Las interpretaciones de los artículos 5, apartado 5, y 210 bis del Reglamento interno, facilitadas por la Comisión de Asuntos Constitucionales, se anunciaron ayer en el Pleno (punto 11 del Acta del 3.7.2017).
No habiendo sido impugnadas por un grupo político o por el número de diputados necesarios para alcanzar al menos el umbral mínimo, de conformidad con el artículo 226, apartado 4, del Reglamento interno, estas interpretaciones se consideran aprobadas y se publicarán en los Textos Aprobados de la sesión de mañana 5 de julio de 2017 (P8_TA(2017)0293).