PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre las amenazas nucleares y los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
12.3.2013 - (2013/2565(RSP))
para sustituir a las propuestas de resoluciones presentadas por los siguientes grupos:
ALDE (B7‑0132/2013)
PPE (B7‑0134/2013)
ECR (B7‑0135/2013)
S&D (B7‑0136/2013)
GUE/NGL (B7‑0137/2013)
Verts/ALE (B7‑0138/2013)
José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Elmar Brok, Herbert Reul, Ria Oomen-Ruijten, Arnaud Danjean, Michael Gahler, Laima Liucija Andrikienė, Tunne Kelam, Eduard Kukan, Krzysztof Lisek, Elena Băsescu, Marietta Giannakou, Cristian Dan Preda, Andrzej Grzyb, Roberta Angelilli, Anne Delvaux, Peter Šťastný, Radvilė Morkūnaitė-Mikulėnienė en nombre del Grupo PPE
Véronique De Keyser, Libor Rouček, George Sabin Cutaş, Ana Gomes, Richard Howitt, Liisa Jaakonsaari, Maria Eleni Koppa, David Martin en nombre del Grupo S&D
Jelko Kacin, Leonidas Donskis, Ramon Tremosa i Balcells, Louis Michel, Marielle de Sarnez, Robert Rochefort, Edward McMillan-Scott, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Marietje Schaake, Graham Watson, Kristiina Ojuland, Alexander Graf Lambsdorff en nombre del Grupo ALDE
Barbara Lochbihler, Tarja Cronberg, Gerald Häfner en nombre del Grupo Verts/ALE
Charles Tannock, Anna Rosbach, Paweł Robert Kowal en nombre del Grupo ECR
Helmut Scholz en nombre del Grupo GUE/NGL
Resolución del Parlamento Europeo sobre las amenazas nucleares y los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la República Popular Democrática de Corea (RPDC),
– Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores celebrado el 18 de febrero de 2013 sobre la RPDC,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1718 (2006), 1874 (2009), 2087 (2013), 2094 (2013), 825 (1993), 1540 (2004), 1695 (2006) y 1887 (2009),
– Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos y todos los instrumentos internacionales pertinentes en materia de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado y ratificado por la RPDC,
– Vista la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1984,
– Vista las resoluciones pertinentes del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en particular la Resolución, aprobada por consenso el 19 de marzo de 2012, sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea,
– Visto el informe, de 1 de febrero de 2013, del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, Marzuki Darusman,
– Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,
A. Considerando que el Consejo de la Unión Europea y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas han condenado el lanzamiento por parte de la RPDC el 12 de diciembre de 2012, utilizando tecnologías de misiles balísticos, y la prueba nuclear efectuada el 12 de febrero de 2013, que contraviene claramente sus obligaciones internacionales derivadas de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y que representa una amenaza grave para la paz y la seguridad internacionales;
B. Considerando que la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, junto con sus vectores, supone una amenaza para la paz y la seguridad internacionales; que la RPDC se retiró del Tratado de no Proliferación de Armas Nucleares (TNP) en 2003, está efectuando pruebas nucleares desde 2006 y que en 2009 anunció oficialmente que había desarrollado un arma nuclear; considerando que la continuación del programa nuclear y del programa de misiles balísticos, ambos ilegales, representa un desafío al régimen internacional de no proliferación nuclear y puede agravar las tensiones regionales;
C. Considerando que esto no contribuye a la realización del objetivo proclamado por la RPDC de mejorar su seguridad; considerando que el país, con su economía centrada en el aspecto militar, dista mucho de alcanzar su objetivo declarado de llegar a ser una nación fuerte y próspera, y en lugar de ello está cada vez más aislada y está empobreciendo cada vez más a su pueblo debido a su búsqueda de armas de destrucción masiva y sus vectores;
D. Considerando que la RPDC ha revocado recientemente el Tratado de Armisticio firmado con la República de Corea y ha cerrado la línea de comunicación directa entre Pyongyang y Seúl; considerando que la península de Corea lleva sufriendo tensiones y confrontaciones militares desde hace décadas; considerando que la UE apoya firmemente la desnuclearización de la península de Corea y estima que la reanudación de las Conversaciones entre Seis Partes es esencial para la paz y la estabilidad en la región;
