Propuesta de resolución común - RC-B8-1285/2016Propuesta de resolución común
RC-B8-1285/2016

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre la situación en Italia después de los seísmos

28.11.2016 - (2016/2988(RSP))

presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de Resolución presentadas por los siguientes grupos:
PPE (B8-1285/2016)
Verts/ALE (B8-1286/2016)
S&D (B8-1288/2016)
EFDD (B8-1289/2016)
ECR (B8-1291/2016)
ALDE (B8-1294/2016)
GUE/NGL (B8-1296/2016)

Lambert van Nistelrooij, Salvatore Cicu, Antonio Tajani, Elisabetta Gardini, Ramón Luis Valcárcel Siso, Alessandra Mussolini, Lara Comi, Fernando Ruas, Lorenzo Cesa, Daniel Buda, Franc Bogovič en nombre del Grupo PPE
Constanze Krehl, Mercedes Bresso, Gianni Pittella, Elena Gentile, Enrico Gasbarra, Andrea Cozzolino, Damiano Zoffoli, Silvia Costa, Nicola Danti, Paolo De Castro, Michela Giuffrida, Roberto Gualtieri, David-Maria Sassoli, Iratxe García Pérez, Viorica Dăncilă, Demetris Papadakis, Tonino Picula, Victor Boştinaru en nombre del Grupo S&D
Raffaele Fitto, Remo Sernagiotto, Ruža Tomašić en nombre del Grupo ECR
Ivan Jakovčić, Iskra Mihaylova, Urmas Paet, Viktor Uspaskich, Hilde Vautmans, Frédérique Ries en nombre del Grupo ALDE
Curzio Maltese, Eleonora Forenza, Barbara Spinelli, Patrick Le Hyaric, Merja Kyllönen, Fabio De Masi, Stelios Kouloglou, Estefanía Torres Martínez, Tania González Peñas, Xabier Benito Ziluaga, Lola Sánchez Caldentey, Miguel Urbán Crespo en nombre del Grupo GUE/NGL
Davor Škrlec, Bronis Ropė, Igor Šoltes en nombre del Grupo Verts/ALE
Rosa D’Amato, Laura Agea, Fabio Massimo Castaldo, Daniela Aiuto, Isabella Adinolfi, Piernicola Pedicini, Eleonora Evi en nombre del Grupo EFDD


Procedimiento : 2016/2988(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B8-1285/2016
Textos presentados :
RC-B8-1285/2016
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Italia después de los seísmos

(2016/2988(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

–  Vistos el artículo 174, el artículo 175, párrafo tercero, y el artículo 212 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 661/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, que modifica el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo[1],

–  Visto el Reglamento (UE) 2016/369 del Consejo, de 15 de marzo de 2016, relativo a la prestación de asistencia urgente en la Unión[2],

–  Vistos el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[3] y el Reglamento (UE) n.º 661/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, que modifica el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[4],

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 375/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, por el que se crea el Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria («iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE»)[5],

–  Visto el Reglamento (CE) n. º 1257/96 del Consejo, de 20 de junio de 1996, sobre la ayuda humanitaria[6],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 11 de abril de 2011, sobre el desarrollo ulterior de la evaluación de riesgos para la gestión de catástrofes en la Unión Europea,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, en las que se pide el fortalecimiento de las capacidades de protección civil mediante un sistema europeo de ayuda mutua basado en el planteamiento modular de la protección civil (16474/08),

–  Visto el informe de la Comisión titulado «Informe anual del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea de 2014» (COM(2015)0502),

–  Vista su Resolución, de 14 de noviembre de 2007, sobre las repercusiones regionales de los seísmos[7],

–  Vista su Resolución, de 19 de junio de 2008, sobre el refuerzo de la capacidad de reacción de la Unión Europea en caso de catástrofes[8],

–  Vista su Resolución, de 8 de octubre de 2009, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea: Terremoto de Italia (Abruzzo) (COM(2009)0445 – C7-0122/2009 – 2009/2083(BUD))[9],

