Propuesta de resolución común - RC-B7-0043/2010Propuesta de resolución común
RC-B7-0043/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre Filipinas

20.1.2010

presentada de conformidad con el artículo 122, apartado 5, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos
ALDE (B7‑0043/2010)
EFD (B7‑0044/2010)
PPE, ECR (B7‑0046/2010)
S&D (B7‑0047/2010)
GUE/NGL (B7‑0049/2010)
Verts/ALE (B7‑0050/2010)

Martin Kastler, Mario Mauro, Cristian Dan Preda, Bernd Posselt, Monica Luisa Macovei, Eija-Riitta Korhola, Tunne Kelam, Jean-Pierre Audy en nombre del Grupo PPE
Véronique De Keyser, Marc Tarabella en nombre del Grupo S&D
Marielle De Sarnez en nombre del Grupo ALDE
Barbara Lochbihler, Christian Engström, Emilie Turunen, Raül Romeva i Rueda, Gerald Häfner en nombre del Grupo Verts/ALE
Charles Tannock, Adam Bielan, Ryszard Czarnecki, Tomasz Piotr Poręba, Ryszard Antoni Legutko en nombre del Grupo ECR
Marie-Christine Vergiat, Rui Tavares en nombre del Grupo GUE/NGL
Fiorello Provera, Rolandas Paksas, Juozas Imbrasas en nombre del Grupo EFD

Procedimiento : 2010/2514(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B7-0043/2010
Textos presentados :
RC-B7-0043/2010
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre Filipinas

El Parlamento Europeo,

–   Vistas la Declaración de la Presidencia de la UE, de 25 de noviembre de 2009, sobre los asesinatos en la provincia de Maguindanao en Filipinas, y la declaración de Philip Alston, Relator especial de las Naciones Unidas para las ejecuciones extrajudiciales, de 2 de diciembre de 2009,

–   Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de las Naciones Unidas, y su Protocolo adicional, de los que Filipinas es país signatario,

–   Visto el documento de estrategia por país 2007-2013 de la Comisión para Filipinas,

–   Visto el acuerdo de financiación para el programa UE- Filipinas de apoyo a la justicia, firmado en octubre de 2009 y destinado a acelerar los procedimientos judiciales contra los autores de las ejecuciones extrajudiciales,

–   Vistas las elecciones presidenciales, parlamentarias y locales que se celebrarán en Filipinas el lunes 10 de mayo de 2010,

–   Vistas sus anteriores resoluciones sobre Filipinas,

–   Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A. Considerando que los asesinatos y las desapariciones por motivos políticos, especialmente de miembros de organizaciones de la oposición, periodistas, defensores de los derechos humanos y líderes religiosos, siguen estando muy extendidos en Filipinas, y que las organizaciones de derechos humanos cifran en más de 1 000 los asesinatos y desapariciones por motivos políticos durante la década pasada,

B.  Considerando que la impunidad virtual de los autores y la incapacidad del Gobierno para hacer frente de forma eficaz a los actos de violencia cometidos por motivos políticos dificulta que los responsables puedan ser llevados ante la justicia, a pesar de los compromisos asumidos por el Gobierno con motivo de su examen periódico anual en 2008,

C. Considerando que continúa habiendo cientos de miles de desplazados internos a causa del conflicto que opone al Gobierno con el Frente Moro Islámico de Liberación y el Nuevo Ejército Popular, que sigue activo en todo el país, y a causa asimismo de las operaciones militares contra grupos delictivos, como el Grupo de Abu Sayyaf en las provincias insulares de Sulu y Basilan al oeste de Mindanao,

D. Considerando que el 23 de noviembre de 2009, cien hombres armados de una milicia local dirigida por la familia Ampatuan, entre los que se hallaban oficiales de la policía local, torturaron y asesinaron salvajemente a 57 miembros de un convoy integrado, entre otros, por mujeres familiares de Ismael Mangudadatu -algunas de las cuales fueron violadas-, así como por abogados y treinta periodistas, y que iban a presentar la candidatura de Mangudadatu a gobernador de la provincia de Maguindanao en Mindanao,

E.  Considerando que esta masacre, en la que se ha producido el mayor número de muertes de periodistas en un único incidente, ha puesto de manifiesto de una manera terrible hasta qué punto los señores de la guerra, la corrupción de las fuerzas de seguridad y la impunidad ante los crímenes más despiadados se han impuesto en Filipinas,

F.  Considerando que la investigación inicial de este incidente mostró todos los signos de un sistema jurídico disfuncional, con la llegada tardía de las fuerzas de seguridad al lugar de los hechos, el retraso en las investigaciones, un análisis inadecuado del lugar del delito, la falta de voluntad para interrogar a los militares y policías sospechosos de estar implicados, y la intimidación ejercida contra los testigos y las acciones judiciales; que todo ello llevó al primer juez encargado del caso a retirarse del mismo el 16 de diciembre de 2009,

G. Considerando que el 24 de noviembre de 2009, el Gobierno de Filipinas declaró el estado de excepción en las dos provincias afectadas, dejando así el mantenimiento de la ley y el orden en manos del ejército, invitó a expertos forenses internacionales para que ayudaran en la investigación e impuso, el 4 de diciembre de 2009, la ley marcial en Maguindanao durante una semana, situación que no se había dado desde 1972,

