Propuesta de resolución común - RC-B6-0160/2007Propuesta de resolución común
RC-B6-0160/2007

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN

25.4.2007

presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 115 del Reglamento por
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos: sobre Filipinas

Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B6-0160/2007
Textos presentados :
RC-B6-0160/2007
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre Filipinas

El Parlamento Europeo,

–  Visto el informe de 22 de febrero de 2007 de la Comisión independiente para el examen de los medios de comunicación y los asesinatos políticos presidida por el juez Melo,

–  Visto el informe preliminar de Philip Alston, Relator Especial de las NACIONES UNIDAS sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias,

–  Vista la declaración de 12 de marzo de 2007 del Relator Especial de las Naciones Unidas, Martin Scheinin, sobre la promoción y la protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo,

–  Vistos los compromisos contraídos por el Gobierno filipino ante la comunidad internacional antes de su elección al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

–  Vista la Convención contra la Tortura de 1984, ratificada por Filipinas el 18 de junio de 1986, y sus dos primeros protocolos facultativos, en los que se permite, respectivamente, la presentación de quejas particulares y la inspección de los centros de detención por organismos independientes,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas contra las desapariciones forzadas,

–  Vistas las elecciones legislativas y municipales que se celebrarán el 14 de mayo de 2007 en Filipinas y la misión de observación electoral que enviará la UE,

–  Vista la Declaración conjunta de 15 de marzo de 2007 de los copresidentes de la Decimosexta reunión ministerial UE-ASEAN,

–  Vista la reunión Europa-Asia de Ministros de Asuntos Exteriores que se celebrará los días 28 y 29 de mayo en Hamburgo,

–  Vista la Declaración de 26 de junio de 2006 de la Presidencia en nombre de la Unión Europa sobre la abolición total de la pena de muerte en Filipinas,

–  Visto el documento estratégico por país de la Comisión Europea y el programa indicativo nacional (PIN) 2005-2006 para Filipinas,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Filipinas,

–  Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.  Considerando que en los últimos años se ha disparado espectacularmente el número de asesinatos de motivación política en Filipinas y que la situación de los derechos humanos en el país es motivos de graves preocupaciones,

B.  Considerando que la organización local de derechos humanos Karapatan ha tenido constancia desde 2001 de 180 desapariciones forzadas y más de 800 asesinatos, la mayoría de ellos cometidos por pistoleros anónimos,

C.  Considerando que la mayoría de las personas asesinadas como, por ejemplo, los militantes de los partidos de la oposición, religiosos dirigentes locales, transeúntes, periodistas, abogados defensores de los derechos humanos, sindicalistas o meros testigos de ejecuciones extrajudiciales han sido acusadas por fuentes gubernamentales de ofrecer cobertura legal a bandas armadas y «terroristas»,

D.  Considerando que la Presidenta Gloria Macapagal-Arroyo ha creado una comisión independiente de alto nivel (la Comisión Melo) para examinar el problema y una brigada policial de ámbito nacional (Brigada Usig) para investigar los asesinatos con la mayor premura y encausar a los culpables,

E.  Considerando que tanto de los resultados de la Comisión Melo como de la investigación del Relator especial de las NACIONES UNIDAS se desprende la participación del Ejército en esos asesinatos políticos y que tales delitos rara vez conllevan la acusación, la detención o el enjuiciamiento de los asesinos,

F.  Considerando que las recomendaciones de la Comisión Melo comprenden la creación de una agencia civil independiente de investigación con autoridad para emitir órdenes de detención y detener a los sospechosos, la formación de fiscales, la creación de tribunales especiales para el enjuiciamiento de esos casos, la mejora del programa de protección de testigos, la mejora de la capacidad de investigación de la policía y la orientación y formación de las fuerzas de seguridad,

G.  Considerando que, al hilo de las recomendaciones de la Comisión Melo, la Presidenta Arroyo ha adoptado un plan de 6 puntos para poner fin a las ejecuciones extrajudiciales, incluida la orden de que el Ministerio de Justicia amplíe y mejore el programa de protección de testigos, el llamamiento al Tribunal Supremo para la creación de tribunales especiales para encausar a los acusados de asesinato de motivación política o ideológica, la petición a las Fuerzas Armadas de Filipinas de que elaboren un nuevo documento sobre la responsabilidad de mando, la orden al Ministerio de Justicia y al Ministerio de Defensa Nacional de que colaboren con la Comisión independiente Melo en materia de derechos humanos y la orden al Ministerio de Asuntos Exteriores de que recabe oficialmente de la Unión Europea, España, Finlandia y Suecia el envío de investigadores que asistan a la Comisión,

