Situación en Italia después de los seísmos
14.11.2016
Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000139/2016
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Ivan Jakovčić, Iskra Mihaylova, Matthijs van Miltenburg, Petras Auštrevičius, Norica Nicolai, Urmas Paet, en nombre del Grupo ALDE
Remo Sernagiotto, Raffaele Fitto
El 24 de agosto de 2016, un devastador terremoto azotó el centro de Italia y, en octubre, otros tres grandes seísmos provocaran violentos temblores que sacudieron varias regiones del centro de Italia con magnitudes de 5.5 y 6.1, el 26 de octubre, y de 6.5, el 30 de octubre. Al parecer, más de 400 personas resultaron heridas y 290 perdieron la vida como consecuencia de los terremotos. Además, un posible «efecto dominó» podría dar lugar al desplazamiento de 100 000 personas.
Los territorios afectados han sufrido una deformación que se extiende a lo largo de una superficie de unos 130 kilómetros cuadrados, con un desplazamiento máximo de al menos 70 centímetros. Como consecuencia, los seísmos han devastado pueblos, han dañado gravemente infraestructuras locales y regionales, han destruido elementos del patrimonio histórico y cultural y han afectado a actividades económicas, especialmente a las pymes, a la agricultura y a los recursos turísticos y gastronómicos.
Por otro lado, las duras condiciones meteorológicas que se esperan para la próxima temporada de invierno son motivo de gran preocupación para las numerosas personas desplazadas. Este problema debe abordarse de forma rápida y eficaz a fin de garantizar unas condiciones de vida dignas para las personas que han perdido sus viviendas.
En este contexto, se formulan las siguientes preguntas a la Comisión:
– ¿Ha tomado la Comisión todas las medidas necesarias para apoyar y ayudar a las autoridades nacionales y regionales italianas encargadas de prestar auxilio a la población afectada por la catástrofe?
– ¿Estudiará la Comisión los procedimientos existentes de evaluación de las solicitudes de financiación con vistas a simplificarlos y acortar los plazos requeridos para la aprobación y el desembolso de la financiación procedente del Fondo de Solidaridad?
– ¿Piensa la Comisión evaluar la viabilidad de crear un mecanismo de préstamos marco del BEI que podría establecerse con el fin de proporcionar financiación a los Estados miembros antes de la intervención del Fondo de Solidaridad?