Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la prohibición de que los homosexuales donen sangre
30.4.2015
Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-007026-15
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Iratxe García Pérez (S&D) , Soledad Cabezón Ruiz (S&D) , Eider Gardiazabal Rubial (S&D) , Sergio Gutiérrez Prieto (S&D) , Jonás Fernández (S&D) , Javi López (S&D) , José Blanco López (S&D) , Inés Ayala Sender (S&D) , Enrique Guerrero Salom (S&D) , Ramón Jáuregui Atondo (S&D) , Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández (S&D) , Elena Valenciano (S&D)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido una sentencia que avala que un Estado miembro pueda establecer una prohibición permanente a la donación de sangre a potenciales donantes por el simple hecho de haber mantenido relaciones sexuales con personas del mismo sexo. La Unión Europea y sus instituciones deben garantizar que las exclusiones en la donación de sangre se basan en las prácticas de riesgo y no en la orientación sexual de las personas. Esta sentencia podría ser utilizada, por parte de algunos Estados miembros, como justificación para llevar a cabo regulaciones discriminatorias y homófobas. Dada la gravedad de la situación:
- — ¿Considera la Comisión que nos encontramos ante una sentencia que abre la puerta a la discriminación por razones de orientación sexual por parte de los Estados miembros?
- — ¿Piensa adoptar algún tipo de medida para fomentar en los Estados miembros la utilización de técnicas eficaces que garanticen un alto nivel de protección de la salud de los receptores?
- — ¿Piensa la Comisión realizar algún tipo de recomendación sobre la interpretación y aplicación de esta sentencia por parte los servicios de salud de los Estados miembros?