E. Considerando que el régimen de la RPDC no ha cooperado con las Naciones Unidas y ha rechazado todas las Resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de las Naciones Unidas relativas a los derechos humanos en Corea del Norte; que no ha cooperado con el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en el país y ha rechazado toda ayuda por parte de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;
F. Considerando que la Unión Europea defiende y promueve los derechos humanos y la democracia en el mundo; que la situación de los derechos humanos y la situación humanitaria en la RPDC siguen siendo muy alarmantes; considerando que el Gobierno de la RPDC no permite la existencia de una oposición política organizada, las elecciones libres y justas, la libertad de los medios de comunicación, la libertad religiosa, la libertad de asociación, la libertad de expresión ni la libertad de circulación;
G. Considerando que el sistema judicial está al servicio del Estado y que la pena de muerte se aplica a un amplio abanico de delitos contra el Estado y es objeto de ampliación periódica por el Código Penal, y que se obliga a los ciudadanos, incluidos los niños, a asistir a ejecuciones públicas; considerando que las autoridades estatales de la RPDC cometen sistemáticamente ejecuciones extrajudiciales y detenciones arbitrarias y están implicadas en desapariciones, incluidos los secuestros de ciudadanos extranjeros y el internamiento de más de 200 000 personas en cárceles y campos de «reeducación»;
H. Considerando que los ciudadanos de la RPDC desde hace varias décadas han estado sufriendo las consecuencias del subdesarrollo, con una deficiente atención sanitaria y unos elevados niveles de malnutrición materna e infantil, en un contexto de aislamiento político y económico, catástrofes naturales recurrentes y aumentos mundiales del precio de los alimentos y del petróleo; que buena parte de la población pasa hambre y depende en gran medida de la ayuda alimentaria internacional; que la escasez de alimentos y la hambruna tienen repercusiones significativas sobre un amplio espectro de derechos humanos; y considerando que decenas de miles de norcoreanos han huido a China, abandonando su país escapando del hambre y la represión generalizadas;
Amenazas nucleares
1. Condena los ensayos nucleares y los lanzamientos de misiles llevados a cabo por la RPDC e insta al país a que se abstenga de otras acciones de provocación, que suspenda todas las actividades relacionadas con el programa de misiles balísticos y abandone por completo e irreversiblemente sus programas nucleares en curso; pide a la RPDC que firme y ratifique sin demora el Tratado para la Prohibición Total de las Pruebas Nucleares;
2. Condena el anuncio oficial de la RPDC de que el país se reserva el derecho de llevar a cabo un ataque nuclear preventivo; pide a la RPDC que cumpla la Carta de las Naciones Unidas, que obliga a sus miembros a abstenerse de la amenaza o del uso de la fuerza contra cualquier otro Estado;
3. Lamenta el hecho de que la RPDC haya roto el pacto de no agresión con la República de Corea, haya cerrado su línea directa con Seúl y haya cerrado su paso fronterizo común, colocando a sus tropas de primera línea en estado de alerta ante una posible guerra; celebra el refuerzo adicional de las sanciones por parte del Consejo de la UE y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobado por votación el 7 de marzo de 2013 tras el último ensayo nuclear; pide a la RPDC que opte por una vía constructiva comprometiéndose con la comunidad internacional, lo que conduciría a la estabilidad regional y mejoraría el bienestar de la población de Corea del Norte;
