Propuesta de resolución común - RC-B7-0346/2010Propuesta de resolución común
RC-B7-0346/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre las inundaciones en países de la Europa Central, en concreto Polonia, la República Checa, Eslovaquia y Hungría

16.6.2010

presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 4, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos:
PPE (B7‑0346/2010)
ALDE (B7‑0399/2010)
GUE/NGL (B7‑0400/2010)
S&D (B7‑0402/2010)
ECR (B7‑0403/2010)

Bogusław Sonik, Lambert van Nistelrooij, Anna Záborská, Jan Březina, Tamás Deutsch, Danuta Maria Hübner, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska, László Surján, György Schöpflin, Bogdan Kazimierz Marcinkiewicz, Joanna Katarzyna Skrzydlewska, Krzysztof Lisek, Barbara Matera, Nuno Teixeira, Jan Olbrycht, Jan Kozłowski, Sidonia Elżbieta Jędrzejewska, Lívia Járóka, Jolanta Emilia Hibner, Monika Hohlmeier, Andrzej Grzyb, Kinga Gál, Ildikó Gáll-Pelcz, Tadeusz Zwiefka, Richard Seeber, Filip Kaczmarek, Markus Pieper, Sabine Verheyen, Lena Kolarska-Bobińska, Peter Št'astný, Csaba Sógor, Jarosław Leszek Wałęsa, Artur Zasada, Paweł Zalewski, Enikő Győri, Csaba Őry, Jerzy Buzek, Jacek Saryusz-Wolski, Róża Gräfin von Thun und Hohenstein, Piotr Borys, Jarosław Kalinowski, Miroslav Mikolášik, Czesław Adam Siekierski, Edit Bauer, Danuta Jazłowiecka, Rafał Trzaskowski, Marian-Jean Marinescu, Ádám Kósa, András Gyürk, Jacek Protasiewicz, Małgorzata Handzlik, Sławomir Witold Nitras en nombre del Grupo PPE
Constanze Angela Krehl, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Zigmantas Balčytis, Wojciech Michał Olejniczak, Vilija Blinkevičiūtė, Georgios Stavrakakis, Justas Vincas Paleckis, Monika Smolková, Edit Herczog, Edite Estrela, Zuzana Brzobohatá, Csaba Sándor Tabajdi en nombre del Grupo S&D
Giommaria Uggias, Ramona Nicole Mănescu en nombre del Grupo ALDE
Elisabeth Schroedter, Bas Eickhout en nombre del Grupo Verts/ALE
Michał Tomasz Kamiński, Zbigniew Ziobro, Marek Józef Gróbarczyk, Tadeusz Cymański, Jacek Olgierd Kurski, Jacek Włosowicz, Adam Bielan, Ryszard Antoni Legutko, Janusz Wojciechowski, Mirosław Piotrowski, Tomasz Piotr Poręba, Ryszard Czarnecki, Oldřich Vlasák, Lajos Bokros, Paweł Robert Kowal, Konrad Szymański, Marek Henryk Migalski EEen nombre del Grupo ECR
Jaromír Kohlíček, Miloslav Ransdorf, Willy Meyer, Helmut Scholz, João Ferreira en nombre del Grupo GUE/NGL


Procedimiento : 2010/2713(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B7-0346/2010

Resolución del Parlamento Europeo sobre las inundaciones en países de la Europa Central, en concreto Polonia, la República Checa, Eslovaquia y Hungría

El Parlamento Europeo,

–   Vistos el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea y los artículos 191 y 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–   Vistas la propuesta de la Comisión de un Reglamento por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) (COM(2005)0108) y la posición del Parlamento de 18 de mayo de 2006,

–   Vistas sus Resoluciones, de 5 de septiembre de 2002, sobre los desastres causados por las inundaciones en la Europa central[1], de 8 de septiembre de 2005, sobre las catástrofes naturales (incendios e inundaciones) en Europa[2], de 18 de mayo de 2006, sobre las catástrofes naturales (incendios, sequías e inundaciones) – aspectos agrícolas, aspectos del desarrollo regional y aspectos medioambientales[3], y de 7 de septiembre de 2006, sobre los incendios forestales y las inundaciones[4],

–   Vistos el Libro Blanco de la Comisión titulado «Adaptación al cambio climático: Hacia un marco europeo de actuación» (COM(2009)0147) y la Comunicación de la Comisión titulada: «Un enfoque comunitario para la prevención de catástrofes naturales y de origen humano» (COM(2009)0082),

–   Visto el documento de trabajo de la Comisión titulado «Regiones 2020: una evaluación de los retos futuros para las regiones de la UE» (SEC(2008)2868),

