7. Corrección de errores (artículo 231 del Reglamento interno)
La Comisión ENVI ha transmitido la siguiente corrección de errores de un texto aprobado por el Parlamento Europeo:
- Corrección de errores P7_TA(2012)0010(COR01)al Reglamento (UE) n.° 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (DO L 167 de 27.6.2012, p. 1) (posición del Parlamento Europeo aprobada en segunda lectura el 19 de enero de 2012 con vistas a la adopción del Reglamento anteriormente mencionado (P7_TA(2012)0010) (05032/2/2011 – C7-0251/2011 – 2009/0076(COD)) - Comisión ENVI
De conformidad con el artículo 231, apartado 4, del Reglamento interno, esta corrección de errores se considerará aprobada a menos que, en las veinticuatro horas posteriores a su anuncio, un grupo político o el número de diputados necesario para alcanzar al menos el umbral mínimo pidan que se someta a votación.
La corrección de errores permanecerá en Europarl hasta que concluya el actual periodo parcial de sesiones.