PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN
12.12.2007
- –Avril Doyle, Charles Tannock, Laima Liucija Andrikienė, Bernd Posselt, Eija-Riitta Korhola y Colm Burke, en nombre del Grupo del PPE-DE
- –Pasqualina Napoletano, Lilli Gruber, Ana Maria Gomes y Elena Valenciano Martínez-Orozco, en nombre del Grupo del PSE
- –Marios Matsakis, Karin Riis-Jørgensen y Frédérique Ries, en nombre del Grupo ALDE
- –Roberta Angelilli, Mogens N.J. Camre, Ryszard Czarnecki, Gintaras Didžiokas, Adam Bielan y Konrad Szymański, en nombre del Grupo UEN
- –Raül Romeva i Rueda, Hiltrud Breyer, Jill Evans y Alyn Smith, en nombre del Grupo Verts/ALE
- –Eva-Britt Svensson, Mary Lou McDonald y Tobias Pflüger, en nombre del Grupo GUE/NGL
- –UEN (B6‑0526/2007)
- –GUE/NGL (B6‑0530/2007)
- –PPE-DE (B6‑0534/2007)
- –ALDE (B6‑0537/2007)
- –Verts/ALE (B6‑0539/2007)
- –PSE (B6‑0540/2007)
Resolución del Parlamento Europeo sobre los derechos de las mujeres en Arabia Saudí
El Parlamento Europeo,
– Vista la ratificación por Arabia Saudí, el 7 de septiembre de 2000, de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW),
– Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada por Arabia Saudí el 23 de septiembre de 1997,
– Visto que Arabia Saudí es parte de la Convención sobre los Derechos del Niño desde el 26 de enero de 1996,
– Visto que Arabia Saudí fue elegida en mayo de 2007 para formar parte del nuevo Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Arabia Saudí, de 18 de enero de 1996 y de 10 de marzo de 2005,
– Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,
A. Considerando que en Arabia Saudí las mujeres se enfrentan a numerosas formas de discriminación, tanto en la vida pública como privada; que son con frecuencia víctimas de violencia sexual y han de afrontar a menudo enormes obstáculos en el sistema de justicia penal,
B. Considerando que, en octubre de 2006, una mujer de 19 años, conocida como la «Chica de Qatif», fue condenada a 100 latigazos tras un incidente cuando se encontraba sola en un coche hablando con un hombre que no era un familiar directo, y tras ser atacada y violada por una banda,
C. Considerando con gran preocupación que el Tribunal General de Qatif, en Arabia Saudí, revisó la sentencia y la condenó a seis meses de cárcel y 200 latigazos,
D. Considerando que un funcionario del Tribunal General de Qatif declaró que el Tribunal había aumentado la pena, siguiendo instrucciones del Consejo Supremo del Poder Judicial, porque la mujer había intentado exagerar e influir en los jueces a través de los medios de comunicación,
E. Considerando que al abogado de la víctima, Abdul Rahman Al-Lahem, se le ha prohibido el acceso a la sala de juicios y la representación de su cliente en el futuro, tras los intentos de emprender acciones legales contra el Ministerio de Justicia por no facilitarle una copia de la sentencia de su cliente para poder preparar una apelación; que Abdul Rahman Al-Lahem se enfrenta ahora a una audiencia disciplinaria en el Ministerio de Justicia, con sanciones que van desde la suspensión para ejercer durante tres años hasta la total inhabilitación,
F. Considerando que Al-Lahem también defendió los casos del matrimonio Fatimeh y Mansour Al-Taimani, padres de dos niños, que fueron obligados a divorciarse en julio de 2007, a petición del hermano de la esposa, con el argumento de que el linaje tribal de Fatimeh era superior al de su marido; que ambos fueron encarcelados durante varios días o meses, respectivamente, junto con los niños, por negarse a aceptar el divorcio, y que Fatimeh se ha visto obligada a vivir desde entonces en un centro de acogida porque se niega a regresar con su familia;
G. Considerando con especial preocupación que la criminalización en Arabia Saudí de cualquier tipo de aproximación física entre personas solteras del sexo opuesto representa un grave obstáculo para que las víctimas de una violación puedan obtener justicia, y que un tribunal puede considerar la denuncia de violación por parte de una mujer como la admisión por ésta de haber mantenido relaciones sexuales extramaritales, a menos que pueda probar de forma fehaciente que el contacto no fue consentido,
H. Considerando que las partes de los acuerdos internacionales sobre derechos humanos (como el Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)) tienen la obligación de garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres;
1. Insiste en que el Gobierno de Arabia Saudí adopte medidas dirigidas a suprimir las restricciones de los derechos de las mujeres, incluida la libertad de desplazamiento, la prohibición de conducir automóviles, la limitación de sus oportunidades laborales y las restricciones en su personalidad jurídica y en la representación en procesos judiciales, así como a suprimir todas las formas de discriminación contra las mujeres en la vida pública y privada y a fomentar su participación en las esferas económica, social y política;
2. Lamenta la decisión del Tribunal General de Qatif de castigar a la víctima de una violación, e insta a las autoridades saudíes a que anulen la condena y retiren todas las acusaciones contra la víctima de la violación;
3. Señala que, el 3 de octubre de 2007, el rey Abdullah anunció una reforma judicial que promete la creación de nuevos tribunales especializados y la mejora de la formación de jueces y abogados; recuerda que en mayo de 2007 se informó de que el rey Abdullah había pedido que se creara un nuevo tribunal especializado en los casos de violencia doméstica;
4. Acogería muy favorablemente la iniciativa de emprender con carácter urgente una campaña dirigida a sensibilizar a la sociedad acerca de la violencia contra las mujeres en Arabia Saudí, especialmente la violencia doméstica;
5. Insta al Consejo y a la Comisión a que traten estas cuestiones en el Consejo conjunto y la reunión ministerial entre la UE y el Consejo de Cooperación del Golfo que se celebrarán próximamente;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Gobierno de Arabia Saudí, al Secretario General de la Organización de la Conferencia Islámica y al Secretario General del Consejo de Cooperación del Golfo.