–   Vistas la declaración de la Comisión sobre la grave catástrofe natural acaecida en la Región Autónoma de Madeira el 24 de febrero de 2010 y su Resolución, de 11 de marzo de 2010, sobre las graves catástrofes naturales acaecidas en la Región Autónoma de Madeira y los efectos del temporal Xynthia en Europa[5],

–   Visto el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

A. Considerando que ha tenido lugar una importante catástrofe natural en forma de inundaciones en varios Estados miembros de la Unión Europea, en especial Polonia, la República Checa, Eslovaquia y Hungría, así como en Alemania y en Austria, que ha causado víctimas mortales y heridos y ha obligado a evacuar a miles de personas,

B.  Considerando que la catástrofe ha provocado importantes daños, entre ellos a infraestructuras, empresas y tierras de cultivo, ha destruido asimismo elementos del patrimonio natural y cultural, y posiblemente ha provocado peligros para la salud pública,

C. Considerando que ha de emprenderse una reconstrucción sostenible de las zonas destruidas o dañadas por la catástrofe, a fin de compensar sus pérdidas económicas y sociales,

D. Considerando que la frecuencia, la gravedad, la complejidad y el impacto de las catástrofes naturales y de origen humano en Europa ha aumentado rápidamente en los últimos años,

1.  Muestra su empatía y su solidaridad con los habitantes de las regiones afectadas por la catástrofe; toma buena nota de los posibles efectos económicos graves y rinde homenaje y presenta sus condolencias a las familias de las víctimas;

2.  Reconoce los esfuerzos incesantes realizados por los equipos de búsqueda y de rescate para salvar vidas y reducir los daños en las zonas afectadas;

3.  Elogia las acciones de los Estados miembros que han prestado ayuda a las zonas afectadas, ya que la solidaridad europea se demuestra por la asistencia mutua en situaciones adversas;

4.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que revisen la planificación, las políticas de uso sostenible del suelo, las capacidades de absorción ecológica y las mejores prácticas a la luz del aumento del riesgo de inundaciones provocado por la forma de gestionar el suelo, los hábitats y los sistemas de evacuación de aguas, y que aumenten la capacidad de las infraestructuras de control de inundaciones y evacuación de aguas para limitar los daños causados por precipitaciones extremas;

5.  Pide a los Estados miembros y regiones afectadas por la catástrofe que presten especial atención al carácter sostenible de sus planes de reconstrucción respectivos y que examinen la viabilidad de inversiones a largo plazo dentro de las políticas de los Estados miembros en relación con la prevención de catástrofes y la respuesta a estas;

6.  Insta a los Estados miembros a que cumplan con los requisitos de la Directiva de la UE sobre inundaciones y a que la apliquen sin demora; insiste en que, en la gestión de la planificación territorial, se tengan en cuenta los mapas de riesgo de inundación; subraya que una prevención efectiva de las inundaciones debe basarse en estrategias transfronterizas; alienta a los Estados miembros vecinos a que intensifiquen su cooperación en cuanto a la manera de abordar la prevención de catástrofes naturales, asegurando que se aprovechen de la mejor manera posible los fondos de la UE asignados con esta finalidad;

7.  Pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que faciliten ayuda a las zonas afectadas por las repercusiones económicas y sociales de esta catástrofe lo más rápidamente posible;

8.  Reitera que un nuevo Reglamento del FSUE, basado en la propuesta de la Comisión (COM(2005)0108), es de imperiosa necesidad para abordar los problemas causados por las catástrofes naturales de manera más flexible y eficaz; censura que el Consejo haya bloqueado este expediente, pese a que el Parlamento hubiera aprobado su posición por abrumadora mayoría en primera lectura en mayo de 2006; insta a la Presidencia belga y a la Comisión a que busquen sin demora una solución que permita reactivar la revisión de dicho Reglamento, con miras a crear un instrumento más sólido y flexible, capaz de responder de forma efectiva a los nuevos retos que plantea el cambio climático;

9.  Pide a la Comisión que, tras la presentación por parte de las autoridades nacionales y regionales de sus planes de reconstrucción respectivos, adopte inmediatamente medidas que garanticen que el FSUE utilice los recursos financieros necesarios con la máxima rapidez, eficacia y flexibilidad;

10. Insta a la Comisión a que, aparte de movilizar el FSUE, se mantenga disponible y flexible para negociar con las autoridades nacionales y regionales la revisión de los programas operativos regionales para el período 2007-2013 financiados por el FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión; pide a la Comisión que efectúe dicha revisión cuanto antes;

11. Pide a la Comisión que tenga en cuenta las diferencias entre las regiones afectadas, que incluyen zonas montañosas y riberas de ríos, con el fin de ayudar a las víctimas de la mejor manera posible;

12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros y a las autoridades locales y regionales competentes de las zonas afectadas.