4. Insta a la RPDC a que restablezca sus compromisos anteriores de imponer una moratoria a los lanzamientos de misiles, se reincorpore al Tratado de No Proliferación, que constituye la piedra angular del sistema de no proliferación nuclear y es la base para continuar con el desarme nuclear y un uso de la energía nuclear para fines pacíficos; destaca la necesidad de intensificar los esfuerzos para fortalecer el Tratado de no Proliferación de Armas Nucleares; recuerda que la Declaración final de la Conferencia de Revisión del Tratado de No Proliferación expresa «su profunda preocupación por las consecuencias humanitarias catastróficas de cualquier uso de las armas nucleares» y reitera «la necesidad de que todos los Estados en todo momento cumplan con la legislación internacional aplicable, incluido el Derecho humanitario internacional»;
5. Afirma su deseo de que se dé una solución diplomática y política a la cuestión nuclear de la RPDC; reitera su apoyo a las Conversaciones entre Seis Partes y pide la reanudación de las mismas; insta a todos los participantes de las Conversaciones entre Seis Partes a que intensifiquen sus esfuerzos; pide a la RPDC que, en un espíritu constructivo, restablezca el contacto con la comunidad internacional y, en particular, con los participantes de las Conversaciones entre Seis Partes, a fin de trabajar en pro de una paz duradera y de la seguridad en una península de Corea desnuclearizada, y que garantice del mejor modo posible un futuro próspero y estable para la RPDC;
6. Pide a la República Popular China —como miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y principal socio comercial de la República Popular Democrática de Corea— que ejerza su influencia sobre la RPDC para garantizar que no se agrave más el conflicto, y toma nota del apoyo de la república Popular de China a la Resolución 2094 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; toma nota del consenso entre los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su reacción al reciente ensayo nuclear de la RPDC;
7. Subraya en este contexto la necesidad de intensificar los esfuerzos a escala mundial con miras al desarme nuclear, y pide la adopción de medidas provisionales y de restablecimiento de la confianza;
Derechos humanos
8. Expresa su máxima preocupación ante la situación de deterioro de la situación de los derechos humanos en la RPDC, que ha sido descrita por los Relatores Especiales, anterior y actual, de las Naciones Unidas para Corea del Norte como una categoría específica, dado el carácter extremo, generalizado y sistemático de las violaciones de estos derechos, que posiblemente constituyan crímenes contra la humanidad; pide a la RDPC que entable con la Unión Europea un diálogo con contenido sobre derechos humanos;
9. Pide al Gobierno de la RPDC que cumpla sus obligaciones derivadas de los instrumentos de derechos humanos de los que es parte y que garantice que las organizaciones humanitarias, los observadores independientes de los derechos humanos y el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la RPDC tengan acceso al país y cuenten con la cooperación necesaria;
10. Celebra la creación de una comisión de investigación de las Naciones Unidas para la RPDC, propuesta por la Unión Europea y Japón;
11. Pide al Gobierno que declare una moratoria de todas las ejecuciones, con vistas a la abolición de la pena de muerte en un futuro próximo; pide a la RPDC que ponga fin a las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzosas, que libere a los presos políticos y que permita a sus ciudadanos viajar libremente dentro y fuera del país; pide a la RPDC que permita la libertad de expresión y la libertad de prensa a los medios de comunicación nacionales e internacionales, así como el acceso no censurado a Internet a sus ciudadanos;
12. Manifiesta su especial preocupación ante la gravedad de la situación alimentaria a la que se enfrenta el país y sus repercusiones para los derechos económicos, sociales y culturales de la población; pide a la Comisión que mantenga los programas de ayuda humanitaria en curso y los canales de comunicación abiertos con la RPDC y que garantice que la ayuda llegue de forma segura a la población a la que va dirigida; pide a las autoridades de la RPDC que garanticen el acceso a los alimentos y a la ayuda humanitaria a todos los ciudadanos en función de sus necesidades, de conformidad con los principios humanitarios;
13. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos, al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea, al Gobierno de la República de Corea, al Gobierno de la República Popular China, al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea y al Secretario General de las Naciones Unidas..