Pregunta parlamentaria - E-000772/2023(ASW)Pregunta parlamentaria
E-000772/2023(ASW)

Respuesta del Sr. Reynders en nombre de la Comisión Europea

La Comisión está al corriente del asunto del Sr. Pablo González.

Las cuestiones relacionadas con la reclusión son principalmente competencia de los Estados miembros. El 8 de diciembre de 2022, la Comisión adoptó una Recomendación sobre la reclusión[1], que incluye normas sobre el contacto con los abogados y con el exterior, así como sobre el uso de medidas especiales, como el confinamiento en régimen de aislamiento. Aunque la Recomendación no es jurídicamente vinculante para los Estados miembros, servirá de referencia para mejorar la observancia de los derechos fundamentales en los centros de reclusión de toda la UE. La Comisión supervisará y evaluará las medidas adoptadas por los Estados miembros para aplicar esa Recomendación[2]. En el caso de los sospechosos y acusados en los procesos penales, las normas jurídicamente vinculantes sobre el acceso a un abogado y la comunicación con terceros durante la privación de libertad, sobre el derecho a la información, incluido el acceso a la documentación del asunto, así como sobre el derecho a interpretación y traducción, están consagradas en las Directivas 2013/48/UE[3], 2012/13/UE[4] y 2010/64/UE[5], respectivamente.

Además, la Decisión Marco 2009/829/JAI del Consejo[6] permite que un sospechoso sea objeto de una medida de vigilancia en su país de origen hasta que el juicio tenga lugar en otro país, en lugar de ser sometido a prisión preventiva en un país extranjero.

A ello se añade que la Comisión estará muy atenta a la evolución de la situación en lo relativo a la protección de los periodistas en Polonia y en los demás Estados miembros en el contexto del informe anual sobre el Estado de Derecho[7], cuya próxima edición[8] está prevista para julio de 2023.

Última actualización: 13 de julio de 2023
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