6. Corrección de errores (artículo 231 del Reglamento)
La Comisión IMCO ha transmitido la siguiente corrección de errores de un texto aprobado por el Parlamento Europeo:
Corrección de errores (P6_TA(2009)0092(COR1)) del Reglamento (CE) n° 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativo a los requisitos de homologación de tipo referentes a la seguridad general de los vehículos de motor, sus remolques y sistemas, componentes y unidades técnicas independientes a ellos destinados (DO L 200 de 31.7.2009, p. 1) (Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 10 de marzo de 2009 con vistas a la adopción del Reglamento arriba mencionado P6_TA(2009)0092 (DO C 87 E de 1.4.2010, p. 190) (COM(2008)0316 – C6-0210/2008 – 2008/0100(COD))
La correción de errores permanecerá en Europarl hasta que concluya el actual periodo parcial de sesiones.
De conformidad con el artículo 231, apartado 4, del Reglamento, esta corrección de errores se considerará aprobada a menos que, en un plazo de veinticuatro horas, un grupo político o cuarenta diputados como mínimo pidan que se someta a votación.