H.  Considerando que las recientes medidas antiterroristas del Gobierno son motivo de grave preocupación por la eventual violación de los derechos humanos de las personas detenidas con arreglo a esa ley,

1.  Expresa su grave preocupación por el creciente número de asesinatos políticos perpetrados en los últimos años en Filipinas y el cometido desempeñado por el Ejército en tales asesinatos; insta a las autoridades filipinas a que realicen las investigaciones necesarias con la profundidad, la transparencia y la premura debidas y a que enjuicien a los culpables;

2.  Condena enérgicamente el asesinato de Siche Bustamante-Gandinao, una devota defensora de los derechos humanos que fue asesinada a los pocos días de declarar ante el Relator Especial de las Naciones Unidas, y expresa su preocupación por la inhibición de la policía en la investigación de este importante caso;

3.  Considera que la aprobación de la Ley de seguridad humana 2007, que entrará en vigor en julio de 2007, podría exacerbar incluso los casos de violaciones de los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad, pues permitirá las detenciones sin orden judicial y las detenciones arbitrarias durante tres días; reclama, en este contexto, al Gobierno de Filipinas que prevea medidas concretas de protección para prevenir violaciones de los derechos humanos en el marco de la aplicación de esa ley;

4.  Denuncia los ataques a los grupos legales de la oposición y pide a las autoridades que dejen de acusar a los grupos pacíficos de la oposición de connivencia con bandas armadas ilegales;

5.  Celebra la creación de la Comisión Melo y las recomendaciones de ésta, el establecimiento de la Brigada Usig y la Declaración de 30 de enero de la Presidenta Arroyo de «tolerancia cero para las violaciones de los derechos humanos» como un primer paso en la dirección acertada;

6.  Pide al Gobierno que adopte medidas para poner fin a la intimidación y el acoso sistemáticos de los testigos en los procedimientos penales por asesinato y asegurar una protección verdadera y efectiva de los testigos; destaca igualmente la necesidad de dejar de incitar a la violencia contra algunos grupos políticos o de la sociedad civil y de restablecer los mecanismos normales de responsabilidad para examinar los abusos gubernamentales; pide en particular, en este contexto, al Defensor del Pueblo que ejerza seriamente su cometido constitucional con respecto a las ejecuciones extrajudiciales atribuidas a funcionarios públicos;

7.  Contempla con agrado el programa de seis puntos del Gobierno para poner fin a los asesinatos políticos; destaca, no obstante, que el Gobierno de Filipinas debe demostrar su verdadera voluntad de aclarar tales asesinatos y enjuiciar a los responsables, incluidos los representantes de las fuerzas de seguridad; toma nota de que hasta ahora la mayor parte de las investigaciones judiciales han sido deficientes;

8.  Celebra que la Presidenta Arroyo firmara el 24 de junio de 2006 la ley por la que se pone fin a la pena de muerte en Filipinas; pide asimismo a las autoridades filipinas que ratifiquen la Convención de las Naciones Unidas contra las desapariciones forzadas recién aprobada y promulguen las correspondientes normas de desarrollo;

9.  Expresa su preocupación por que el clima de impunidad socave la confianza de la población en el Estado de Derecho y por que los asesinatos susciten entre los ciudadanos filipinos la impresión de que no hay libertad para ejercer los derechos de libertad de expresión y asociación política;

10.  Insta a la Presidenta a que adopte inmediatamente medidas para evitar una ulterior escalada de la violencia antes de las próximas elecciones y durante éstas;

11.  Pide al Gobierno de Filipinas que garantice la seguridad de quienes aplican la redistribución de la tierra con arreglo al Programa General de Reforma Agraria (CARP) y que acelere la aplicación del programa de reforma agraria para contener una de las principales causas de la violencia política;

12.  Se congratula del anuncio de la Comisión Europea de que apoyará los esfuerzos del Gobierno filipino por aclarar las ejecuciones extrajudiciales con el envío de un equipo de expertos;

13.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Comisión de Derechos Humanos de las NACIONES UNIDAS, a los Gobiernos de los Estados miembros de la ASEAN y al Gobierno y al Parlamento de Filipinas.