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 Texto íntegro 
Acta
Lunes 15 de abril de 2019 - Estrasburgo

7. Interpretación del Reglamento interno

El presidente informa al Parlamento, de conformidad con el artículo 226, apartado 3, del Reglamento interno, de las interpretaciones de los artículos siguientes dadas por la Comisión AFCO:

Interpretación del artículo 32, apartado 5, párrafo primero, segundo guion:

«La declaración política de un grupo establecerá los valores que el grupo defiende y los principales objetivos políticos que sus miembros pretenden perseguir juntos en el marco del ejercicio de su mandato. La declaración describirá la orientación política común del grupo de manera sustancial, distintiva y genuina».

Interpretación del artículo 149 bis, apartado 2:

«La redacción o modificación del título de una resolución presentada para cerrar un debate en virtud de los artículos 123, 128 o 135 no constituye una modificación del orden del día, siempre que el título permanezca dentro del alcance del asunto que se esté debatiendo».

Si un grupo político o el número de diputados necesarios para alcanzar al menos el umbral mínimo no impugnan estas interpretaciones, de conformidad con el artículo 226, apartado 4, del Reglamento interno, en un plazo de 24 horas después de su anuncio, se considerarán aprobadas. En caso contrario, se someterán a votación del Parlamento.

Última actualización: 24 de julio de 2019Aviso jurídico - Política de privacidad