Pregunta parlamentaria - O-000052/2012Pregunta parlamentaria
O-000052/2012

  Pasaportes biométricos

Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000052/2012
a la Comisión
Artículo 115 del Reglamento
Carlos Coelho, Simon Busuttil
en nombre del Grupo PPE
Ioan Enciu, Henri Weber
en nombre del Grupo S&D
Cornelia Ernst
en nombre del Grupo GUE/NGL
Franziska Keller, Tatjana Ždanoka
en nombre del Grupo Verts/ALE

El Reglamento (CE) n° 2252/2004 del Consejo sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros se aprobó en 2004 para conseguir documentos de viaje más seguros y establecer un vínculo fiable entre el pasaporte y su titular real, garantizando así una mayor protección contra el uso fraudulento.

Sin embargo, la seguridad del pasaporte no se limita solo al propio documento: todo el proceso, desde la presentación de los documentos necesarios para la emisión del pasaporte, pasando por la recopilación de los datos biométricos hasta el control y la «correspondencia» de dichos datos en los puestos de control fronterizos, es importante. Es inútil reforzar el nivel de seguridad del pasaporte si se siguen permitiendo «puntos débiles» en otras partes de la cadena.

Durante la revisión de 2008, el Parlamento Europeo llamó la atención sobre la falta de suficiente experiencia en el uso de las nuevas tecnologías y la persistencia de demasiados problemas en relación con los siguientes aspectos:

     la fiabilidad y la utilidad de las impresiones dactilares de los niños y las personas de edad avanzada,

     el grado de confianza en el proceso de recogida de los datos biométricos,

     los posibles fallos en los sistemas de identificación y de los índices de error en los diversos Estados miembros,

     las disparidades en cuanto a los documentos que deben presentarse y la forma en que estos se emiten (los llamados «documentos de filiación»).

Así pues, se introdujo una cláusula de revisión de tres años para permitir que se realizaran los estudios necesarios (solicitados por el Parlamento Europeo sobre cada uno de los citados aspectos).

¿Puede confirmar la Comisión si se dispone ya de los resultados de los estudios solicitados? ¿Considera la Comisión la posibilidad de volver a examinar las normas pertinentes, dados los problemas que parecen existir en varios Estados miembros? (Por ejemplo, las afirmaciones que indican que, de los 6,5 millones de pasaportes biométricos que circulan en Francia, entre 500 000 y 1 000 000 serían falsos, ya que se habrían obtenido sobre la base de documentos fraudulentos, o una prueba llevada a cabo por el Ayuntamiento de Roermond (Países Bajos) que revelaba que en el 21 % de 448 casos las huellas dactilares tomadas no eran verificables, por lo que carecían de utilidad).

Presentación: 6.3.2012

Transmisión: 8.3.2012

Plazo límite: 15.3.2012