Pregunta parlamentaria - P-5603/2009Pregunta parlamentaria
P-5603/2009

Celebración del Toro de Júbilo en la ciudad de Medinaceli (Soria, España)

PREGUNTA ESCRITA P-5603/09
de Raül Romeva i Rueda (Verts/ALE)
a la Comisión

Cada año durante el mes de noviembre, en la ciudad de Medinaceli (Soria, España) se lleva a cabo la celebración del Toro de Júbilo, que consiste en arrastrar a un toro hasta la plaza del pueblo para atarlo a un mástil con la finalidad de inmovilizarle la cabeza con cuerdas, para posteriormente prender fuego a sus astas mediante un artilugio empapado en alquitrán; un joven del pueblo corta las cuerdas que sujetan al animal al mástil y a continuación el toro intenta librarse del fuego, por lo que el animal es sometido a un estrés máximo, mientras también se le producen quemaduras en ojos y cuerpo. Dentro de la misma plaza se emplazan cinco hogueras. Como única protección el animal es untado con barro. El toro debe soportar este estrés hasta que el fuego se apaga, lo que sucede a veces después de una hora de tormento; una vez apagado el fuego el animal es retirado de la plaza. Esta tradición estuvo prohibida en distintas épocas de la historia, la última entre 1962 y 1977, año en que se volvió a autorizar. Entendemos que las tradiciones propias de los Estados miembros no son competencia de la Comisión, sin embargo en España existe un gran debate sobre los festejos tradicionales que incluyen maltrato hacia los animales, especialmente en el caso de los toros. España cuenta con el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Taurino Nacional, que desarrolla la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y que en el artículo 91.5 estipula que: «Por los promotores y los Ayuntamientos, cuando el festejo se desarrolle por vías públicas, se dictarán y anunciarán suficientemente cuantas medidas sean precisas en garantía de las personas o bienes, con prohibición absoluta de actuaciones que impliquen el maltrato y sufrimiento injustificado de los animales, sancionándose la infracción de las normas relativas a la materia.» Sin embargo, las autoridades públicas responsables de la organización de estos eventos no tienen en cuenta la legislación dictada por el Estado miembro de España, y por este motivo, se acude a la Comisión.

¿Cuál es la postura de la Comisión ante la celebración de festejos como el del Toro de Júbilo?

Teniendo en cuenta que el toro es un animal proveniente de explotaciones ganaderas, y que la Comisión ha comunicado al Consejo y al Parlamento Europeo sobre un plan de acción comunitario sobre protección y bienestar de los animales para el periodo 2006‑2010 (COM(2006)0013 - Diario Oficial C 49 de 28.2.2006), ¿tiene previsto la Comisión establecer algún tipo de prohibición para estos eventos? ¿Se piensa adoptar algún mecanismo sancionador al respecto en caso de vulneración?

DO C 10 E de 14/01/2011