PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre la situación en Yemen
27.11.2017 - (2017/2849(RSP))
para sustituir a las propuestas de Resolución presentadas por los siguientes grupos:
ECR (B8‑0649/2017)
ALDE (B8‑0650/2017)
EFDD (B8‑0651/2017)
S&D (B8‑0652/2017)
GUE/NGL (B8‑0653/2017)
Verts/ALE (B8‑0654/2017)
PPE (B8‑0655/2017)
Cristian Dan Preda, Tunne Kelam, José Ignacio Salafranca Sánchez‑Neyra, David McAllister, Sandra Kalniete, Dubravka Šuica, Lorenzo Cesa, Manolis Kefalogiannis, Daniel Caspary en nombre del Grupo PPE
Elena Valenciano, Victor Boştinaru, Knut Fleckenstein en nombre del Grupo S&D
Charles Tannock en nombre del Grupo ECR
Marietje Schaake, Izaskun Bilbao Barandica, Ilhan Kyuchyuk, Valentinas Mazuronis, Javier Nart, Norica Nicolai, Urmas Paet, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, Ivo Vajgl, Hilde Vautmans en nombre del Grupo ALDE
Ángela Vallina, Merja Kyllönen, Lola Sánchez Caldentey, Kostadinka Kuneva, Nikolaos Chountis, Maria Lidia Senra Rodríguez en nombre del Grupo GUE/NGL
Barbara Lochbihler, Ernest Urtasun, Igor Šoltes, Bodil Valero, Michel Reimon, Yannick Jadot, Molly Scott Cato, Alyn Smith en nombre del Grupo Verts/ALE
Fabio Massimo Castaldo, Ignazio Corrao, Rolandas Paksas en nombre del Grupo EFDD
Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Yemen
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Yemen, y en particular las de 15 de junio de 2017[1] y 25 de febrero de 2016[2], sobre la situación humanitaria en Yemen, y de 9 de julio de 2015, sobre la situación en Yemen[3],
– Vistas la declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad de 8 de octubre de 2016, sobre el atentado en Yemen, de 19 de octubre de 2016, sobre el alto el fuego en Yemen, y de 21 de noviembre de 2017, sobre la situación en Yemen,
– Vista la declaración del comisario de Ayuda Humanitaria y Gestión de Crisis, Christos Stylianides, de 11 de noviembre de 2017, sobre la situación humanitaria en Yemen,
– Vistas las conclusiones del Consejo, de 3 de abril de 2017, sobre la situación en Yemen,
– Vista su Resolución, de 28 de abril de 2016, sobre los ataques a hospitales y escuelas, una violación del Derecho internacional humanitario[4], y su Resolución, de 27 de febrero de 2014, sobre el uso de drones armados[5],
– Vistas las Directrices de la Unión Europea para fomentar la observancia del Derecho internacional humanitario,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Yemen, y en particular las Resoluciones 2342 (2017), 2266 (2016), 2216 (2015), 2201 (2015) y 2140 (2014),
– Vistas las declaraciones del enviado especial de las Naciones Unidas para Yemen, Ismail Uld Cheij Ahmed, de 30 de enero, 12 de julio, 19 de agosto y 26 de octubre de 2017 sobre la situación en Yemen,
– Vista la declaración del entonces subsecretario general de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas, Stephen O’Brien, ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Yemen, de 12 de julio de 2017,
– Vista la declaración conjunta del Programa Mundial de Alimentos (PMA), del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), de 16 de noviembre de 2017, en la que se aboga por la suspensión inmediata del bloqueo humanitario en Yemen,
– Vista la Reunión de Alto Nivel sobre Promesas de Contribuciones para la Crisis Humanitaria del Yemen, organizada por las Naciones Unidas el 25 de abril de 2017, durante la cual se comprometieron 1 100 millones de dólares estadounidenses para cubrir un déficit de financiación de 2 100 millones de dólares estadounidenses para 2017,
– Vista la decisión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de septiembre de 2017, de investigar todos los casos de presuntas violaciones de los derechos humanos cometidas en Yemen durante el conflicto,
– Vistas las declaraciones presidenciales, difundidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 15 de junio de 2017, en las que se pedía a los partidos yemeníes que participaran de manera constructiva en un intento de buena fe por resolver el conflicto, y el 9 de agosto de 2017, sobre la amenaza de la hambruna en Yemen,
– Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,
