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Pregunta parlamentaria - E-008148/2015Pregunta parlamentaria
E-008148/2015

Pagos fraudulentos en España a personas que no son agricultores

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-008148-15
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Estefanía Torres Martínez (GUE/NGL) , Pablo Iglesias (GUE/NGL)

Según la denuncia ante la Comisión Europea registrada con el número CHAP(2015)00540, en España se vienen abonando las ayudas del régimen de pago único a personas físicas y jurídicas que han arrendado sus tierras a agricultores, pero dichas personas físicas y jurídicas han conservado los derechos de pago único y solicitado, por las tierras que tienen arrendadas a agricultores, el pago de las ayudas.

La asignación inicial de derechos del régimen de pago básico a personas que, al no cumplir con lo establecido en el artículo 33, apartado 1, del Reglamento (CE) n° 73/2009 del Consejo por no tener la condición de agricultor, han venido percibiendo las ayudas de forma contraria a lo establecido en dicho Reglamento tiene especial relevancia este año 2015 si tenemos en cuenta que será de aplicación lo establecido en el artículo 26 del Reglamento (UE) n° 1307/2013.

¿Piensa la Comisión hacer uso de las funciones que tiene atribuidas en el artículo 17, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea para recuperar los pagos de ayudas directas a personas que no eran agricultores y rectificar la difusión de cómo crear artificialmente condiciones para obtener ventajas en el pago básico por parte del Gobierno español?