Mujeres perseguidas sin asilo ni refugio
14.12.2000
PREGUNTA ORAL H-0974/00
para el turno de preguntas del período parcial de sesiones de enero de 2001
de conformidad con el artículo 43 del Reglamento
de María Izquierdo Rojo
al Consejo
En algunos países las mujeres sufren crueles persecuciones y castigos, violaciones de los derechos humanos básicos que pueden llegar a pagar con mutilaciones y hasta con su vida. Con frecuencia ello se debe a la aplicación de leyes fundamentalistas o a la ejecución de prácticas y tradiciones ancestrales. La Unión Europea dice que tiene voluntad de defender a las mujeres ante tan insoportables persecuciones y castigos, pero no obstante aún no ha sabido traducir sus declaraciones en medidas políticas y decisiones que ofrezcan una salida a la esperanza.
¿Sería, consecuentemente, el Consejo favorable a la adopción de medidas para que estas situaciones que padecen las mujeres puedan llegar a ser acreedoras de la concesión de asilo y refugio, en términos políticos, dentro de la Unión Europea?
Presentación: 14.12.2000
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