Eliminación de la violencia contra la mujer en la UE
15.10.2015
Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000126/2015
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Iratxe García Pérez, en nombre de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer cabe constatar los escasos progresos realizados para eliminar la violencia contra la mujer desde el sondeo llevado a cabo a escala europea por la Agencia de los Derechos Fundamentales en 2014; además, el número de casos que se denuncian a las autoridades es sistemáticamente inferior al número real de abusos generalizados de que son víctimas numerosas mujeres. Hace un año, la Comisión afirmó que compartía nuestro compromiso con respecto a la eliminación de la violencia contra la mujer y que ello se reflejaría en la nueva estrategia de la Comisión para la igualdad entre mujeres y hombres, que contendrá un capítulo relativo a la violencia de género.
1. ¿Cuándo va a publicar la Comisión esa nueva estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres y qué pilares se propondrán con el fin de luchar efectivamente contra todas las formas de violencia contra la mujer? En ausencia de una nueva estrategia, ¿está dispuesta la Comisión a examinar la posibilidad de proponer una directiva específica sobre la lucha contra la violencia contra la mujer, tal como ha solicitado el Parlamento? En caso negativo, ¿por qué no?
2. ¿Qué medidas jurídicas y qué acciones concretas emprendió la Comisión a lo largo del último año para poner en marcha activamente el proceso de ratificación del Convenio de Estambul por los Estados miembros y de adhesión de la UE a dicho Convenio? ¿Cuáles son los resultados del estudio que elaboró al respecto?
3. ¿Puede evaluar la Comisión el estado actual de la transposición de la Directiva sobre la orden europea de protección e indicar cuándo se publicará el informe sobre su aplicación? ¿Puede evaluar la Comisión la necesidad de activar la «cláusula paralela» con la inclusión de la violencia de género en la lista de ámbitos delictivos recogidos en el artículo 83, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea?
4. ¿De qué manera se propone la Comisión cooperar con las otras instituciones de la UE para declarar 2017 Año Europeo de Erradicación de la Violencia contra la Mujer, una medida que se ha solicitado reiteradamente como herramienta esencial de sensibilización?
5. ¿Está dispuesta la Comisión a revisar la legislación y los mecanismos de aplicación de la ley existentes con objeto de luchar eficazmente contra las nuevas formas de violencia contra las mujeres y las niñas, como la violencia y el acoso en línea?