Propuesta de resolución común - RC-B7-0334/2013Propuesta de resolución común
RC-B7-0334/2013

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre el acuerdo político sobre el Marco Financiero Plurianual 2014-2020

2.7.2013 - (2012/2799(RSP))

presentada de conformidad con el artículo 110, apartados 2 y 4, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos:
ALDE (B7‑0334/2013)
PPE, S&D (B7‑0340/2013)

Joseph Daul, Alain Lamassoure, Jean-Luc Dehaene en nombre del Grupo PPE
Hannes Swoboda, Ivailo Kalfin en nombre del Grupo S&D
Guy Verhofstadt, Anne E. Jensen en nombre del Grupo ALDE


Procedimiento : 2012/2799(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B7-0334/2013
Textos presentados :
RC-B7-0334/2013
Debates :
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre el acuerdo político sobre el Marco Financiero Plurianual 2014-2020

(2012/2799(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vistos los artículos 310, 311, 312 y 323 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–   Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2012, para facilitar un desenlace positivo del procedimiento de aprobación del Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020[1],

–   Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2013, sobre las conclusiones del Consejo Europeo de los días 7 y 8 de febrero sobre el Marco Financiero Plurianual[2],

–   Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo adoptadas el 8 de febrero de 2013,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo adoptadas el 28 de junio de 2013,

–   Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

1.  Acoge con satisfacción el acuerdo político alcanzado el 27 de junio de 2013 al más alto nivel político entre el Parlamento, la Presidencia del Consejo y la Comisión sobre el Marco Financiero Plurianual (MFP) 2014-2020, tras largas y arduas negociaciones; reconoce los esfuerzos significativos realizados por la Presidencia irlandesa por alcanzar este acuerdo;

2.  Destaca el hecho de que —gracias a la perseverancia del Parlamento durante las negociaciones— se han adoptado por vez primera una serie de disposiciones que resultarán decisivas para que el nuevo marco financiero sea operativo, coherente, transparente y receptivo a las necesidades de los ciudadanos de la UE; hace particular hincapié en las nuevas disposiciones en materia de revisión del MFP, flexibilidad, recursos propios y unidad y transparencia del presupuesto, que constituían prioridades clave para el Parlamento durante las negociaciones;

3.  Se declara dispuesto a someter a votación el Reglamento sobre el MFP y el nuevo Acuerdo Interinstitucional a principios del otoño, en cuanto se hayan cumplido las condiciones técnicas y jurídicas necesarias para la finalización de los textos pertinentes, de tal forma que estos reflejen el acuerdo global alcanzado entre el Consejo y el Parlamento;

4.  Reitera, no obstante, su posición, enunciada en la mencionada Resolución sobre el MFP, de 13 de marzo de 2013, de que no podrá emitirse un voto de aprobación con respecto al Reglamento sobre el MFP si no existe una garantía absoluta de que se cubrirán todas las solicitudes de pago pendientes para 2013; espera, por tanto, del Consejo que adopte una decisión formal sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2013 por valor de 7 300 millones de euros, a más tardar en el Consejo Ecofin previsto para el 9 de julio de 2013; insiste en que el Consejo se atenga a su compromiso político de aprobar sin demora otro presupuesto rectificativo para evitar cualquier déficit de créditos de pago que pudiera dar lugar a un déficit estructural en el presupuesto de la UE a finales de 2013; indica que el Parlamento no dará su aprobación al MFP ni adoptará el Presupuesto 2014 hasta que el Consejo no haya aprobado ese nuevo presupuesto rectificativo para subsanar el déficit restante identificado por la Comisión;

5.  Subraya, además, que no es posible adoptar legalmente el Reglamento sobre el MFP si no existe un acuerdo político sobre los fundamentos jurídicos pertinentes, sobre todo en relación con aquellos puntos que también quedan reflejados en el Reglamento sobre el MFP; se declara dispuesto a concluir cuanto antes las negociaciones sobre los fundamentos jurídicos de todos los programas plurianuales y confirma una vez más su adhesión al principio de que «nada está acordado hasta que todo está acordado»; insiste en que se respeten plenamente las competencias legislativas conferidas al Parlamento en virtud del Tratado de Lisboa y pide al Consejo que negocie adecuadamente todas las partes de los fundamentos jurídicos relacionadas con el MFP; acoge con satisfacción los acuerdos políticos alcanzados hasta la fecha sobre varios programas nuevos de la UE de carácter plurianual;

6.  Reconoce la consolidación fiscal que están afrontando los Estados miembros; considera, no obstante, que el nivel global del próximo MFP, decidido por el Consejo Europeo, no llega a la altura de los objetivos políticos de la UE y de la necesidad de garantizar la aplicación satisfactoria de la Estrategia Europa 2020; manifiesta que este nivel de recursos pudiera no bastar para dotar a la UE de los medios necesarios para recuperarse de la actual crisis de forma coordinada y de salir reforzada de la misma; deplora que los Estados miembros sigan subestimando el papel del presupuesto de la UE así como su contribución a la hora de reforzar la gobernanza económica y la coordinación fiscal en toda la UE; expresa además sus temores de que unos límites máximos tan bajos en el MFP reduzcan de forma significativa cualquier margen de maniobra de que pueda disponer el Parlamento en los procedimientos presupuestarios anuales;