–  Vista su Resolución, de 15 de enero de 2013, sobre el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, ejecución y aplicación[10],

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 28 de noviembre de 2013, sobre el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[11],

–  Vistas las preguntas a la Comisión sobre la situación en Italia después de los seísmos (O-000139/2016 – B8-1812/2016, O-000140/2016 – B8-1813/2016 y O-000141/2016 – B8-1814/2016),

–  Visto el Informe Especial n.º 24/2012 del Tribunal de Cuentas titulado «La respuesta del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea al terremoto de Abruzo de 2009: pertinencia y coste de las operaciones»,

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que, tras el devastador seísmo que azotó el centro de Italia el 24 de agosto de 2016, otros tres fuertes seísmos, junto con una serie de temblores, sacudieron varias regiones del centro de Italia, con magnitudes de 5,5 y 6,1 el 26 de octubre y de 6,5 el 30 de octubre;

B.  Considerando que en los últimos meses los seísmos y las réplicas han seguido sacudiendo el centro de Italia; que el terremoto del 30 de octubre, el más reciente, fue el seísmo más fuerte que ha sacudido al país en más de tres décadas, y ha arrasado completamente localidades enteras, llevado al borde de la desesperación a un gran número de habitantes de las zonas afectadas y causado múltiples daños indirectos en las zonas circundantes;

C.  Considerando que, según diversas informaciones, los seísmos recientes se han saldado con más de 400 heridos y 290 víctimas mortales;

D.  Considerando que los devastadores seísmos están generando un efecto dominó, dando lugar al desplazamiento de hasta 100 000 habitantes;  

E.  Considerando que el impacto de los últimos seísmos ha devastado pueblos, dañado gravemente infraestructuras locales y regionales, destruido patrimonio histórico y cultural y afectado a actividades económicas, especialmente las de las pymes, la agricultura, los paisajes naturales y el potencial del turismo y la hostelería;  

F.  Considerando que los territorios afectados han sufrido una deformación que se extiende a lo largo de una superficie de unos 130 kilómetros cuadrados, con un desplazamiento máximo de al menos 70 centímetros, y que las impredecibles consecuencias hidrogeológicas podrían traducirse, en caso de condiciones invernales severas, en nuevas catástrofes naturales tales como inundaciones, corrimientos de tierras y daños acumulados;

G.  Considerando que algunos territorios de la Unión son más vulnerables y presentan un elevado riesgo sísmico; que estos territorios pueden incluso estar expuestos a reiteradas catástrofes naturales de varios tipos, transcurriendo en algunos casos menos de un año entre una y otra, con casos recientes en este sentido en Italia, Portugal, Grecia y Chipre;

H.  Considerando que los esfuerzos de reconstrucción sostenible han de ser coordinados adecuadamente a fin de compensar las pérdidas económicas y sociales, y que también debe prestarse una atención especial al patrimonio cultural italiano, de valor incalculable, mediante el impulso a proyectos internacionales y europeos orientados a la protección de los edificios y lugares históricos;

I.  Considerando que el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) fue creado por el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 para responder a las devastadoras inundaciones que afectaron a Europa central en el verano de 2002;

J.  Considerando que pueden utilizarse diversos instrumentos de la Unión, como los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, el mecanismo de protección civil y el instrumento financiero, para reforzar las medidas preventivas para hacer frente a los seísmos y acometer medidas de rehabilitación;

K.  Considerando que la reforma del FSUE de 2014 introdujo la posibilidad de que los Estados miembros solicitasen pagos anticipados, que la Comisión puede decidir conceder si se dispone de suficientes recursos; que, sin embargo, el importe del anticipo no puede exceder del 10 % del importe total previsto de la contribución financiera del FSUE ni ser superior a 30 millones EUR;

