5. Curso dado a un suplicatorio de suspensión de la inmunidad parlamentaria
El suplicatorio de suspensión de la inmunidad parlamentaria de Dan Nica, presentado por las autoridades rumanas competentes en el marco de un procedimiento penal incoado por la Dirección Nacional de Lucha contra la Corrupción de Rumanía, se anunció en la sesión de 24 de noviembre de 2014 (punto 6 del Acta del 24.11.2014).
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, este suplicatorio se remitió a la comisión competente, a saber, la Comisión JURI.
La Comisión JURI examinó el suplicatorio y, mediante carta de 15 de septiembre de 2015, emitió una recomendación según la cual en esta fase no se precisa de la intervención del Parlamento en relación con el suplicatorio de suspensión de la inmunidad parlamentaria de Dan Nica.
Le Parlement toma nota de esta recomendación y, de conformidad con el artículo 9, apartado 9, del Reglamento, informará de ello a las autoridades competentes rumanas.