El Presidenteanuncia, de conformidad con el apartado 1 del artículo 57 del Reglamento, que ha recibido del Consejo la posición común siguiente, así como los motivos que le han llevado a adoptarla, junto con la posición de la Comisión sobre:
- Posición Común adoptada por el Consejo el 5 de marzo de 2009 con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica la Instrucción consular común dirigida a las misiones diplomáticas y oficinas consulares de carrera en relación con la introducción de identificadores biométricos y se incluyen disposiciones sobre la organización de la recepción y la tramitación de las solicitudes de visado (05329/1/2009 - C6-0088/2009 - 2006/0088(COD)) remitido fondo: LIBE
El plazo de tres meses de que dispone el Parlamento para pronunciarse comienza a partir de la fecha de mañana, 13 de marzo de 2009.