13. Negociaciones antes de la primera lectura del Consejo (artículo 72 del Reglamento interno)
El presidente anuncia que, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento interno, la Comisión ENVI ha decidido entablar negociaciones interinstitucionales sobre la base de la Posición siguiente del Parlamento en primera lectura:
- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre evaluación de las tecnologías sanitarias y por el que se modifica la Directiva 2011/24/UE (COM(2018)0051 – C8-0024/2018 – 2018/0018(COD)) – Posición en primera lectura P8_TA(2018)0369.
Esta Posición del Parlamento en primera lectura constituye el mandato para las negociaciones.