Pregunta parlamentaria - O-0080/2010Pregunta parlamentaria
O-0080/2010

Calidad de los datos estadísticos en la Unión Europea y competencias de auditoría reforzadas por parte de la Comisión (Eurostat)

Pregunta con solicitud de respuesta oral O-0080/2010
a la Comisión
Artículo 115 del Reglamento
Othmar Karas, Sharon Bowles
en nombre de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios

Procedimiento : 2010/2728(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
O-0080/2010
Textos presentados :
O-0080/2010 (B7-0314/2010)
Votaciones :
Textos aprobados :

El 27 de abril de 2010, la Comisión aprobó una propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 479/2009[1] en lo tocante a la calidad de los datos estadísticos en el contexto del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo (COM(2010)0053); el Consejo adoptó un enfoque general sobre esta propuesta el 8 de junio de 2010; y el Parlamento está en vías de emitir su dictamen.

1. ¿Cómo pretende la Comisión reforzar el control y la evaluación de la calidad de los datos facilitados por las autoridades nacionales tomando en consideración las nuevas competencias contempladas en el Reglamento? ¿Está satisfecha la Comisión con el enfoque general adoptado por el Consejo en comparación con la decisión del Consejo de 2005 de no poner a disposición de la Comisión (Eurostat) las herramientas necesarias?

2. ¿Cómo se propone la Comisión reforzar la calidad de las estadísticas europeas a medio y largo plazo teniendo en cuenta que cualquier mejora de la gobernanza económica es posible únicamente si la vigilancia económica se basa en estadísticas exactas y en un método de contabilidad normalizado y aceptado a nivel internacional?

3. ¿Ha llevado a cabo la Comisión algún análisis en profundidad que demuestre que los Estados miembros han respetado todas las disposiciones del Tratado y del Derecho derivado correspondiente y que ninguno ha presentado falsificaciones o estadísticas y datos falsos de forma deliberada o por negligencia?

4. ¿Considera la Comisión que es necesario reforzar el papel de Eurostat para así crear una institución o autoridad totalmente independiente?

5. ¿Está la Comisión de acuerdo con otorgar amplios poderes a Eurostat para realizar inspecciones in situ sin notificación previa y para concertar entrevistas con aquellas organizaciones que considere relevantes para su trabajo?

6. ¿Por qué propuso la Comisión hacer uso de un procedimiento legislativo especial, es decir, del artículo 126, apartado 14, del Tratado, como el fundamento jurídico de su propuesta, aun cuando el artículo 338, apartado 2, del Tratado proporciona un fundamento jurídico específico en cuanto a la calidad de las estadísticas en la UE y aunque la presente propuesta no esté relacionada con el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo como tal?

Presentación: 4.6.2010

Transmisión: 8.6.2010

Plazo límite: 15.6.2010