6. Negociaciones antes de la primera lectura del Consejo (artículo 69 quinquies del Reglamento)
El presidente anuncia las decisiones de las Comisiones INTA y PECH de entablar negociaciones interinstitucionales, de conformidad con el artículo 69 quinquies del Reglamento:
— Comisión INTA, sobre la base de la Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 16 de abril de 2014 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n.° .../2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican el Reglamento (CE) n.º 1225/2009 del Consejo, sobre la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea, y el Reglamento (CE) n.º 597/2009 del Consejo, sobre la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de países no miembros de la Comunidad Europea (2013/0103(COD) - P7_TA(2014)0420);
— Comisión PECH, sobre la base de la Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 2 de febrero de 2017 con vistas a la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la gestión sostenible de las flotas pesqueras exteriores y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1006/2008 del Consejo (2015/0289(COD) - P8_TA-PROV(2017)0015).
Las posiciones del Parlamento en primera lectura que constituyen el mandato para estas negociaciones están disponibles en Europarl.