• ES - español
  • EN - English
  • NL - Nederlands
  • SV - svenska
Pregunta parlamentaria - P-003659/2017Pregunta parlamentaria
P-003659/2017

Procedimientos de infracción contra el Reino Unido en relación con la aplicación de la Directiva sobre la libre circulación

Pregunta con solicitud de respuesta escrita P-003659-17
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Sophia in 't Veld (ALDE) , Claude Moraes (S&D) , Seb Dance (S&D) , Jean Lambert (Verts/ALE) , Beatriz Becerra Basterrechea (ALDE) , Cecilia Wikström (ALDE) , Catherine Bearder (ALDE)

En 2012, la Comisión puso en marcha procedimientos de infracción contra el Reino Unido en relación con la aplicación de la Directiva 2004/38/CE y declaró que «en virtud de la Directiva sobre la libre circulación, se podrá requerir a los ciudadanos de la Unión que se hayan establecido en otro Estado miembro, pero no trabajen en él, que dispongan de recursos suficientes y de un seguro de enfermedad. El Reino Unido, sin embargo, considera que tener derecho a la atención sanitaria del Servicio Nacional de Salud británico (NHS) no es suficiente. Esto constituye una violación del Derecho de la Unión». Cinco años después, la Comisión sigue sin haber adoptado una decisión definitiva. Mientras tanto, muchos ciudadanos europeos nos indican que se les sigue negando la residencia permanente debido a que su derecho a recibir atención sanitaria del NHS no se considera un seguro de enfermedad completo.

¿Puede confirmar la Comisión si la citada declaración implica que el derecho a la atención sanitaria del NHS debe considerarse como un seguro de enfermedad completo a fin de garantizar los derechos de residencia?

En caso afirmativo, ¿por qué se abstiene la Comisión de adoptar una decisión definitiva en relación con el procedimiento de infracción contra el Reino Unido, a sabiendas de que esta práctica, identificada como una violación del Derecho de la Unión, no ha cesado?

Habida cuenta de la notificación oficial en virtud del artículo 50 y de las declaraciones del Gobierno del Reino Unido, ¿considera la Comisión que sigue siendo posible resolver estos procedimientos de infracción con el Reino Unido de forma «amistosa»?