7.  Destaca la importancia de una revisión obligatoria y la consiguiente reforma del MFP antes de finales de 2016, a fin de permitir que la Comisión y el Parlamento próximos reevalúen las prioridades políticas de la UE, adapten el MFP a los nuevos retos y necesidades y tengan plenamente en cuenta las proyecciones macroeconómicas más recientes; insiste en que la revisión obligatoria que debe llevar a cabo la Comisión tanto de los gastos como de los ingresos del presupuesto de la UE vaya acompañada de una propuesta legislativa de reforma del Reglamento sobre el MFP, tal como figura en la declaración de la Comisión que se adjunta a dicho Reglamento; expresa su propósito de convertir esta reforma obligatoria del MFP en una exigencia clave para la investidura del nuevo Presidente de la Comisión;

8.  Reitera la crucial importancia del mayor grado de flexibilidad en el MFP 2014-2020 con miras a aprovechar plenamente los correspondientes límites máximos del MFP para los compromisos (960 000 millones de euros) y los pagos (908 400 millones de euros), con arreglo a la exigencia del Consejo Europeo; aplaude, por tanto, la aprobación por parte del Consejo de dos propuestas clave presentadas por el Parlamento, a saber la creación de un margen global para los pagos y de un margen global para los compromisos, lo cual permitirá la prórroga automática de créditos no utilizados de un ejercicio al siguiente; considera deplorables, no obstante, las limitaciones impuestas por el Consejo (en términos de plazos o importes), que pueden impedir el pleno aprovechamiento de estos instrumentos; considera que la mejora de estos mecanismos debe formar parte integrante de la reforma postelectoral del MFP que ha de proponer la Comisión;

9.  Hace hincapié en que las nuevas normas de flexibilidad aplicables a los compromisos deben dar lugar, durante el período de vigencia del MFP 2014-2020, a unos créditos adicionales para los programas vinculados al crecimiento y al empleo, y en particular a la Iniciativa de Empleo Juvenil, a fin de garantizar la continuidad de la financiación y maximizar la utilización eficaz de los límites máximos acordados;

10. Acoge con satisfacción el anticipo de créditos para la Iniciativa de Empleo Juvenil durante el período 2014/2015 e insiste en que a partir de 2016 se requerirán créditos adicionales para garantizar la sostenibilidad y la eficacia de este programa;

11. Subraya que, gracias a la insistencia del Parlamento, también se anticiparán fondos para Horizonte 2020, Erasmus y COSME durante el período 2014/2015, a fin de reducir la brecha de financiación entre los créditos pertinentes en los presupuestos de 2013 y 2014; insiste, además, en que es esencial que se siga previendo asimismo financiación para la Agenda Digital;

12. Acoge con satisfacción el hecho de que se haya previsto un incremento adicional de hasta 1 000 millones de euros para el programa de distribución de alimentos para aquellos Estados miembros que deseen utilizarlo para atender a las personas más necesitadas de la Unión; espera que el Consejo y el Parlamento acuerden cuanto antes las modalidades concretas de ejecución de este compromiso en el contexto de las negociaciones en curso sobre el fundamento jurídico para el programa en cuestión;

13. Deplora que el Consejo no haya sido capaz de avanzar en la reforma del sistema de recursos propios sobre la base de las propuestas legislativas presentadas por la Comisión; subraya que el presupuesto de la UE debe financiarse mediante recursos verdaderamente propios, tal como prevé el Tratado, y expresa su compromiso para con una reforma por la que se reduzca la cuota de contribuciones al presupuesto de la UE sobre la base de la RNB a un 40 % como máximo; aguarda, en consecuencia, con interés la Declaración conjunta sobre los recursos propios acordada entre las tres instituciones de la UE, para que puedan lograrse avances tangibles, sobre todo en la perspectiva de la revisión/reforma intermedia del MFP; pide, por tanto, que se convoque sin demora el grupo de alto nivel sobre recursos propios en el momento de la adopción formal del Reglamento MFP con el mandato de examinar todos los aspectos de la reforma del sistema de recursos propios;

14. Acoge con satisfacción el resultado de las negociaciones sobre la unidad y transparencia del presupuesto de la UE; considera que cualquier posible «presupuesto para la zona del euro» que quepa prever en el futuro debe integrarse en el presupuesto de la UE o adjuntarse al mismo;

15. Considera deplorable en grado sumo el procedimiento que condujo a este acuerdo sobre el MFP 2014-2020, que en realidad tuvo como efecto que se privase al Parlamento de las genuinas competencias presupuestarias que le son conferidas en virtud del TFUE; opina que las numerosas reuniones celebradas en los últimos años entre su delegación y las sucesivas presidencias del Consejo al margen de las reuniones pertinentes del Consejo de Asuntos Generales, así como su participación en reuniones informales del Consejo para tratar del MFP no tuvieron una finalidad clara, ya que no incidieron en el espíritu, el calendario o el contenido de las negociaciones ni tampoco en la posición del Consejo, incluida la necesidad de diferenciar los aspectos legislativos del acuerdo sobre el MFP, de los aspectos presupuestarios;

16. Pide, por tanto, a su Comisión de Presupuestos que, en cooperación con su Comisión de Asuntos Constitucionales, extraiga las conclusiones necesarias y presente nuevas propuestas sobre las modalidades de dichas negociaciones, a fin de garantizar el carácter democrático y transparente de la totalidad del procedimiento presupuestario;

17. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y a las demás instituciones y organismos interesados.