A. Considerando que las diversas rondas de negociaciones auspiciadas por las Naciones Unidas no han conducido aún a un progreso sustancial hacia una solución política en Yemen; considerando que las partes en conflicto y sus valedores regionales e internacionales, incluidos Arabia Saudí e Irán, no han logrado alcanzar un acuerdo de alto el fuego ni de ningún otro tipo, y que los combates y los bombardeos indiscriminados no cesan; que ninguna de las partes ha logrado una victoria militar ni es probable que lo consiga en el futuro; que encontrar una solución política al conflicto bajo los auspicios de la iniciativa de paz de las Naciones Unidas en Yemen debería ser una prioridad para la Unión y para la comunidad internacional en su conjunto;
B. Considerando que la situación humanitaria en Yemen sigue siendo catastrófica; que según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) la situación en Yemen constituye «la mayor emergencia de seguridad alimentaria del mundo»; que, según la Oficina para la Coordinación de Asuntos Humanitarios, en Yemen más de 20,7 millones de personas necesitan ayuda alimentaria, de las cuales 7 millones se enfrentan a una «emergencia de seguridad alimentaria»; que 2,2 millones de niños padecen malnutrición severa aguda, situación que provoca la muerte por causas evitables de un niño cada diez minutos; que hay 2,9 millones de desplazados internos y un millón de repatriados;
C. Considerando que, según las Naciones Unidas, más de 8 000 personas, un 60 % de las cuales son civiles, han perdido la vida y que más de 50 000 han resultado heridas, incluido un gran número de niños, en ataques aéreos y combates sobre el terreno desde que la coalición liderada por Arabia Saudí intervino en la guerra civil de Yemen en marzo de 2015; que los combates, tanto sobre el terreno como en el aire, han hecho imposible que el personal de vigilancia de la Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas destacado sobre el terreno pueda acceder a la zona para comprobar el número de víctimas civiles; que, por tanto, estas cifras reflejan solo los muertos y heridos que el ACNUDH ha conseguido corroborar y confirmar;
D. Considerando que los grupos vulnerables, las mujeres y los niños se ven particularmente afectados por las hostilidades y la crisis humanitaria; que el número de víctimas civiles sigue aumentando;
E. Considerando que, según la organización Save the Children, 130 niños mueren cada día en Yemen; que al menos 1,8 millones de niños han tenido que abandonar la escuela, además de los 1,6 millones que no estaban escolarizados antes de que comenzase el conflicto;
F. Considerando que la Organización Mundial de la Salud informa de que más de la mitad de todas las instalaciones sanitarias han cerrado a causa de los daños, la destrucción o la falta de fondos y que escasean gravemente los suministros médicos; que 30 000 trabajadores sanitarios clave llevan más de un año sin recibir su salario;
G. Considerando que la destrucción de las infraestructuras y el colapso de los servicios públicos han agravado el brote de cólera; que, el 2 de noviembre de 2017, la OCAH anunció que, desde el 27 de abril, se han notificado casi 895 000 casos sospechosos de cólera y casi 2 200 muertes como consecuencia de esta enfermedad; que más de la mitad de los casos sospechosos afectan a menores; que resulta difícil determinar con precisión el número real de casos de cólera, pues existe un acceso limitado a muchas regiones y muchos posibles pacientes reciben tratamiento antes de obtener un diagnóstico completo;
H. Considerando que prácticamente el 90 % de los alimentos básicos del país son importados; que el relator especial de las Naciones Unidas sobre las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos ya ha puesto de relieve que el bloqueo naval y aéreo de Yemen impuesto por las fuerzas de la coalición ha sido una de las principales causas de la actual catástrofe humanitaria; que dicho bloqueo ha restringido y perturbado las importaciones y exportaciones de alimentos, combustible y suministros médicos, así como la ayuda humanitaria; que los retrasos injustificados o la denegación de entrada de buques a los puertos yemeníes constituye una medida coercitiva ilegal con arreglo al Derecho internacional;
