Situación en Italia después de los seísmos
14.11.2016
Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000140/2016
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Lambert van Nistelrooij, Antonio Tajani, Elisabetta Gardini, Salvatore Cicu, en nombre del Grupo PPE
Constanze Krehl, Mercedes Bresso, en nombre del Grupo S&D
Davor Škrlec, en nombre del Grupo Verts/ALE
Ramón Luis Valcárcel Siso
El 24 de agosto de 2016, un devastador terremoto azotó el centro de Italia y, en octubre, otros tres grandes seísmos provocaron violentos temblores que sacudieron varias regiones del centro de Italia con magnitudes de 5,5 y 6,1, el 26 de octubre, y de 6,5, el 30 de octubre. Al parecer, más de 400 personas resultaron heridas y 290 perdieron la vida como consecuencia de los terremotos. Además, un posible «efecto dominó» podría dar lugar al desplazamiento de 100 000 personas.
Los territorios afectados han sufrido una deformación que se extiende a lo largo de una superficie de unos 130 kilómetros cuadrados, con un desplazamiento máximo de al menos 70 centímetros. Como consecuencia, los seísmos han devastado pueblos, han dañado gravemente infraestructuras locales y regionales, han destruido elementos del patrimonio histórico y cultural y han afectado a actividades económicas, especialmente a las pymes, a la agricultura y a los recursos turísticos y gastronómicos.
Por otro lado, las duras condiciones meteorológicas que se esperan para la próxima temporada de invierno son motivo de gran preocupación para las numerosas personas desplazadas. Este problema debe abordarse de forma rápida y eficaz a fin de garantizar unas condiciones de vida dignas para las personas que han perdido sus viviendas.
En este contexto, se formulan las siguientes preguntas a la Comisión:
– ¿Ha recibido la Comisión una solicitud del Gobierno italiano para recibir financiación del Fondo Europeo de Solidaridad? ¿Ha adoptado todas las medidas necesarias para evaluar la solicitud y movilizar rápidamente esta financiación con vistas a ayudar a las autoridades nacionales y regionales italianas encargadas de prestar auxilio a la población afectada por la catástrofe?
– ¿Considerará la Comisión las solicitudes de modificación de los programas operativos nacionales y regionales italianos con el fin de abordar mejor las cuestiones del objetivo temático 5 («promover la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos») en caso de que Italia justifique debidamente dichas solicitudes, de conformidad con el artículo 30 del Reglamento sobre disposiciones comunes?
– ¿Estudiará la Comisión los procedimientos existentes de evaluación de las solicitudes de financiación con vistas a simplificarlos y acortar los plazos necesarios para la aprobación y el desembolso de la financiación procedente del Fondo de Solidaridad?
– ¿Piensa la Comisión evaluar la viabilidad de crear un mecanismo de préstamos en el marco del BEI que podría establecerse con el fin de proporcionar la financiación destinada a un Estado miembro antes de que el Fondo de Solidaridad se haga cargo del importe?