Pregunta parlamentaria - O-000007/2021Pregunta parlamentaria
O-000007/2021

Los derechos del niño

Pregunta con solicitud de respuesta oral  O-000007/2021
a la Comisión
Artículo 136 del Reglamento interno
Juan Fernando López Aguilar
en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior

Procedimiento : 2021/2523(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
O-000007/2021
Textos presentados :
O-000007/2021 (B9-0007/2021)
Votaciones :
Textos aprobados :

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño establece que todos los niños del mundo, es decir, todo ser humano menor de dieciocho años de edad, tiene derecho al mismo conjunto de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, independientemente de su origen étnico, su género, su religión, su lengua, sus capacidades, su situación migratoria, su orientación sexual o cualquier otra condición.

El artículo 3, apartado 5, del Tratado de la Unión Europea incluye la protección de los derechos del niño entre los objetivos de la Unión Europea, mientras que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea garantiza la protección de los derechos del niño por parte de las instituciones de la Unión y de los Estados miembros de la Unión al aplicar el Derecho de la Unión. No obstante, la realidad muestra que todavía queda mucho por hacer y que aún deben abordarse los retos existentes.

La vicepresidenta de la Comisión, Dubravka Šuica, anunció los cuatro pilares que cubrirá la próxima estrategia: 1) los derechos de los niños más vulnerables; 2) los derechos de los niños en la era digital; 3) la prevención y la lucha contra la violencia; 4) la promoción de una justicia adaptada a los niños.

Se pide a la Comisión que explique lo siguiente:

Presentación: 03/02/2021

Plazo límite: 04/05/2021

Última actualización: 4 de febrero de 2021
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