I. Considerando que la situación humanitaria en Yemen se ha visto agravada por el bloqueo de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas del país, impuesto por la coalición liderada por Arabia Saudí el 6 de noviembre de 2017; que se han reabierto el puerto de Adén y el paso fronterizo terrestre de Al-Wadea entre Arabia y Saudí y Yemen; que siguen sometidos al bloqueo, no obstante, los puertos de Al-Hudaida y Saleef, así como el aeropuerto de Saná, tomados por los rebeldes hutíes en marzo de 2015 y por los cuales entran en Yemen el 80 % de las importaciones, incluidos los bienes comerciales y humanitarios; que los organismos humanitarios han advertido de que, si no se levanta el bloqueo, Yemen se enfrentará a la mayor hambruna que se ha visto en el mundo en décadas, con millones de víctimas;
J. Considerando que la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2216 dispone expresamente que el Comité de Sanciones designe a determinadas personas como responsables de «obstruir la prestación de asistencia humanitaria en Yemen»;
K. Considerando que en las últimas semanas se han recrudecido los ataques aéreos liderados por la coalición sobre Saná y sus alrededores, provocando la muerte de civiles y la destrucción de infraestructuras; que se culpa a docenas de ataques aéreos dirigidos por Arabia Saudí de haber causado la muerte indiscriminada de civiles, conculcando el Derecho de la guerra, en particular por el empleo de municiones de racimo, prohibidas a nivel internacional; que el 4 de noviembre de 2017 los rebeldes hutíes dispararon misiles balísticos sobre el principal aeropuerto civil internacional de Riad; que a lo largo de este año el territorio saudí se ha visto atacado por docenas de otros misiles; que el Derecho de la guerra prohíbe los ataques deliberados e indiscriminados contra civiles; que este tipo de ataques se consideran crímenes de guerra y que sus autores pueden tener que responder ante la justicia;
L. Considerando que la situación en Yemen entraña graves riesgos para la estabilidad de la región, en particular del Cuerno de África, el mar Rojo y todo Oriente Próximo; que Al-Qaeda de la Península Arábiga (AQPA) ha conseguido sacar partido al deterioro de la situación política y la seguridad en Yemen para ampliar su presencia y aumentar el número y el alcance de sus ataques terroristas; que AQPA y el denominado Estado Islámico (EIIL/Dáesh) se han instalado en Yemen y han perpetrado atentados terroristas que se han saldado con la muerte de centenares de personas;
M. Considerando que está actualmente en vigor un embargo de armas contra las fuerzas de la alianza hutí-Saleh apoyada por Irán; que, según el decimoctavo Informe Anual de la Unión sobre exportación de armas, los Estados miembros de la Unión han seguido autorizando la transferencia de armas a Arabia Saudí desde el agravamiento del conflicto, violando la Posición Común 2008/944/PESC sobre el control de las exportaciones de armas; que en la Resolución del Parlamento, de 25 de febrero de 2016, sobre la situación humanitaria en Yemen se pidió a la VP/AR que pusiera en marcha una iniciativa destinada a imponer un embargo de la Unión a la venta de armas a Arabia Saudí, de conformidad con la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008;
N. Considerando que, según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), dos millones de niños han dejado de recibir cualquier tipo de educación; que la OCAH afirma que en estos momentos hay más de 1 700 escuelas que no se pueden utilizar por haber sufrido daños como consecuencia del conflicto, albergar desplazados internos o hallarse ocupadas por grupos armados; que se han documentado casos de reclutamiento y utilización de niños en los combates o en tareas militares; que miles de profesores, tras más de un año sin cobrar, se han visto obligados a dejar su trabajo y hallar otras fuentes de ingresos; que la destrucción de infraestructuras esenciales hace difícil el acceso a las escasas escuelas que siguen en funcionamiento;
O. Considerando que hay un reiterado bloqueo al acceso de los periodistas a Yemen, en concreto por parte de la coalición encabezada por Arabia Saudí, hasta el punto de prohibirles ir en los vuelos de ayuda de las Naciones Unidas a la capital, Saná, que está en manos de los rebeldes hutíes;
P. Considerando que la decisión de añadir a determinadas personas a las listas de objetivos de las operaciones con drones se toma, a menudo, sin orden ni resolución judiciales; que el establecimiento como objetivo y el asesinato posterior de determinadas personas se llevan a cabo sin garantías procesales;
