Pregunta parlamentaria - O-000011/2016Pregunta parlamentaria
O-000011/2016

Disposiciones relativas al desarrollo sostenible del Acuerdo de Asociación Económica UE-África Occidental

Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000011/2016
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Bernd Lange, Christofer Fjellner, en nombre de la Comisión de Comercio Internacional

Procedimiento : 2016/2554(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
O-000011/2016
Textos presentados :
O-000011/2016 (B8-0108/2016)
Votaciones :
Textos aprobados :

Después de más de diez años de conversaciones, los Estados de África Occidental y la UE han concluido las negociaciones sobre un Acuerdo de Asociación Económica (AAE). El texto final del AAE ha sido rubricado por las partes y, hasta la fecha, lo ha firmado la gran mayoría de Estados de África Occidental. Si se aplica adecuadamente, el AAE tiene el potencial de intensificar las relaciones comerciales y económicas entre las dos partes, asegurando un acceso considerablemente mejor al mercado para productos procedentes de África Occidental que con el sistema SPG. El AAE define como objetivos, entre otros, contribuir al crecimiento económico continuado, la erradicación de la pobreza, la mejora de las condiciones de vida y la integración regional. La aplicación y el control correctos del funcionamiento de un posible AAE será esencial para lograr esos objetivos.

El AAE UE-África Occidental contiene cláusulas vinculantes que obliga a las partes del Acuerdo a respetar las normas internacionales en materia de derechos humanos, laboral y medioambiental contempladas en el Acuerdo de Cotonú. El AAE prevé la creación de un comité consultivo mixto encargado de supervisar el cumplimiento de esos compromisos.

1. ¿Qué medidas específicas piensa adoptar la Comisión para asegurar que el AAE se aplica de manera que respete los derechos humanos, incluidos los derechos laborales y la protección del medio ambiente?

2. ¿Cómo piensa garantizar la Comisión que el comité consultivo mixto cuente con una amplia participación de la sociedad civil, con igual implicación del mundo académico, de las empresas y de los interlocutores sociales, disponga de recursos suficientes con un presupuesto accesible y pueda actuar de manera eficaz e independiente?

3. ¿Puede comprometerse la Comisión a tener en cuenta los informes, las decisiones y las recomendaciones de la sociedad civil, para dar respuesta a los casos de incumplimiento de los compromisos contraídos en el marco del AAE?

4. ¿Considera la Comisión la posibilidad de establecer un calendario para la consecución de los objetivos de su política de desarrollo sostenible?