2. Actos delegados (artículo 87 bis del Reglamento)
Se han transmitido al Parlamento los siguientes proyectos de actos delegados:
- Reglamento delegado de la Comisión por el que se modifica el anexo II del Reglamento (UE) nº 692/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las adaptaciones derivadas de la revisión de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación CINE en relación con las variables y los desgloses que deben presentarse (C(2013)14)
Plazo de objeción: dos meses a partir del 15 de enero de 2013, fecha de recepción.
Remitido fondo: TRAN
- Reglamento delegado de la Comisión de por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre los elementos mínimos de los datos que deben notificarse a los registros de operaciones (C(2012)9586)
Plazo de objeción: un mes a partir del 19 de diciembre de 2012, fecha de recepción.
Prórroga del plazo de objeción: un mes suplementario a petición de la comisión competente.
Remitido fondo: ECON
- Reglamento delegado de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las normas técnicas de regulación relativas a los acuerdos de compensación indirecta, la obligación de compensación, el registro público, el acceso a la plataforma de negociación, las contrapartes no financieras y las técnicas de reducción del riesgo aplicables a los contratos de derivados extrabursátiles no compensados por una entidad de contrapartida central (C(2012)9593)
Plazo de objeción: un mes a partir del 19 de diciembre de 2012, fecha de recepción.
Prórroga del plazo de objeción: un mes suplementario a petición de la comisión competente.
Remitido fondo: ECON
- Reglamento delegado de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que atañe a las normas técnicas de regulación que especifican los pormenores de la solicitud de inscripción como registro de operaciones (C(2012)9602)
Plazo de objeción: un mes a partir del 19 de diciembre de 2012, fecha de recepción.
Prórroga del plazo de objeción: un mes suplementario a petición de la comisión competente.
Remitido fondo: ECON
- Reglamento delegado de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican los datos que los registros de operaciones habrán de publicar y mantener disponibles y las normas operativas para la agregación y comparación de los datos y el acceso a los mismos (C(2012)9603)
Plazo de objeción: un mes a partir del 19 de diciembre de 2012, fecha de recepción.
Prórroga del plazo de objeción: un mes suplementario a petición de la comisión competente.
Remitido fondo: ECON
- Reglamento delegado de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las normas técnicas de regulación relativas a los requisitos de capital de las entidades de contrapartida central (C(2012)9614)
Plazo de objeción: un mes a partir del 19 de diciembre de 2012, fecha de recepción.
Prórroga del plazo de objeción: un mes suplementario a petición de la comisión competente.
Remitido fondo: ECON
- Reglamento delegado de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación relativas a los requisitos que deben cumplir las entidades de contrapartida central (C(2012)9623)
Plazo de objeción: un mes a partir del 19 de diciembre de 2012, fecha de recepción.
Prórroga del plazo de objeción: un mes suplementario a petición de la comisión competente.