Q. Considerando que, desde el inicio del conflicto, la Unión Europea ha asignado 171,7 millones de euros en ayuda humanitaria; que la ayuda humanitaria de la Unión da prioridad a la salud, la nutrición, la seguridad alimentaria, la protección, el refugio, el agua y el saneamiento;
R. Considerando que, si bien durante la Reunión de Alto Nivel sobre Promesas de Contribuciones para la Crisis Humanitaria del Yemen, celebrada en Ginebra en abril de 2017, varios países y organizaciones se comprometieron a donar un total de 1 100 millones USD, el 21 de noviembre de 2017 los fondos aportados por los donantes ascendían únicamente al 56,9 % de los 2 300 millones de dólares que las Naciones Unidas pidieron para Yemen en su llamamiento de ayuda humanitaria para 2017;
1. Condena taxativamente la violencia que asuela Yemen y todos los ataques dirigidos contra la población y las infraestructuras civiles, constitutivos de crímenes de guerra; manifiesta su profunda preocupación por el alarmante deterioro de la situación humanitaria en Yemen; lamenta profundamente la pérdida de vidas ocasionada por el conflicto y el sufrimiento extremo de quienes no reciben ayuda humanitaria careciendo de lo mínimo para subsistir, se ven envueltos en los combates, han sido desplazados o han perdido su medio de vida, y transmite su pésame a las familias de las víctimas; reafirma su compromiso de continuar apoyando a Yemen y al pueblo yemení;
2. Reitera su pleno apoyo a los esfuerzos del secretario general de las Naciones Unidas y del enviado especial del secretario general de las Naciones Unidas para Yemen con el fin de lograr que se reanuden las negociaciones; hace hincapié en que únicamente una solución política, inclusiva y negociada al conflicto puede restablecer la paz y preservar la unidad, la soberanía, la independencia y la integridad territorial de Yemen; pide a todos los actores internacionales y regionales que colaboren de forma constructiva con las partes yemeníes para permitir una distensión del conflicto y conseguir una solución negociada; insta a Arabia Saudí y a Irán a trabajar para poner fin a la lucha en Yemen y para mejorar las relaciones bilaterales; pide a Irán que de forma inmediata deje de proporcionar ayuda a las fuerzas hutíes en Yemen, bien directamente o mediante intermediarios;
3. Pide a todas las partes que acuerden urgentemente un cese de las hostilidades supervisado por las Naciones Unidas como un primer paso para la reanudación de las negociaciones de paz bajo los auspicios de esta organización; insta a todas las partes a que se comprometan cuanto antes, con buena voluntad y sin condiciones previas, a participar en una nueva ronda de negociaciones de paz bajo los auspicios de las Naciones Unidas; lamenta la decisión de los combatientes hutíes y de sus aliados de rechazar a Ismail Uld Cheij Ahmed como negociador de paz;
4. Solicita a la VP/AR que proponga con carácter de urgencia una estrategia integrada de la Unión para Yemen y redoble los esfuerzos en favor de una iniciativa de paz para este país bajo los auspicios de las Naciones Unidas; reitera su apoyo a los esfuerzos realizados por el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) para facilitar la reanudación de las negociaciones, e insta a todas las partes en el conflicto a que reaccionen de forma constructiva sin imponer condiciones previas a dichos esfuerzos; destaca que para facilitar el retorno a la normalidad política es fundamental que se apliquen medidas encaminadas a crear un clima de confianza, como por ejemplo la liberación de presos políticos, acciones inmediatas para lograr un alto el fuego permanente, un mecanismo supervisado por las Naciones Unidas para la retirada de fuerzas, la facilitación del acceso humanitario y comercial, o iniciativas informales («Track II») con participación de actores políticos, de seguridad y de la sociedad civil;
5. Lamenta el cierre de puertos, aeropuertos y pasos terrestres por Arabia Saudí y sus socios de la coalición, que ha conducido a un mayor deterioro de la situación en el país; considera que las medidas adoptadas por la coalición para poner de nuevo en funcionamiento el puerto de Adén y abrir el paso fronterizo de Al-Wadea constituyen un paso en la buena dirección; insta a la coalición a que garantice la reanudación inmediata de las actividades en los puertos de Al-Hudaida y Saleef y la apertura de las fronteras terrestres para la prestación de ayuda humanitaria y el suministro de bienes comerciales básicos;
