Pregunta parlamentaria - O-000075/2014Pregunta parlamentaria
O-000075/2014

El marco estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo 2014-2020

Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000075/2014
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Marita Ulvskog, en nombre de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales

Procedimiento : 2014/2861(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
O-000075/2014
Textos presentados :
O-000075/2014 (B8-0034/2014)
Votaciones :
Textos aprobados :

1. A la luz de la Comunicación de la Comisión relativa a un marco estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo 2014-2020, con especial referencia a la Resolución del Parlamento, de 15 de diciembre de 2011, sobre la revisión intermedia de la estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo 2007-2012, ¿está de acuerdo la Comisión con las siguientes medidas propuestas:

– fijar objetivos cuantificables, con calendarios fijos y el requisito de una evaluación periódica;

– reforzar el cumplimiento y la aplicación de la legislación vigente y presentar futuras propuestas para evaluaciones de impacto rigurosas;

– facilitar la aplicación de las políticas de salud y seguridad en el trabajo a través de una normativa clara y directa, y guías de fácil utilización para ayudar a las pymes, en particular a las microempresas, a cumplir la legislación en materia de salud y seguridad evitando toda carga administrativa innecesaria y manteniendo al mismo tiempo el mismo nivel elevado de protección de la salud y la seguridad de todos los trabajadores;

– garantizar la eficacia de sus políticas de prevención de los riesgos (por ejemplo, en el ámbito de las nuevas tecnologías), con la participación de los interlocutores sociales;

– elaborar un enfoque específico para los trabajadores con empleos atípicos;

– elaborar a escala de la UE estadísticas desglosadas por sexo y edad sobre las enfermedades relacionadas con el trabajo;

– desarrollar un programa europeo de vigilancia de los riesgos laborales, en particular, los trastornos musculoesqueléticos y psicosociales, y la exposición a agentes cancerígenos y otras sustancias peligrosas, sirviéndose para ello como base de indicadores sanitarios, definiciones e instrumentos epidemiológicos;

– proporcionar una definición clara de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, incluyendo el estrés relacionado con el trabajo, y establecer indicadores específicos que permitan realizar un seguimiento y una evaluación apropiados; así como

– tener en cuenta la seguridad vial en el ámbito laboral, especialmente en lo que se refiere a los accidentes in itinere, y recoger más datos sobre accidentes al ir o volver del trabajo?

2. ¿Por qué la Comisión no prevé una acción legislativa específica en el marco estratégico en materia de salud y seguridad, como se había previsto anteriormente, por ejemplo, en el ámbito del estrés en el trabajo?