8. Correcciones de errores (artículo 204 bis del Reglamento)
La comisión competente ha transmitido las siguientes correcciones de errores de textos aprobados por el Parlamento Europeo:
- Corrección de errores de la Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 21 de febrero de 2008 con vistas a la adopción de la Decisión nº.../2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre un marco común para la comercialización de los productos P6_TA-PROV(2008)0062 - (COM(2007)0053 – C6-0067/2007 – 2007/0030(COD)) - IMCO
- Corrección de errores de la Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 10 de abril de 2008 con vistas a la adopción de la Decisión nº.../2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la participación de la Comunidad en un programa de investigación y desarrollo destinado a apoyar a las PYME que realizan actividades de investigación y desarrollo, emprendido por varios Estados miembros P6_TA-PROV(2008)0116 - (COM(2007)0514 – C6-0281/2007 – 2007/0188(COD)) - ITRE
De conformidad con el artículo 204 bis, apartado 4, del Reglamento, estas correcciones de errores se considerarán aprobadas a menos que, en las cuarenta y ocho horas posteriores a su anuncio, un grupo político o cuarenta diputados como mínimo pidan que se someta a votación.
Las correcciones de errores están disponibles en el sitio Séance en direct.