Pregunta parlamentaria - O-000261/2011Pregunta parlamentaria
O-000261/2011

Carácter abierto y neutral de Internet en Europa

Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000261/2011
a la Comisión
Artículo 115 del Reglamento
Malcolm Harbour, Andreas Schwab, Evelyne Gebhardt, Jürgen Creutzmann, Heide Rühle, Adam Bielan, Cornelis de Jong
en nombre de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor

Procedimiento : 2011/2866(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
O-000261/2011
Textos presentados :
O-000261/2011 (B7-0653/2011)
Votaciones :
Textos aprobados :

El pasado 19 de abril la Comisión adoptó una comunicación sobre la neutralidad de Internet (COM(2011)0222). Como se desprende claramente de esta comunicación, existen numerosos aspectos vinculados a la protección del consumidor, como por ejemplo la transparencia y la calidad del servicio, así como el derecho a cambiar de operador. Conviene recordar la necesidad de mantener el carácter abierto de Internet al tiempo que se garantiza su capacidad de seguir prestando servicios de alta calidad en un marco que promueva y respete derechos fundamentales como los derechos de propiedad intelectual, la libertad de expresión y la libertad empresarial.

¿Tiene la Comisión intención de publicar más orientaciones en relación con el derecho a cambiar de operador a fin de permitir a los consumidores elegir el proveedor que mejor sirva a sus intereses y preferencias? En caso afirmativo, ¿estas orientaciones abordarán también la necesidad de facilitar una información clara y con sentido que permita a los consumidores tomar decisiones informadas, especialmente las relativas a la velocidad de suministro real, a la calidad del servicio y a la gestión del tráfico (concepto en el que entrarían, por ejemplo, las prácticas de bloqueo y otras prácticas comerciales con efectos equivalentes, en particular sobre el Internet móvil)?

¿Considera la Comisión que las ANR deberían valerse de lo dispuesto en el artículo 22, apartado 3 de la Directiva sobre servicio universal y estipular requisitos mínimos de calidad de servicio siempre que haya riesgo de una degradación de éste que comporte una perturbación o ralentización del tráfico en las redes? Y en este sentido, ¿está la Comisión vigilando si «las condiciones que limitan el acceso o la utilización de los servicios y aplicaciones» son aplicadas, «de conformidad con el Derecho comunitario», por los Estados miembros, tal y como exige el marco jurídico en materia de telecomunicaciones?

Presentación: 14.10.2011

Transmisión: 18.10.2011

Plazo límite: 25.10.2011