PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre Ucrania
19.10.2010
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos:
ALDE (B7‑0571/2010)
Verts/ALE (B7‑0575/2010)
ECR (B7‑0577/2010)
PPE (B7‑0578/2010)
Elmar Brok, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Michael Gahler, Ioannis Kasoulides, György Schöpflin, Lena Kolarska-Bobińska, Joachim Zeller, Vytautas Landsbergis, Cristian Dan Preda, Traian Ungureanu, Jacek Protasiewicz, Inese Vaidere en nombre del Grupo PPE
Johannes Cornelis van Baalen, Adina-Ioana Vălean, Ramon Tremosa i Balcells en nombre del Grupo ALDE
Werner Schulz, Rebecca Harms en nombre del Grupo Verts/ALE
Charles Tannock en nombre del Grupo ECR
Resolución del Parlamento Europeo sobre Ucrania
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre Ucrania,
– Vista la Resolución 1755 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, aprobada el 5 de octubre de 2010, sobre el funcionamiento de las instituciones democráticas en Ucrania,
– Visto el informe de la Comisión de Seguimiento de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, aprobado el 9 de septiembre de 2010;
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo sobre Ucrania de 16 de septiembre de 2010,
– Vistas la declaración y las recomendaciones de la 14ª reunión de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Ucrania, celebrada los días 22 y 23 de marzo de 2010 en Bruselas,
– Vistas las modificaciones introducidas a última hora en la ley electoral por el Parlamento de Ucrania en junio de 2010, poco antes de la celebración de las elecciones locales,
– Vista la Declaración Conjunta adoptada en la Cumbre UE-Ucrania celebrada en Kiev el 4 de diciembre de 2009,
– Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de Praga de la Asociación Oriental, de 7 de mayo de 2009,
– Vistos el Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre la Unión Europea y Ucrania, que entró en vigor el 1 de marzo de 1998, y las negociaciones en curso sobre el acuerdo de asociación destinado a sustituir al ACC,
– Visto el Programa indicativo nacional 2011-2013 para Ucrania,
– Visto el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,
A. Considerando que Ucrania es un país europeo de importancia estratégica para la UE; que las dimensiones, los recursos, la población y la situación geográfica de Ucrania hacen que este país ocupe una posición particular en Europa y lo convierten en un interlocutor regional determinante,
B. Considerando que el recién elegido Presidente de Ucrania, Víktor Yanukóvich, así como el Parlamento ucraniano (Verjovna Rada) han confirmado la determinación de Ucrania de adherirse a la Unión Europea,
C. Considerando las denuncias de que en los últimos meses se han visto amenazadas libertades democráticas como la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de prensa,
D. Considerando que desde las elecciones presidenciales hay indicios cada vez preocupantes de erosión de la democracia y el pluralismo, como se observa, en especial, en el trato dispensado a algunas ONG y en protestas individuales de periodistas por la presión ejercida sobre ellos por los directores o propietarios de empresas de comunicación para que cubran o dejen de cubrir determinados acontecimientos, así como en la creciente actividad de motivación política del Servicio de Seguridad de Ucrania y el uso indebido de recursos administrativos y judiciales para fines políticos,
E. Considerando que la resolución dictada por el Tribunal Constitucional de Ucrania el 1 de octubre de 2010 restablece el sistema presidencialista de gobernanza; considerando que debe seguir siendo prioritario establecer un sistema democrático, efectivo y duradero de controles y equilibrios y que el proceso para ello debe ser abierto, incluyente y accesible para todos los partidos políticos y actores de Ucrania,
F. Considerando que el 31 de octubre de 2010 se celebrarán en Ucrania elecciones locales y regionales; que han sido objeto de crítica determinados aspectos de la organización de estas elecciones;
G. Considerando que el Representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación afirmó el 13 de octubre de 2010 que Ucrania ha logrado un alto nivel de libertad de prensa, pero que debe adoptar medidas urgentes para salvaguardarla, y pidió al Gobierno ucraniano que se abstenga de intentar influir en el contenido de los medios de comunicación o censurarlo y que se atenga a las normas internacionales sobre libertad de prensa y los compromisos de la OSCE en este ámbito,
1. Hace hincapié en que Ucrania mantiene fuertes vínculos históricos, culturales y económicos con la Unión Europea y es uno de sus socios clave entre los países vecinos del Este, pues ejerce una notable influencia en la seguridad, la estabilidad y la prosperidad de todo el continente;
2. Manifiesta su preocupación por el creciente número de denuncias y noticias creíbles según las cuales en los últimos meses se han visto amenazados derechos y libertades democráticos, como la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de prensa;
