La situación de las mujeres con discapacidad
12.10.2018
Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000117/2018
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Rosa Estaràs Ferragut, en nombre de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
La Unión Europea y sus Estados miembros son partes de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, cuyo artículo 4 exige a los Estados Partes que se comprometan a «adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención». El derecho y la posibilidad para las personas con discapacidad de votar y ser elegidas están consagrados en los artículos 12 y 29 de la Convención.
En Europa viven 80 millones de personas con alguna discapacidad (el 16 % de la población europea), de las que aproximadamente 46 millones son mujeres y niñas, que representan aproximadamente el 16 % de la población femenina total. Uno de cada cuatro europeos tiene un familiar con alguna discapacidad. De seguir la evolución demográfica actual, el número de personas con discapacidad habrá aumentado de 80 a 120 millones en 2020. Siguen siendo necesarios más datos desglosados por sexo.
1. ¿Garantizará la Comisión la adopción de una Estrategia Europea sobre Discapacidad 2020-2030 que abarque todas las disposiciones de la Convención, dé continuidad a la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al pilar europeo de derechos sociales, teniendo debidamente en cuenta la situación de las mujeres y las niñas con discapacidad?
2. ¿Cómo garantizará la Comisión la recogida de datos desagregados por género con el fin de identificar las formas de discriminación múltiple que sufren las mujeres y las niñas con discapacidad?
3. Con la vista puesta en las próximas elecciones europeas, ¿qué medidas concretas ha adoptado la Comisión para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho de sufragio activo y pasivo, tal como se prevé en el ámbito de actuación número 2 («Participación») de la Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020?