6. Hace hincapié en que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, con vistas tanto a abordar la situación humanitaria de emergencia como a establecer la confianza entre las partes de tal modo que propicie las negociaciones políticas, fomente un rápido acuerdo sobre el despliegue de monitores adicionales del mecanismo de verificación e inspección de las Naciones Unidas, el aumento de la capacidad de todos los puertos yemeníes, y un mayor acceso al aeropuerto de Saná;
7. Pide a todas las partes implicadas que permitan el inmediato y pleno acceso de las organizaciones humanitarias a las zonas afectadas por el conflicto, para que puedan prestar su ayuda a las personas necesitadas y pide que se garantice la seguridad de los trabajadores humanitarios; pide que, en el contexto de la aplicación de la Resolución 2216 del Consejo de Seguridad de las Naciones, tanto este como el Consejo identifiquen a aquellas personas que obstaculicen la prestación de la ayuda humanitaria en Yemen y les impongan las preceptivas sanciones;
8. Condena los ataques aéreos indiscriminados dirigidos por la coalición y que han provocado víctimas civiles, incluidos niños, y la destrucción de infraestructuras civiles y médicas; condena los ataques igualmente indiscriminados por parte de los hutíes y las fuerzas aliadas, que han acarreado la muerte de civiles, así como el uso por estos grupos de hospitales y escuelas como bases para la preparación de sus ataques;
9. Condena los ataques indiscriminados con misiles contra ciudades saudíes, y muy especialmente el perpetrado contra el principal aeropuerto civil internacional de Riad, el Aeropuerto Internacional Rey Jaled, el 4 de noviembre de 2017, por las fuerzas de la alianza hutí-Saleh;
10. Conmina a todas las partes a que permitan el acceso de los periodistas a Yemen, lo que incluye todos los territorios y poder pasar de un frente a otro dentro del país; señala que el bloqueo al acceso de los periodistas a Yemen tiene la culpa de la falta de cobertura informativa de esta crisis, lo que supone un obstáculo para la labor de los trabajadores de ayuda humanitaria a la hora de llamar la atención de la comunidad internacional y los donantes sobre lo catastrófico de la situación; celebra la reciente liberación de Yahya Abdulraqeeb al-Jubeihi, Abed al-Mahziri y Kamel al-Khozani, e insta a la liberación inmediata e incondicional de todos los demás periodistas encarcelados;
11. Reitera su llamamiento a todas las partes para que respeten el Derecho internacional humanitario y el relativo a los derechos humanos, con vistas a garantizar la protección de la población civil, y se abstengan de atacar directamente las infraestructuras civiles, en particular las instalaciones médicas y los sistemas de abastecimiento de agua;
12. Recuerda que los ataques deliberados a la población y a las infraestructuras civiles, en particular a hospitales y personal sanitario, constituyen graves violaciones del Derecho internacional humanitario; insta a la comunidad internacional a que disponga el enjuiciamiento penal internacional de los responsables de las violaciones del Derecho internacional humanitario perpetradas en Yemen; respalda plenamente, en este sentido, la decisión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de proceder a una exhaustiva investigación de los delitos cometidos en el conflicto de Yemen;
13. Apoya plenamente los esfuerzos de los Estados miembros de la Unión y de terceros países por crear mecanismos internacionales que recaben pruebas y exijan responsabilidades a quienes hayan cometido violaciones graves de derechos humanos e infracciones del Derecho internacional humanitario; destaca que es indispensable garantizar la rendición de cuentas por estas violaciones para lograr una solución duradera del conflicto; saluda, a este respecto, la creación por las Naciones Unidas de un grupo de destacados expertos internacionales y regionales con el mandato de supervisar e informar sobre la situación de los derechos humanos en Yemen y llevar a cabo un examen completo de todas las denuncias de violaciones y abusos del Derecho internacional de derechos humanos y otros ámbitos oportunos y aplicables de la legislación internacional cometidos por todas las partes en conflicto desde marzo de 2015; lamenta que se haya impedido todo intento de poner en marcha una investigación independiente;