H. Considerando que estas medidas llevaron a la detención de los líderes de la familia Ampatuan y a su acusación de homicidio múltiple, al descubrimiento de un sorprendente arsenal de armas y de miles de tarjetas de identificación de votantes escondidas, que apuntaban a un fraude electoral masivo en favor del partido político Lakas-Kampi-CMD de la presidenta Arroyo,

I.   Considerando que, en el pasado, las elecciones en Filipinas se han visto comprometidas por frecuentes ejecuciones extrajudiciales de opositores políticos a manos de milicias y ejércitos privados, equipados muchos de ellos con armas procedentes del Gobierno y contratados por familias políticamente influyentes,

J.   Considerando que el hecho de que en la campaña electoral de 2007 fueran asesinados cerca de 60 candidatos, y otros 41 en la de 2004, ha despertado el temor de que los homicidios de activistas políticos aumenten en el período previo a las elecciones de mayo de 2010,

K. Considerando que la brutal matanza de Maguindanao supone un grave revés para la paz y la democracia en Filipinas, y complicará las conversaciones de paz entre el Gobierno filipino y el Frente Moro Islámico de Liberación, que se reanudaron el 8 de diciembre de 2009 en Kuala Lumpur, gracias a la intervención del Gobierno de Malasia,

1.  Condena enérgicamente la masacre de Maguindanao del 23 de noviembre de 2009 y expresa su solidaridad con las familias de los fallecidos;

2.  Acoge con satisfacción la respuesta del Gobierno de Filipinas ante la masacre, a la vez que lamenta los retrasos iniciales, y subraya que la investigación policial debe ser exhaustiva e independiente, e ir seguida de acciones judiciales eficaces, sin excluir a los miembros de las fuerzas de seguridad sospechosos de estar implicados en la masacre;

3.  Se muestra profundamente preocupado por que los lazos personales que unen a los miembros de la administración con la familia Ampatuan puedan obstaculizar, en lugar de favorecer, una investigación imparcial de los asesinatos, y pide que la familia Ampatuan sea interrogada por la Oficina Nacional de Investigación;

4.  Pide que se adopten medidas urgentes para proteger a todos los testigos, jueces, abogados y fiscales que tomen parte en la investigación y en los juicios;

5.  Pide a los países donantes que ofrezcan ayudas y asistencia forense, jurídica y en las actividades de investigación al Departamento de Justicia de Filipinas;

6.  Pide al Gobierno de Filipinas que tome medidas decisivas para acabar con las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones, liberar a todas las personas desaparecidas que siguen retenidas y arrojar luz sobre todos los demás casos sin resolver, incluido el de Jonas Burgos, que desapareció en abril de 2007; insta al Gobierno de Filipinas a que ratifique la Convención de las Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzosas;

7.  Pide al Gobierno de Filipinas que actúe de forma decisiva para atajar inmediatamente cualquier financiación privada y local de grupos auxiliares policiales y militares, y para desarticular a las fuerzas paramilitares y las milicias locales; se congratula de la declaración de la Presidenta Arroyo el 9 de diciembre de 2009 al respecto y le pide que revoque la orden ejecutiva 546;

8.  Acoge con satisfacción, en este sentido, la prohibición de armas emitida por la Comisión Electoral en previsión de los comicios del 10 de mayo de 2010;

9.  Se felicita de la firma en octubre de 2009 del acuerdo de financiación para el programa de apoyo a la justicia entre la UE y Filipinas (EPJUST), que concede 3,9 millones de euros en concepto de apoyo, asistencia y formación para consolidar el sistema de justicia penal y respaldar el trabajo de la Comisión de Derechos Humanos y de los grupos de la sociedad civil; espera con impaciencia los informes sobre el trabajo del sistema de control, que se creará en el marco de EPJUST y se encargará de registrar los progresos de la nación en la lucha contra las ejecuciones extrajudiciales y los abusos conexos;

10. Expresa su preocupación por que la declaración por la Presidenta del estado de excepción, unida al traspaso de amplios poderes a las fuerzas armadas, que han estado implicadas anteriormente en numerosas ejecuciones extrajudiciales, no ayude a evitar o reducir los actos de violencia cometidos por motivos electorales en la provincia de Mindanao;

11. Pide al Gobierno filipino que redoble sus esfuerzos para poner fin a los casos de violencia política con objeto de preservar el futuro de la democracia en Filipinas; pide, en particular, a las autoridades que creen un grupo de trabajo de alto nivel con un amplio respaldo político para aplicar urgentemente las medidas destinadas a prevenir la violencia relacionada con el proceso electoral en los meses previos a las elecciones de mayo, y que tomen medidas dirigidas a proteger a los medios de comunicación y defender la libertad de expresión en general;

12. Acoge con satisfacción la decisión del Tribunal Supremo de permitir la participación de Ang Ladlad en las elecciones de mayo, una decisión que invalida el rechazo inicial de la Comisión Electoral por «razones morales»;

13. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Presidenta y al Gobierno de la República de Filipinas, a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a los Gobiernos de los Estados miembros de la ASEAN.