Propuesta de resolución común - RC-B6-0035/2005Propuesta de resolución común
RC-B6-0035/2005

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN

12.1.2005

presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 115 del Reglamento por
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos: sobre la trata de mujeres y de niños en Camboya

Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B6-0035/2005
Textos presentados :
RC-B6-0035/2005
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre la trata de mujeres y de niños en Camboya

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Camboya, y en particular las de 12 de marzo de 2003 y 11 de febrero de 2004,

–  Visto el Acuerdo de Cooperación celebrado entre la Unión Europea y el Reino de Camboya, que entró en vigor el 1 de noviembre de 1999,

–  Vistos el documento estratégico CE-Camboya 2000-2003 y el Programa Indicativo Nacional 2005-2006,

–  Vista la declaración de la Presidencia local de la Unión Europea en nombre de los Jefes de Misión de la UE en Phnom Penh sobre el ataque contra un refugio para víctimas de la trata de seres humanos gestionado por "Agir Pour les Femmes en Situation Précaire" (AFESIP),

–  Vistas la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas, ratificadas por Camboya y por todos los Estados miembros de la UE,

–  Vistos el Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional,

–  Vistas las orientaciones de la UE para la protección de los activistas en favor de los derechos humanos, adoptadas por el Consejo Europeo en julio de 2004,

–  Visto el acuerdo entre las Naciones Unidas y Camboya sobre el presupuesto para un Tribunal especial que juzgue los crímenes de guerra en Camboya,

–  Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.  Considerando el ataque contra el centro Srey Khan de la asociación AFESIP ("Agir Pour les Femmes en Situation Précaire"), en el que se encontraban 91 mujeres y niñas, 83 de las cuales habían sido liberadas el día anterior por funcionarios del Departamento de Trata de Seres Humanos y Protección de la Juventud de un hotel donde se practicaba la prostitución;

B.  Considerando que se desconoce el destino de estas 91 mujeres y niñas,

C.  Considerando que durante la operación policial fueron detenidas ocho personas, que fueron liberadas al día siguiente,

D.  Considerando las amenazas de muerte recibidas por Somaly Mam, activista que trabaja en favor de los niños obligados a prostituirse, y a quien el Gobierno de Camboya no puede ofrecer protección,

E.  Considerando que la trata de seres humanos y la explotación sexual son formas de esclavitud en nuestros días y constituyen flagrantes violaciones de los derechos humanos fundamentales perpetradas por redes criminales que actúan a escala internacional; considerando que se trata de una actividad lucrativa para los traficantes,

F.  Considerando que la trata de seres humanos aumenta debido a la pobreza, el desempleo, la vulnerabilidad de las mujeres y los niños, el deterioro de las condiciones sociales en sus países de origen, los altos beneficios que obtienen frente a los escasos riesgos que corren los traficantes, y a la demanda de mujeres y niños con fines de prostitución y otras formas de explotación sexual,

G.  Considerando que aún es necesario realizar esfuerzos en la lucha contra la delincuencia organizada y la trata de seres humanos,

H.  Considerando que durante la séptima reunión del Grupo Consultivo sobre Camboya de los días 6 y 7 de diciembre de 2004 los participantes acordaron una serie de indicadores comunes, incluida la aprobación de leyes contra la violencia doméstica y contra la trata de seres humanos, para ayudar al Gobierno de Camboya y a los interlocutores para el desarrollo a controlar los avances que se realicen el año próximo,

I.  Considerando la creación por el Gobierno de Camboya de una Comisión Interministerial que investigará el ataque al centro de AFESIP,

1.  Denuncia la explotación sexual de los menores como un crimen erga omnes y un ataque a los derechos fundamentales del niño que debe combatirse a todos los niveles;

2.  Subraya su preocupación por la prostitución infantil en Camboya y por la trata de seres humanos con origen y destino en Camboya, con fines de trabajos forzados, prostitución, mendicidad y adopciones ilegales;

3.  Recuerda los principios de la Carta de los Derechos Humanos y, en particular, los derechos de las niñas, en el caso de la explotación sexual de menores en Asia y en el resto del mundo;

4.  Condena el ataque del 8 de diciembre de 2004 contra el refugio de AFESIP para víctimas de la trata de seres humanos en Phnom Penh y el secuestro de 91 mujeres y niñas;

5.  Condena la industria del turismo sexual en Camboya y en los demás países donde existe; pide a los Estados miembros de la UE que aprueben y apliquen la legislación necesaria para que comparezcan ante la justicia todos los implicados en el turismo sexual con menores;

6.  Insiste en que la Comisión tenga en cuenta los derechos de los niños y las mujeres víctimas de la trata de seres humanos en la programación de su política de derechos humanos en el marco de la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos;

7.  Pide a la Comisión que apoye a las organizaciones de defensa de los derechos humanos en Camboya, en particular a las que se dedican a la protección de las víctimas de la trata de seres humanos y la explotación sexual;

8.  Celebra la decisión del Gobierno de Camboya de crear una Comisión Interministerial en la que participan como observadores representantes de las misiones extranjeras y de las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, con el fin de ser testigos, de realizar investigaciones adicionales y de entrevistar personalmente a las mujeres afectadas;

9.  Confía en un resultado positivo y justo de los trabajos de la Comisión Interministerial recién creada y reconoce que las autoridades camboyanas han realizado esfuerzos para luchar contra la trata de mujeres y niños, pero subraya la necesidad de aumentar el número de procesos y condenas de los traficantes para poner fin a la trata de mujeres y la prostitución infantil;

10.  Pide a las autoridades camboyanas que garanticen la seguridad de las organizaciones dedicadas a la protección de la infancia y de quienes trabajan para ellas, en particular las organizaciones que trabajan en auxilio de las víctimas de la trata de seres humanos y de la explotación sexual;

11.  Pide a las autoridades de Camboya que garanticen la seguridad de Somaly Mam, cuya vida corre peligro;

12.  Pide al Gobierno de Camboya que ratifique el Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional;

13.  Pide a los Estados miembros de la UE que actúen conjuntamente en la lucha contra la delincuencia organizada y la trata de seres humanos, en especial la trata de menores;

14.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno de Camboya y a los Gobiernos de los Estados miembros de la ASEAN.