Profesiones tituladas
27.2.2018
Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-001205-18
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Sergio Gutiérrez Prieto (S&D)
La titulación de Ingeniero de Organización Industrial era una especialidad de la carrera de Ingeniero Industrial. Posteriormente, se consolidó como una titulación propia.
En este sentido, en los mecanismos de reconocimiento de cualificaciones profesionales se está considerando el criterio de profesión titulada o regulada.
En España, a la titulación del ámbito de la ingeniería en la industria que coincide en competencias con el ingeniero industrial en Europa —el Ingeniero de Organización Industrial— no se le reconoce su cualificación profesional al no tener acceso a la profesión regulada. Por ello, en España no se dan las condiciones internas necesarias para que las medidas transfronterizas puedan tener su repercusión y alcancen a todos los ciudadanos de la Unión Europea.
1) ¿De qué manera está trabajando la Comisión para evitar esta discriminación por el Estado de origen?
2) ¿Qué medidas está tomando para que los ingenieros de organización industrial puedan ejercer plenamente su profesión en igualdad de oportunidades que el resto de ingenieros en España y en la Unión Europea?