14. Manifiesta una profunda preocupación por el hecho de que la inestabilidad en Yemen haya sido aprovechada por organizaciones terroristas y extremistas como ISIS/Dáesh y AQAP; insta al Gobierno de Yemen a que asuma sus responsabilidades en la lucha contra estas organizaciones; destaca la necesidad de que todas las partes en el conflicto actúen con firmeza contra esos grupos, cuyas actividades representan una grave amenaza para alcanzar una solución negociada y para la seguridad, tanto en la propia región como fuera de ella; afirma el compromiso de la Unión de oponerse a los grupos extremistas y sus ideologías, y destaca la necesidad de que las partes de la región actúen de igual modo;
15. Pide al Consejo que promueva efectivamente el cumplimiento del Derecho internacional humanitario de acuerdo con lo establecido en las directrices pertinentes de la Unión; reitera, en particular, que todos los Estados miembros de la Unión deben aplicar de forma estricta las normas establecidas en la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo; recuerda, en este sentido, su Resolución, de 25 de febrero de 2016, sobre la situación humanitaria en Yemen, en la que pide a la VP/AR que ponga en marcha una iniciativa destinada a imponer un embargo de la UE a la venta de armas a Arabia Saudí, habida cuenta de las graves acusaciones de incumplimiento del Derecho internacional humanitario por este país en Yemen y que continuar autorizando la venta de armas a Arabia Saudí supondría, por tanto, una violación de la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo;
16. Respalda el llamamiento de la Unión a todas las partes en conflicto para que tomen las medidas necesarias con miras a prevenir y dar respuesta a todas las formas de violencia, incluida la violencia sexual y de género, en situaciones de conflicto armado; condena enérgicamente las violaciones de los derechos de los niños y expresa su preocupación por el limitado acceso de estos incluso a la asistencia sanitaria y a la educación básicas; condena el reclutamiento y la utilización de niños soldados en las hostilidades, tanto por fuerzas gubernamentales como por grupos armados de la oposición;
17. Acoge con satisfacción los compromisos asumidos en la Reunión de Alto Nivel sobre Promesas de Contribuciones para la Crisis Humanitaria del Yemen, al tiempo que destaca la necesidad de emprender una acción humanitaria coordinada y dirigida por las Naciones Unidas con el fin de aliviar el sufrimiento del pueblo yemení; pide la inmediata movilización de los fondos prometidos a Yemen y la plena financiación del plan de respuesta humanitaria para Yemen de las Naciones Unidas para 2017;
18. Celebra que la Unión y sus Estados miembros estén dispuestos a reforzar la ayuda humanitaria a la población en todo el país, con el fin de ofrecer una respuesta a las necesidades crecientes y movilizar su ayuda para el desarrollo destinada a financiar proyectos en sectores cruciales;
19. Apoya firmemente la labor del secretario general adjunto de Asuntos Humanitarios y coordinador del Socorro de Emergencia de las Naciones Unidas, Mark Lowcock, y de su predecesor, Stephen O’Brien, con el fin de aliviar el sufrimiento de la población yemení;
20. Pide a la Unión y a sus Estados miembros que, además de sus esfuerzos humanitarios y políticos, apoyen las actuaciones en materia de resiliencia y consolidación de la paz, en particular apoyando a los actores de la sociedad civil y a las estructuras locales económicas y de gobierno, con el fin de garantizar la rápida restauración de las infraestructuras y los servicios básicos, estimular la economía local y fomentar la paz y la cohesión social;
21. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de las Naciones Unidas, al secretario general del Consejo de Cooperación del Golfo, al secretario general de la Liga de los Estados Árabes y al Gobierno de Yemen.
- [1] Textos Aprobados: P8_TA(2017)0273.
- [2] Textos Aprobados: P8_TA(2016)0066.
- [3] Textos Aprobados: P8_TA(2015)0270.
- [4] Textos Aprobados, P8_TA(2016)0201.
- [5] DO C 285 de 29.8.2017, p. 110.