5. Negociaciones antes de la primera lectura del Parlamento (artículo 69 quater del Reglamento)
El presidente comunica que no ha recibido ninguna solicitud en relación con la decisión de iniciar negociaciones interinstitucionales anunciada en el Acta de miércoles 1 de febrero de 2017 (punto 5 del Acta del 1.2.2017).
Por consiguiente, la Comisión ECON ha podido entablar negociaciones, una vez expirado el plazo establecido en el artículo 69 quater, apartado 2, del Reglamento.