L.  Considerando que, a más tardar en un plazo de doce semanas a partir de que se constaten los primeros daños ocasionados por la catástrofe, el Estado afectado debe presentar a la Comisión una solicitud de contribución financiera del FSUE; que el Estado beneficiario es el responsable de la utilización de la subvención y del control financiero de la manera en la que esta se utiliza, aunque la Comisión puede efectuar controles in situ de las operaciones financiadas con cargo al FSUE;

M.  Considerando que el proceso de reconstrucción debe tener en cuenta las experiencias pasadas y que la base para una reconstrucción sostenible debe estar conformada por la máxima rapidez de actuación, unos recursos adecuados, la simplificación burocrática y la transparencia, así como la necesidad de dar seguridad y estabilidad a los residentes afectados para garantizar que puedan seguir viviendo en estas regiones;

N.  Considerando que la prevención debe representar una fase cada vez más importante del ciclo de gestión de catástrofes, adquiriendo una mayor relevancia social, y que requiere asimismo un cuidadoso programa de acción en materia de difusión de la información, sensibilización y educación;

O.  Considerando que las medidas de prevención de catástrofes actuales deben reforzarse de conformidad con las propuestas anteriores del Parlamento, con miras a consolidar la estrategia de prevención de las catástrofes naturales y de origen humano a escala de la Unión;

1.  Manifiesta su más profunda solidaridad y empatía a todas las personas afectadas por los seísmos y a sus familiares, así como a las autoridades nacionales, regionales y locales italianas encargadas de prestar auxilio a la población afectada por la catástrofe;

2.  Manifiesta su preocupación por el gran número de personas desplazadas expuestas a las duras condiciones meteorológicas del próximo invierno; pide a la Comisión, por consiguiente, que identifique todas las formas posibles de ofrecer a las autoridades italianas la ayuda necesaria para garantizar unas condiciones de vida dignas a las personas que se han quedado sin hogar;

3.  Alaba los esfuerzos incansables de las unidades de rescate, los servicios de protección civil, los voluntarios, las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades locales, regionales y nacionales en las zonas devastadas al objeto de salvar vidas, limitar los daños y garantizar unas actividades comunes básicas para mantener unas condiciones de vida dignas;

4.  Destaca las graves repercusiones económicas y sociales de los sucesivos seísmos y la destrucción que han dejado tras de sí;

5.  Subraya la gravedad de la situación que se vive sobre el terreno, que está suponiendo una considerable e intensa presión económica sobre las autoridades públicas nacionales, regionales y locales italianas;

6.  Se felicita del aumento del nivel de flexibilidad en el cálculo del déficit sobre el gasto relacionado con los seísmos concedido a Italia, con arreglo a los Tratados, con el fin de que pueda hacer frente a la actual situación de emergencia de manera rápida y eficaz, así como a las futuras intervenciones necesarias para proteger las zonas afectadas; pide asimismo al Gobierno italiano que vele por que todos los recursos adicionales facilitados se utilicen realmente con este objetivo preciso;

7.  Solicita a la Comisión, dada la excepcionalidad y gran gravedad de esta situación, que estudie la posibilidad de excluir del cálculo de los déficits nacionales en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento las inversiones relacionadas con la reconstrucción sostenible y la prevención de seísmos, incluidas las cofinanciadas mediante los Fondos EIE y asignadas al objetivo temático 5 («promover la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos»);

8.  Se felicita de la solidaridad expresada por las instituciones de la Unión, otros Estados miembros, regiones europeas y actores internacionales, de lo que da ejemplo la asistencia mutua en situaciones de emergencia;

9.  Destaca los problemas de previsión de los sistemas sísmicos y la importante actividad sísmica en la zona del Mediterráneo y el sudeste de Europa; pide a los Estados miembros que aceleren sus investigaciones en materia de prevención de daños, gestión de crisis y minimización de la magnitud del impacto de las catástrofes en conjunción con acciones en el marco del programa Horizonte 2020; observa con preocupación que miles de personas han muerto y cientos de miles han quedado sin hogar en los últimos 15 años a causa de los destructivos seísmos que han afectado a Europa;

