geoffrey Léger en la que concluía que prohibir la donación de sangre por parte de hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres puede resultar justificado. El TJUE dejaba en manos de la justicia francesa la decisión de si las leyes de ese Estado son proporcionales al riesgo y si los conocimientos científicos disponibles bastan para justificar tal medida, avalando así que la exclusión permanente de un colectivo en función de su orientación sexual pueda ser legal en un Estado miembro.

Teniendo en cuenta el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual»),

1. ¿Qué opina la Comisión de esta sentencia?

2. ¿Cómo garantizará que no haya discriminación por razón de orientación sexual en la EU?

3. ¿Qué opina del hecho de que aún haya Estados miembros que prohíban donar sangre a los homosexuales?