3. Pide a las autoridades que investiguen exhaustivamente todas las noticias de violaciones de derechos y libertades y pongan remedio a todas las violaciones que se constaten, y que investiguen el papel del Servicio de Seguridad de Ucrania en relación con interferencias en el proceso democrático;
4. Expresa su preocupación ante acontecimientos recientes que podrían mermar la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación; pide a las autoridades que tomen todas las medidas necesarias para proteger estos aspectos esenciales de una sociedad democrática y que se abstengan de intentar controlar, directa o indirectamente, el contenido de la información de los medios de comunicación nacionales; destaca la urgente necesidad de una reforma de la legislación relativa a los medios de comunicación y acoge con satisfacción, por lo tanto, la reciente propuesta relativa al servicio de radiodifusión pública de Ucrania; acoge con satisfacción las garantías públicas dadas por las autoridades ucranianas de que el marco jurídico necesario para establecer un servicio público de radiodifusión estará listo a finales de año; pide las autoridades que garanticen que no se revoquen selectivamente las frecuencias de radiodifusión mediante resoluciones judiciales y que se revisen todas las decisiones o nombramientos que puedan dar lugar a conflictos de intereses;
5. Pide al Gobierno ucraniano que adapte la legislación sobre libertad de prensa a las normas de la OSCE;
6. Manifiesta su preocupación por el uso de la violencia para disolver manifestaciones pacíficas organizadas en mayo y junio pasados contra la construcción supuestamente ilegal de una carretera a través del parque Gorki en Járkiv como parte de los preparativos de la Copa de Europa 2012 de fútbol, en las que las fuerzas de seguridad acosaron y detuvieron a activistas;
7. Lamenta que la normativa electoral siga siendo un tema de debate permanente y señala que la OSCE/OIDDH considera que la actual ley electoral, en su versión modificada en agosto de 2010, es un paso atrás respecto de la anterior normativa y ha creado un marco jurídico confuso e incompleto; pide a las autoridades que garanticen una composición equilibrada de la administración electoral a todos los niveles, incluidos los cargos superiores; recomienda a las autoridades que estudien la posibilidad de adoptar nuevas medidas para fomentar la confianza de candidatos y votantes en el proceso electoral, como admitir al proceso electoral a movimientos políticos consolidados con la denominación que elijan y garantizar una distinción clara entre listas de candidatos; celebra, por consiguiente, la iniciativa de las autoridades ucranianas de invitar a misiones internacionales para que observen estas elecciones y examinen atentamente lo que efectivamente ocurra;
8. Pone de relieve la necesidad de reforzar la credibilidad, la estabilidad, la independencia y la eficacia de las instituciones, garantizando de este modo la democracia y el Estado de Derecho y promoviendo un proceso de reforma constitucional consensuado sobre la base de una clara separación de poderes y un sistema efectivo de controles y equilibrios entre las instituciones del Estado; destaca que la cooperación con la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venencia) es crucial para garantizar que los paquetes de reforma legislativa que se están debatiendo sean plenamente conformes con las normas y valores europeos; pide a todas las esferas políticas interesadas, concretamente al Gobierno y a la oposición, que participen en este proceso, y pide a las autoridades ucranianas que soliciten a la Comisión de Venecia su opinión sobre las versiones finales de los proyectos de ley;
9. Insta a la Comisión y al Consejo a que acuerden un programa de trabajo para la introducción de un régimen de viajes sin visado para los ucranianos, incluido el objetivo intermedio de eliminar las tasas de visado existentes; insiste, no obstante, en que deben cumplirse los requisitos establecidos en cualquier acuerdo de este tipo; confía en que la consolidación de la evolución democrática en Ucrania facilite este proceso;
10. Destaca la importancia crucial del proceso de integración europea de Ucrania para proseguir las reformas económicas, sociales y políticas de este país; espera, por consiguiente, que se hagan progresos sustanciales en la próxima Cumbre UE-Ucrania, que se celebrará el 22 de noviembre de 2010 en Bruselas, para avanzar hacia la rápida conclusión de un acuerdo de asociación; pide, por tanto, a la Comisión y a Ucrania que redoblen los esfuerzos de ejecución de la Agenda de Asociación UE-Ucrania;
11. Expresa su preocupación ante los casos de violencia e intimidación de periodistas y la desaparición, el 11 de agosto de 2010, de Vasili Kliméntiev, reportero de Novy Stil; confía en que las autoridades ucranianas tomarán todas las medidas necesarias para llevar a cabo la investigación sobre su desaparición;
12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Gobierno y al Parlamento de Ucrania y a las Asambleas Parlamentarias del Consejo de Europa y de la OSCE.