10.  Recuerda la importancia de cumplir los requisitos en materia de construcción de edificios e infraestructuras que sean resistentes a los seísmos; insta a las autoridades nacionales, regionales y locales a que intensifiquen los esfuerzos para que las estructuras se ajusten a las normas vigentes en materia de seísmos y a que les presten la debida atención al conceder los permisos de construcción;

11.  Destaca la relevancia del Mecanismo de Protección Civil de la Unión a la hora de fomentar la cooperación entre las autoridades nacionales de protección civil de toda Europa en situaciones adversas y minimizar los efectos de los sucesos excepcionales; pide a la Comisión y a los Estados miembros que simplifiquen aún más los procedimientos de activación del Mecanismo con miras a disponer de él de una manera rápida y eficaz inmediatamente después de una catástrofe;

12.  Toma nota de la solicitud presentada por el Gobierno italiano para recibir financiación del Fondo de Solidaridad europeo y pide a la Comisión que adopte todas las medidas necesarias para analizar prontamente las solicitudes de asistencia con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) con vistas a garantizar su rápida movilización; destaca, en este sentido, la importancia de que los pagos anticipados a las autoridades nacionales se efectúen lo antes posible, para que puedan atender a las necesidades urgentes generadas por esta situación;

13.  Considera que la «presupuestación» parcial de la dotación financiera anual del FSUE prevista en el «Reglamento ómnibus» propuesto podría contribuir en el futuro a agilizar el procedimiento de movilización con vistas a dar una respuesta más temprana y efectiva a las personas afectadas por una catástrofe; pide asimismo a la Comisión que, en el marco de una posible futura reforma, estudie la viabilidad de incrementar el umbral de los pagos anticipados y abreviar los plazos de tramitación de las solicitudes;

14.  Destaca la importancia de crear sinergias entre todos los instrumentos disponibles, incluidos los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), y de garantizar que los recursos se utilicen de un modo eficaz en las actividades de reconstrucción y en todas las intervenciones necesarias restantes a través de una colaboración plena con las autoridades nacionales y regionales italianas; pide a la Comisión que esté preparada para adoptar modificaciones de los programas y programas operativos a tal fin tan pronto como sea posible después de la presentación de una solicitud de modificación por parte de un Estado miembro; señala también la posibilidad de usar el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) para apoyar a las zonas rurales y las actividades agrícolas que se hayan visto afectadas por los seísmos;

15.  Destaca, asimismo, la importancia tanto de optimizar el uso de la financiación de la Unión existente para invertir en la prevención de catástrofes naturales como de garantizar la consolidación y el desarrollo sostenible a largo plazo de proyectos de reconstrucción, y reitera la necesidad de simplificar los procedimientos administrativos para la coordinación de los fondos; subraya que, una vez reciban asistencia del FSUE, los Estados miembros en cuestión deben redoblar sus esfuerzos para desarrollar unas estrategias de gestión del riesgo adecuadas y reforzar sus mecanismos de prevención de catástrofes;

16.  Toma nota de la activación, a petición del Gobierno italiano, del servicio de gestión de emergencias Copernicus, al objeto de facilitar una evaluación por vía satélite de los daños en las zonas afectadas; alienta la cooperación entre los centros de investigación internacionales, y se felicita por el uso del radar de apertura sintética (SAR), que puede evaluar y medir movimientos de tierras con una precisión de centímetros a través de las nubes tanto de día como de noche, también con fines preventivos y de gestión del riesgo;

17.  Subraya la importancia de la investigación y el desarrollo (I+D) públicos en la prevención y la gestión de catástrofes, y pide que se incremente la coordinación y la cooperación entre las instituciones de I+D de los Estados miembros, en especial aquellos que tienen que hacer frente a riesgos similares; pide la mejora de los sistemas de alerta temprana en los Estados miembros y la creación y el refuerzo de los vínculos existentes entre los distintos sistemas de alerta temprana;

18.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno de Italia y a las autoridades locales y regionales de las zonas afectadas.